R23/2016

Petición de una serie de facturas justificativas de subvenciones otorgadas a una federación al Ayuntamiento de Teguise | Desestimación

Resolución desestimatoria de reclamación por petición de una serie de facturas justificativas de subvenciones otorgadas formulada ante el Ayuntamiento de Teguise (10-VI-2016)

Tuvo entrada en el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública de Canarias reclamación contra la resolución del Alcalde de Teguise por la que se desestima la solicitud de acceso a la información pública consistente en una serie de facturas justificativas de las subvenciones otorgadas a la Federación de Asociaciones “Virgen de las Nieves”.

Junto con el escrito de reclamación, el recurrente aporta la resolución desestimatoria del Alcalde y copia de un oficio de la Fiscalía Provincial de Las Palmas mediante el que se requiere al Ayuntamiento de Teguise que remita a esa Fiscalía diversa documentación sobre las subvenciones concedidas a la Federación de Asociaciones Folclóricas y Culturales de Virgen de las Nieves de Teguise. La Resolución del Alcalde por la que se deniega el derecho de acceso a las facturas solicitadas por el recurrente se fundamenta en que las mismas se encuentran “inmersas en diligencias procesales de la Fiscalía Provincial de Las Palmas”.

Por todo lo expuesto el Comisionado resuelve desestimar la reclamación presentada contra la resolución del Ayuntamiento de Teguise por la que se deniega el acceso a la información solicitada.

R5/2016

Solicitud de actas e informe de viabilidad al Colegio de Abogados de Santa Cruz de La Palma | Estimación

 

Resolución estimatoria de reclamación por solicitud de acceso a información sobre actas e informes que obran en poder del Colegio de Abogados de Santa Cruz de La Palma (6-VI-2016)

Se recibió escrito por el que se formula reclamación contra la inadmisión de solicitud de acceso a información relativa a información sobre actas e informes que obran en poder del Colegio de Abogados de Santa Cruz de La Palma. La solicitud de acceso se realizó ante dicho Colegio y la información solicitada fue:

  • Informe de la viabilidad de la inscripción de licenciados en derecho con título homologado, que debería constar en el expediente de incorporación de uno de los primeros solicitantes de nacionalidad italiana cuya colegiación se tramitó por el Colegio en el mes de Septiembre de 2014 (alrededor del Colegiado 380).
  • Actas de la Junta de Gobierno ordinaria y extraordinaria celebradas en los meses de Agosto, Septiembre y Octubre y sus anexos.

El Comisionado resuelve estimar la reclamación formulada contra desestimación del Colegio de Abogados de Santa Cruz de La Palma y requerir al Colegio para que en el plazo de quince días hábiles, remita la información solicitada.

Varios partidos ven necesario modificar la Ley de Transparencia

La mayoría de los partidos con representación parlamentaria refrendaron al titular del Comisionado de Transparencia en la necesidad de cambiar la ley que regula la rendición de cuentas, cuya vigencia completa es inferior a seis meses. Daniel Cerdán evidenció algunas limitaciones de la ley. El responsable del Comisionado de Transparencia, Daniel Cerdán, presentó ayer el primer informe anual ante el Parlamento del que destacó, entre otras cosas, la necesidad de «abrir una reflexión sobre una serie de ajustes» que, en su opinión, precisa la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

Cerdán aludió a que no hay marcados plazos de publicación de la información requerida, ni un calendario de actualización como tampoco la calidad de la misma. Asimismo detectó «fugas» en materia de contratos menores y un régimen disciplinario -del que tanto se sacó pecho cuando se elaboraba la ley- «más amplio que el estatal pero difícil de llevar a la práctica», aseguró. En este sentido, le apoyaron los grupos del Partido Socialista Canario (PSC), Podemos y Nueva Canarias (NC).

El diputado socialista Gustavo Matos consideró la necesidad de «perfilar mucho mejor el régimen sancionador». La diputada de Podemos, Concepción Monzón, ahondó en los «vericuetos que plantea la ley y que impiden su cumplimiento efectivo» al igual que echó en falta la exigencia del tipo de información que se ha de publicar. Por ello, se mostró favorable a una «revisión» de la normativa. La diputada de NC, Esther González, remarcó el «silencio negativo» que posibilita que las administraciones puedan dejar de contestar a los requerimientos de información simplemente con una callada.

En contraposición, el diputado del Partido Popular (PP), Emilio Moreno, consideró un «error» plantear una modificación legislativa de un texto que «no tiene más que seis meses de efectiva vigencia». «Escuchando al comisionado -dijo Moreno- parece que de repente, un día se dio cuenta que la ley le impedía desarrollar sus funciones», por eso le invitó a encauzar muchos de los «ajustes» en el desarrollo reglamentario.

