R21/2016

Solicitud de información sobre operaciones  y pruebas diagnósticas en Áreas de Salud al Servicio Canario de Salud | Estimación

Resolución de estimación de reclamación por solicitud de número de operaciones de cirugía mayor y menos y de pruebas diagnósticas  formulada ante el Servicio Canario de Salud (28-VII-2016)

Se recibió el en Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública reclamación contra la falta de respuesta (Áreas de Salud Gran Canaria y La Gomera) y la inadmisión (Área de Salud de Tenerife) a peticiones de información relativas a acceso a información que seguidamente se consigna:

  • Número de operaciones de cirugía mayor y menor que el Servicio Canario de la Salud realizó en 2015 en centros privados concertados y el dinero total que se abonó por este concepto, así como el detalle del tipo y cantidad de las operaciones.
  • Número de pruebas diagnósticas que se realizaron en… centros sanitarios privados concertados con la sanidad pública, divididos por pruebas diagnósticas en cada uno de los centros y cantidad abonada por cada una de las pruebas en cada uno de los centros concertados… en virtud de la ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

El Comisionado resuelve estimar la reclamación formulada respecto a los datos por ella solicitados al Servicio Canario de Salud y ya señalados en esta Resolución, afectando solamente a las Áreas de Salud de Tenerife, Gran Canaria, Gomera y La Palma. Y requerir al Servicio Canario de Salud para que realice la entrega al reclamante la documentación señalada en el resuelvo anterior.

R72/2018

Solicitud de información sobre el mobiliario del Hospital Juan Carlos I formulada a la Consejería de Sanidad | Inadmisión

Resolución de inadmisión de solicitud de información a la Consejería de Sanidad relativa al mobiliario del Hospital Juan Carlos I (13-XII-2018)

Se recibió en el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública reclamación contra la falta de contestación de solicitud de información formulada frente a la Consejería de Sanidad del Gobierno Autónomo de Canarias, relativa al mobiliario del Hospital Juan Carlos I y consistente en la petición de que se resuelva documentalmente por el órgano competente las siguientes dudas:

1. ¿Es cierto que existe mobiliario de este Hospital Juan Carlos I que ya no existen y que han causado baja en los últimos diez años?
2. ¿Existe un inventario en este Hospital Juan Carlos I, como indica la Ley del mobiliario desde el 01/01/2005, por el cual se pueda acreditar las altas y las bajas de dichas infraestructuras?
3. ¿Sobre qué técnico pesa la decisión de dar la baja y ceder esos materiales? ¿Es competente el responsable de celadores, el Jefe del Personal Subalterno, los coordinadores de Servicio Generales, los S.A.F., supervisores, etc., para autorizar la salida de los diferentes materiales? ¿O por el contrario debe necesitar una autorización de algún técnico para ceder, dar de baja a dichos materiales?
4. ¿Qué destino han tenido los mismos?
5. ¿Qué control han tenido los mismos?

En su solicitud el reclamante expresa que pueden existir supuestos hechos delictivos como pude ser apropiación indebida, hurtos, etc. en referencia con mobiliario público.

Tras estudiar esta reclamación el Comisionado determina que, mediante el tipo de solicitud como la que aquí nos ocupa, no se está demandando determinada información que ya obre en posesión del organismo al que se dirige, quedando fuera del ámbito de la LTAIP. Como consecuencia de ello, este Comisionado de Transparencia no puede sino proceder a su inadmisión a trámite al no tratarse de una reclamación basada en solicitud de derecho de acceso a la información pública.