La diputada de Coalición Canaria (CC), Socorro Beato, secundó también al titular del comisionado en cuanto a la necesidad de contar con más dinero y personal, en términos similares a las exposiciones del resto de los grupos salvo la del PP. Sin embargo, se da la circunstancia de que la Mesa, en la que hay diputados de CC, PSC y PP, decidieron recortar el presupuesto que pidió Cerdán para este año 2016.

»»»  Fuente: Almudena Sánchez (Canarias 7)

El Comisionado de Transparencia de Canarias presenta su primer informe anual ante la Comisión de Gobernación del Parlamento

El pasado 31 de mayo, Daniel Cerdán, comisionado de Transparencia de Canarias, presentó ante la Comisión de Gobernación, Justicia, Igualdad y Diversidad del Parlamento de Canarias el primer informe anual del Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública de Canarias, correspondiente a la actividad del año 2015.

El Informe anual de 2015 se puede consultar en este enlace.

En el desarrollo de la sesión, bajo la presidencia de Rosa Bella Cabrera, intervinieron, asimismo, los portavoces de la Agrupación Socialista Gomera (Melodie Mendoza), Nueva Canarias-NC (Esther González), Podemos (Concepción Monzón), Partido Popular-PP (Emilio Moreno), Partido Socialista-PSOE (Gustavo Matos) y Coalición Canaria (Socorro Beato).

El desarrollo de la comparecencia se refleja al completo en este vídeo.

Abierta desde hoy la web del Comisionado de Transparencia de Canarias

Hoy se ha abierto el portal www.transparenciacanarias.org, web del Comisionado de la Transparencia de Canarias, con la información completa de su “Informe Anual 2015”, que será debatido mañana en la Comisión de Gobernación, Justicia, Igualdad y Diversidad del Parlamento de Canarias, desde las 10 horas.

Como elementos más novedosos, la web contiene asimismo las 29 resoluciones aprobadas hasta ahora por el Comisionado de Transparencia de Canarias; y los formularios para que cualquier ciudadano pueda presentar una reclamación ante la falta de respuesta suficiente a sus preguntas del Gobierno autonómico, cabildos, ayuntamientos o universidades canarias, así como de sus 389 entidades, empresas u organismos dependientes.

A través de su apartado de “Enlaces” se puede conectar directamente con los portales de transparencia de cada una de las instituciones canarias que lo han activado. Esta nueva figura de la administración autonómica no depende del Gobierno de Canarias: es un alto comisionado del Parlamento, de carácter autónomo e independiente, nombrado y/o solo revocable mediante el voto de al menos tres quintas partes de la Cámara regional. Tiene encomendado el control de las obligaciones de publicar contenidos informativos en los portales de transparencia por cada administración o ente dependiente, así como resolver las reclamaciones de los ciudadanos que hayan presentado preguntas y no hayan recibido respuestas o sean insuficientes.

Daniel Cerdán fue elegido en mayo de 2015 Comisionado de la Transparencia de Canarias; órgano que comenzó a ser operativo en el segundo semestre del pasado ejercicio; si bien su presupuesto económico anual se activó el pasado mes de enero. En la actualidad se diseña un modelo de administración electrónica propia, en base a la de la Audiencia de Cuentas de Canarias; de forma que antes de fin de año podrá disponer de un modulo web más completo y detallado que el actual.

Cualquiera que desee presentar una reclamación, alerta, o denuncia puede hacerlo a través de los formularios disponibles en la web y remitirlos por correo electrónico a comisionadotransparencia@parcan.es. O por correo postal a: Comisionado de Transparencia de Canarias. Edificio Parlamento de Canarias . C/ Teobaldo Power, 7. Santa Cruz de Tenerife 38009. También se responde a preguntas o dudas a través del perfil de Twitter @ComisionadoTC.

R4/2016

Petición de expediente reclamado en trámite de recurso de alzada al Consejo Canario de Colegio de Abogados | Estimación

 

Resolución de estimación de reclamación por solicitud de acceso a expediente reclamado en trámite de recurso de alzada formulado ante el Consejo Canario de Colegio de Abogados (24-V-2016)

Se recibió reclamación contra la desestimación presunta por el Consejo Canario de Colegio de Abogados, de solicitud de acceso a información relativa a expediente reclamado en trámite de recurso de alzada formulado ante el Consejo Canario de Colegio de Abogados por no tramitación por el Colegio de Abogados de Santa Cruz de La Palma de inscripción y alta como abogado y que se concreta en copia completa del expediente administrativo instruido en dicho Colegio y que debe de constar en el recurso de alzada y toda comunicación (física y correos electrónicos) intercambiada entre ambos Colegios relativa a este mismo recurso.