R71/2018

Petición de información sobre el departamento de celadores del Hospital Doctor Negrín a la Consejería de Sanidad | Inadmisión

Resolución de inadmisión de solicitud de información a la Consejería de Sanidad relativa al personal del departamento de celadores del Hospital Universitario de Gran Canaria Doctor Negrín (13-XII-2018)

Se recibió en el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública reclamación contra la falta de contestación de solicitud de información formulada frente a la Consejería de Sanidad del Gobierno Autónomo de Canarias, relativa al personal del departamento de celadores del Complejo Hospitalario Universitario de Gran Canaria Dr. Negrín y consistente en la petición de que se resuelva documentalmente por el órgano competente las siguientes dudas:

1. “¿Es cierto que mensualmente se le abona una cuantificación económica a una parte del personal de la plantilla de celadores, festivos, domingo u otras sin haber realizado dicha prestación laboral?
2. ¿Existe documentación firmada mensualmente por los responsables designados por la dirección de Servicios Generales y dicha documentación se remite al departamento de Personal para su correspondiente abono mensual?
3. ¿Sobre qué técnico pesa la decisión de autorizar dicho pago? ¿Es competente el responsable de celadores, el Jefe del Personal Subalterno, los coordinadores de Servicio Generales, los S.A.F., supervisores, etc., para autorizar el pago de dichas retribuciones? ¿O por el contrario debe necesitar una autorización expresa de la Dirección de Servicios Generales, RR.HH., etc.?
4. ¿Durante cuánto tiempo se lleva realizando esta práctica?
5. ¿Qué control han tenido los mismos?”

En su solicitud, el reclamante expresa que pueden existir supuestos hechos delictivos en referencia a retribuciones cobradas y no realizadas, simplemente justificadas como compensaciones retributivas por los cargos que ocupan en el colectivo de celadores del Complejo Hospitalario Universitario de Gran Canaria Dr. Negrín. El reclamante adjunta, además de copia de la solicitud, escrito del Diputado del Común, en el que sugiere al solicitante que al haber presentado la solicitud en base a la ley de transparencia y, ante la ausencia de respuesta, se dirija directamente al Comisionado de la Transparencia, procediendo al archivo del expediente abierto en aquella institución con referencia EQ-1303/2015.

Tras analizar la reclamación, se concluye que mediante el tipo de solicitud como la que aquí nos ocupa, no se está demandando determinada información que ya obre en posesión del organismo al que se dirige, quedando fuera del ámbito de la LTAIP. Como consecuencia de ello, el Comisionado de Transparencia no puede sino proceder a su inadmisión a trámite al no tratarse de una reclamación basada en solicitud de derecho de acceso a la información pública.

R70/2018

Solicitud de información sobre pluses y complementos de trabajadores a la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda| Desestimación

Resolución desestimatoria sobre solicitud de información a la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda relativa a trabajadores que tienen reconocido pluses y complementos en virtud del Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Comunidad Autónoma de Canarias (13-XII-2018)

Se recibió en el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública reclamación contra la desestimación presunta de solicitud de acceso a información pública formulada a la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda, y relativa a la relación de trabajadores que tienen reconocido los pluses y complementos recogidos en el artículo 46 del Convenio Colectivo del Personal Laboral de la C.A.C., detallándose la tipología de los mismos y correspondiente a todo el personal adscrito a esa Consejería en la provincia de Las Palmas.

En base a los artículos 54 y 64 de la LTAIP se solicitó el envío de copia completa y ordenada del expediente de acceso a la información, informe al respecto, así como cuanta información o antecedentes considerase oportunos. Como órgano responsable del derecho de acceso a la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda se le dio la consideración de interesada en el procedimiento y la posibilidad de realizar las alegaciones que estimara convenientes a la vista de la reclamación. A la fecha de emisión de esta resolución por parte de la Consejería no se ha remitido expediente alguno ni se han realizado alegaciones respecto de esta reclamación.

Analizada la reclamación, no cabe albergar duda alguna con relación a la naturaleza del objeto de la solicitud de acceso; se trata de información pública a los efectos de la LTAIP dado que en la misma concurren las dos circunstancias requeridas por dicha norma legal. Por una parte obra en poder de una entidad incluida en el ámbito subjetivo de aplicación de la LTAIP y, por otra parte, ha sido elaborada o adquirida en el ejercicio de sus funciones. Ahora bien, en el supuesto que nos ocupa la ponderación establecida en el artículo 15.3 de la LTAIBG, y en el mismo sentido el artículo 38.3 de la LTAIP, opera a favor de la denegación de la información. Por todo lo anteriormente expuesto, el Comisionado resuelve desestimar la reclamación.

R69/2018

Petición de copia de contratos efectuados desde enero 2017 a Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda | Desestimación

Resolución desestimatoria sobre solicitud de información a la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda relativa a contratos efectuados desde el mes de enero de 2017 (13-XII-2018)

Se recibió en el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública reclamación contra la desestimación presunta de solicitud de acceso a información pública formulada a la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda, y relativa a relación y copia de todos los contratos, sea cual sea su vínculo y modalidad que se han efectuado desde el mes de enero de 2017, así como los que a fecha de hoy se tiene conocimiento o se encuentran en fase de tramitación, detallándose la ubicación donde se encuentra el trabajador/a. 

En base a los artículos 54 y 64 de la LTAIP se solicitó el envío de copia completa y ordenada del expediente de acceso a la información, informe al respecto, así como cuanta información o antecedentes considerase oportunos. Como órgano responsable del derecho de acceso a la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda se le dio la consideración de interesada en el procedimiento y la posibilidad de realizar las alegaciones que estimara convenientes.

Más tarde, tuvo entrada en el Comisionado de Transparencia, informe de la Secretaria General Técnica de la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda en el que manifiesta que “en relación a la solicitud de información, por parte de Intersindical Canaria, Las Palmas de Gran Canaria, respecto de los contratos formalizados desde el 1 de enero de 2017 sea cual sea su vínculo o modalidad, se informa que mensualmente este Servicio remite al Comité de Empresa de Las Palmas de Gran Canaria, la copia básica de todos los contratos suscritos, que son remitidos a los correos electrónicos de las secciones sindicales que conforman dicho Comité. Entre los correos electrónicos a los que se envían las copias básicas figura intersindicalbienestarsocial@gmail.com que, precisamente, es la misma dirección de correo que Intersindical Canaria indica al final del escrito remitido al Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública. No ha existido silencio negativo, pues de forma puntual y mensual se han remitido las copias básicas de todos los contratos formalizados a las secciones que conforman el Comité de Empresa de Las Palmas de Gran Canaria, entre las que figura Intersindical Canaria. De otro lado, por Decreto Judicial dictado por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, sede Santa Cruz de Tenerife, de fecha 7/03/2018, procedimiento nº 1/2018, se acuerda tener por desistido a INTERSINDICAL CANARIA de su demanda contra este Departamento por derechos fundamentales al confirmarse que el Departamento había comunicado los contratos solicitados”.

Por tanto, visto el informe de la Secretaria General Técnica de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda, en el que manifiesta que se ha dado respuesta a la interesada en la dirección de correos facilitada a tales efectos, se considera que se ha contestado a la solicitud realizada por la reclamante, el Comisionado resuelve desestimar la reclamación.

R68/2018

Solicitud de información sobre el Servicio de Dependencia a la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda | Estimación

Resolución estimatoria sobre solicitud de información a la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda relativa a actas y certificación de acuerdos adoptados con referencia al Servicio de Dependencia (14-XII-2018)

Se recibió en el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública reclamación contra la desestimación presunta de solicitud de acceso a información pública formulada a la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda, y relativa a las actas y certificación de los acuerdos adoptados con referencia al Servicio de Dependencia, donde conste lo expuesto en el escrito remitido a los reclamantes por el secretario de Seguridad y Salud con el VºBº de la presidenta del Comité de Seguridad y Salud, por el que se contesta escrito de los mismos, principalmente el punto segundo. Posteriormente, el reclamante solicitó acceso nuevamente a lo solicitado, y por tanto que le “sea facilitado copia de las actas y certificación de los acuerdos adoptados con referencia al Servicio de Dependencia, donde conste lo expuesto en el escrito de 11.07.2017, por el secretario y presidenta del Comité de Seguridad y Salud, principalmente en el punto segundo”.