El Comisionado resuelve estimar la reclamación formulada contra la desestimación presunta por silencio negativo de solicitud de acceso a información pública por el Consejo Canario de Colegio de Abogados y requerir al Consejo para que remita la información solicitada.

R2/2016

Solicitud de expediente administrativo para instrucción de recurso de alzada al Consejo Canario de Colegio de Abogados | Estimación

 

Resolución estimatoria de reclamación por solicitud de acceso a un expediente administrativo formulada al Consejo Canario de Colegio de Abogados (20-V-2016)

Se recibió reclamación contra la desestimación presunta por el Consejo Canario de Colegio de Abogados de solicitud de acceso a información relativa a expediente administrativo enviado por el Colegio de Abogados de Santa Cruz de La Palma para la instrucción del recurso de alzada formulado ante el Consejo Canario de Colegio de Abogados y que en caso de no haberse recibido se hiciese constar expresamente dicha circunstancia en una comunicación oficial.

El Comisionado resuelve estimar la reclamación y requerir al Consejo Canario de Colegio de Abogados, para que en el plazo de quince días hábiles, remita la información solicitada en su escrito al Colegio. Se enviará a la dirección electrónica indicada, sin perjuicio de contar con la dirección postal que ha de operar como alternativa.

R10/2016

Petición de diversas informaciones sobre la Residencia Asistida Nuestra Señora del Mar al Servicio Canario de Salud | Estimación

Resolución estimatoria de reclamación por solicitud de acceso a la información enumerada sobre la Residencia Asistida Nuestra Señora del Mar formulada ante el Servicio Canario de Salud (20-V-2016)

Se recibió en el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública de Canarias reclamación, en representación de Asistencia Geriátrica Canaria S.L., contra la falta de respuesta a petición de información relativa a acceso a información respecto de la Residencia Asistida Nuestra Señora del Mar, emplazada en el Municipio de Telde y, más concretamente, en la zona denominada La Garita y que se detalla seguidamente:

1. Origen de la relación contractual entre la Consejería de Sanidad -por sí o por organismo autónomo dependiente y/o cualquier otro organismo de ámbito superior- y dicha Residencia, y a través de la cual, dicha entidad recibe pacientes desde el Gobierno de Canarias a través de la Consejería competente.
2. Fecha inicial y fechas- en su caso -de renovación hasta la actualidad.
3. Número de pacientes desviados y montante económico que ha supuesto a lo largo de dicha relación.
4. Perfil de usuarios: sanitarios, sociosanitarios, de estancia determinada, etc.
5. No constando al compareciente licitación originaria de dicha relación, que dieran lugar a adjudicación dimanante de la misma, razones jurídicas que amparen dicho desvío de pacientes desde el inicio hasta el momento sin que mediara concurso público.
6. Igualmente, razones por las cuales durante todo ese período no se ha procedido a licitar dicha prestación de servicios.
7. Asimismo, y teniendo en cuenta la numerosa oferta disponible más cualificada incluso morfológica y técnicamente por surgir con la exigente normativa autonómica en la materia -, sólo esa Residencia es objeto de la concertación de servicios descritos.
8. Teniendo en cuenta la Resolución 1200/LP, mediante la cual se renovó la autorización de funcionamiento de la misma, se nos informe si, de acuerdo a los condicionantes descritos en el cuerpo de dicha autorización, la residencia que nos ocupa cumple a fecha de hoy con los requisitos de la normativa específica que le es de aplicación en este momento, dando así vigencia a dicha autorización, en materia de accesibilidad o cualquiera otra materia que le sea de aplicación.
9. Igualmente, se nos informe si dicha Residencia cuenta con las medidas en materia de seguridad y contra incendios precisas que garanticen la integridad de los usuarios.
10. De otro lado, se nos indique la calificación exacta de dicha residencia, dada las numerosas calificaciones que se hacen constar en la autorización referida: por un lado CENTRO HOSPITALARIO, por otro HOSPITAL ESPECIALIZADO MÉDICO, por otro HOSPITAL DE MEDIA Y LARGA ESTANCIA.
11. Finalmente, si dicha Residencia cuenta con la acreditación, autorización, registro, como CENTRO SOCIOSANITARIO.