En base a los artículos 54 y 64 de la LTAIP se solicitó el envío de copia completa y ordenada del expediente de acceso a la información, informe al respecto, así como cuanta información o antecedentes considerase oportunos. Como órgano responsable del derecho de acceso a la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda se le dio la consideración de interesada en el procedimiento y la posibilidad de realizar las alegaciones que estimara convenientes a la vista de la reclamación. A la fecha de emisión de esta resolución por parte de la Consejería no se ha remitido expediente alguno ni se han realizado alegaciones respecto de esta reclamación.

El Comisionado resuelve, por tanto, estimar la reclamación presentada y requerir a la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda que realice la entrega al reclamante de la documentación señalada.

R185/2018

Petición de informe geológico y técnico de zona afectada a la Consejería de Obras Públicas y Transporte | Inadmisión

Resolución sobre reclamación por solicitud de acceso a informe geológico y técnico zona afectada túnel circunvalación norte, zona “Anaga” en el término Santa Cruz de Tenerife, a la Consejería de Obras Públicas y Transporte (05-VII-2018)

Se recibió en el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública reclamación en nombre y representación no acreditada de JURAYBE INVERSIONES S.L. contra la desestimación presunta de acceso a la información pública solicitada a la Dirección General de Infraestructura Viaria dependiente de la Consejería de Obras Públicas y Transporte, solicitud de “…copia del INFORME GEOLÓGICO y cualquier otro informe técnico sobre el estudio del terreno de la zona afectada por el trazado del túnel previsto para esa Circunvalación Norte a su paso por la zona denominada Residencial Anaga obrante en el citado proyecto de la Vía Cornisa/Circunvalación Norte”,

En este caso, la reclamación fue presentada el 28 de junio de 2018 y la solicitud de acceso a la información fue presentada el 29 de mayo de 2018, por tanto no ha transcurrido el plazo de un mes desde la solicitud de acceso no contestada y la reclamación formulada antes del plazo legal para interponerla. Sin perjuicio de ello, a efectos de esta Ley, se entiende por información pública los contenidos o documentos, cualquiera que sea su formato o soporte, que obren en poder de alguno de los sujetos incluidos en el ámbito de aplicación de esta Ley y que hayan sido elaborados o adquiridos en el ejercicio de sus funciones. De un examen somero se puede deducir que estamos ante una petición de una información susceptible de amparo por la LTAIP en caso de haber sido formulada en plazo legal y que podría incurrir en la aplicación del límite de la protección de datos de carácter personal.

Por todo lo expuesto, el Comisionado adopta la resolución de inadmitir la reclamación toda vez que la misma fue presentada fuera del plazo legalmente previsto para ello.

R160/2017

Resolución de aceptación de desistimiento de reclamación por haber recibido la información, relativa a preguntas a la Presidencia del Gobierno de Canarias sobre informe de impacto medioambiental de obras realizadas por la empresa ANFI en Tauro, Gran Canaria (17-III-2018)

El Comisionado resuelve aceptando el desistimiento de la reclamación contra la falta de respuesta de Presidencia del Gobierno solicitud de información medioambiental sobre obras realizadas por la empresa ANFI en Gran Canaria. Por tanto, se da por concluido el procedimiento pero se insta a  la Consejería de Política Territorial, Sostenibilidad y Seguridad para que cumpla con el tramite establecido para el acceso a información pública en la LTAIP, resolviendo en plazo las peticiones de información que le formulen.