El Comisionado adopta la siguiente resolución: 

  • Aunque la información parcial ha sido finalmente suministrada al reclamante, la puesta a disposición se ha producido fuera del plazo determinado por la LTAIP y por tanto incumpliendo la misma, por ello, procede estimar la presente reclamación.
  • Respecto a la información solicitada que se detalla y ordena al inicio de esta Resolución y que ha sido inadmitida, la numerada con el ordinal 8, toda vez que se parte de la inexistencia de la información aludida y que parece conocer el reclamante, en caso de disconformidad o de contar con la misma, se podrá aportar en la nueva fase de recurso ante el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública que se le abre con esta Resolución. Respecto a ordinal 9, la solicitud no se refiere a la Residencia Asistida Nuestra Señora del Mar exclusivamente como centro sociosanitario, sino que la petición es genérica y existiendo una autorización como de funcionamiento como hospital de media y larga estancia, debe de ser contestada y no inadmitida por no contar con ella. En cuanto al ordinal 10, es contestada con la información que se detenta y por ello debe figurar como información admitida. Finalmente, el ordinal 11, se informa del órgano competente suficiente para poder redirigir la petición de información, por tanto, conforme al artículo 44 de la LTAIP, debió haber sido remitida al competente.
  • Requerir al Director del Servicio Canario de Salud para que en el plazo de quince días, remita a Asistencia Geriátrica Canaria S.L., la información solicitada en el ordinal 9. Concretamente, “informe si dicha Residencia cuenta con las medidas en materia de seguridad y contra incendios precisas que garanticen la integridad de los usuarios, referido a su funcionamiento como hospital de media y larga estancia”.

R11/2016

Solicitud de información sobre número de camas ocupadas en centros públicos canarios al Servicio Canario de Salud | Estimación

 

Resolución de estimación por solicitud de información sobre el número de camas hospitalarias en centros públicos de Canarias formulada al Servicio Canario de Salud (20-V-2016)

Se recibió en el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública reclamación sobre petición de información relativa al número de camas hospitalarias en centros públicos de Canarias que han estado ocupadas por pacientes dados de alta desde 2010 a 2015. El motivo de la inadmisión fue la necesidad de un proceso de reelaboración de la información extraíble del Sistema de Información de Atención Especializada.

No obstante, a la vista del expediente de reclamación, de su replanteamiento y de otros expedientes de reclamación tramitados ante este Comisionado, es constatable el esfuerzo del Servicio Canario de Salud en dar respuesta a estas peticiones de información que permiten trasladar al ciudadano datos básicos de la gestión diaria.

El Comisionado adopta la siguiente resolución:

  • Instar al Servicio Canario de Salud a realizar las tareas de gestión de información necesarias para que la información solicitada esté disponible para futuras peticiones de acceso.
  • Al haber sido suministrada a la reclamante la información en la fase de reclamación, queda a disposición de la misma la posibilidad de presentar nueva reclamación ante Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública en el caso de que la respuesta suministrada por el Servicio Canario de Salud no sea considera adecuada a la petición de información formulada.

R9/2016

Petición de documentación sobre ejecución y calificación en pruebas al Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife | Estimación

 

Resolución de estimación de reclamación sobre solicitud de acceso a documentación de la interesada en la ejecución y calificación de pruebas (cuestionario de preguntas, plantilla de corrección y documento de resultados) formulada por ante el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife (20-IV-2016)

Se recibió, en el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública, reclamación contra la denegación presunta de acceso relativa a documentación de la interesada en la ejecución y calificación de pruebas (cuestionario de preguntas, plantilla de corrección y documento de resultados) realizadas por el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife. Las pruebas se refieren a la convocatoria para la provisión en propiedad por el turno libre y mediante el sistema de oposición de veinte plazas de Policía, pertenecientes a la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Clase de Policía Local.

La documentación específica que solicitó la interesada fue copia compulsada del referido «Ejercicio 2 (Anexo Il, apdo.2)», tanto del cuestionario de preguntas, como de su plantilla de respuestas, e información correspondiente al software utilizado para la corrección del referido test, así como copia compulsada de la hoja de resultados que se obtiene del mismo.

El Comisionado resuelve estimar la reclamación por silencio administrativo de solicitud de información relativa a su prueba psicotécnica de la convocatoria para provisión mediante funcionarios/as de carrera de 20 plazas de Policía, por el turno de acceso libre y mediante el sistema oposición y requerir al Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife para que en el plazo de quince días hábiles, remita la información solicitada.