 

R57/2017

Resolución estimatoria sobre información relativa al personal que presta
funciones de carácter administrativo fuera de la relación de puestos de trabajo en el
Servicio Canario de la Salud (18-XII-2017)

Se resuelve estimando la reclamación formulada  en nombre de Intersindical Canarias contra la denegación parcial de su solicitud al Servicio Canario de la Salud. El sindicato había pedido  la relación identificada de personal estatutario que realiza funciones administrativas en comisión de servicios en el Servicio Canario de la Salud, indicando puesto, retribuciones, coste económico de sustituciones y forma de provisión.
Se requiere al Servicio Canario de la Salud para que, en el plazo más breve posible y en todo caso antes del 31 de marzo de 2018, realice la publicación en el portal de transparencia de del instrumento equivalente a la relación de puestos de trabajo, previo trámite de audiencia similar al realizado por la Dirección General de Función Pública para su personal.

El Comisionado de Transparencia explica el funcionamiento de “T-Canaria” al sector público empresarial de Canarias

La aplicación telemática T-Canaria creada por el Comisionado de Transparencia sirve para conocer el cumplimiento de la transparencia de las instituciones y entes dependientes de la administración general de la comunidad autónoma, cabildos, ayuntamientos y universidades de Canarias. Pretende ser una herramienta de autoevaluación para todos los sujetos obligados por la Ley de Transparencia  de Canarias antes de que presenten al Comisionado su propia “declaración de transparencia”.

En la jornada formativa que tuvo lugar el 4 de abril en el Parlamento de Canarias, el comisionado, Daniel Cerdán, transmitió a los asistentes, miembros de entidades públicas dependientes del Gobierno de Canarias, la importancia de proceder a la autoevaluación sobre el cumplimiento de la Ley, “porque la base de un gobierno abierto es la transparencia y lo que no se mide no se mejora”. La actualización y el conocimiento de las herramientas adecuadas facilitan y mejoran la calidad y transparencia de las instituciones.

El comisionado recomendó a todas las instituciones y entidades que habiliten un espacio de transparencia donde publiquen la información requerida por la ley, con claridad y accesibilidad para cualquier ciudadano que quiera descargarla; tener el control de las solicitudes de información, resolverlas y elaborar una memoria anual de transparencia.

Daniel Cerdán expresó que “la transparencia, una vez organizada en cada entidad se va normalizando como una actividad más de la administración”. Además, el comisionado señaló que la meta es que todos los portales tengan los datos en diferentes formatos abiertos, expresados en un lenguaje que también sea entendido por las máquinas, para que puedan ser reutilizables.

“Desde la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad y sus centros directivos: se mantiene entre sus objetivos prioritarios la transparencia de la gestión pública; aspiración que se integra en un movimiento más amplio como es el de Gobierno Abierto” indicó la directora general de Transparencia del Gobierno de Canarias, María Ascensión Toledo.

José Miguel Barragán, consejero de Presidencia, Justicia e Igualdad indicó que “la cita de hoy nos brinda la oportunidad de intercambiar criterios y conocimientos para actualizar y mejorar los contenidos de los portales de transparencia”. En este sentido, sostuvo el consejero que “el Gobierno de Canarias ha trabajado desde el inicio de esta legislatura en actuaciones tendentes a mejorar y profundizar la transparencia en nuestro ámbito de competencia y, en este sentido, hemos aprobado la Estrategia Marco de Gobierno Abierto, con la finalidad de incorporar esa perspectiva”.

Por su parte, el jefe de servicio de Reclamaciones y Asuntos Generales del Comisionado de Transparencia, Pedro Pacheco, recordó que los obligados por la Ley tienen dos tareas: la de la publicidad activa, a través de la publicación de la información en sus portales de Transparencia, y la de garantizar el derecho de acceso a la información de los ciudadanos. El objetivo es dar satisfacción a una creciente demanda de la población por estar informados. Las solicitudes de información deben de contestarse siempre y en caso de haber conflicto con la protección de datos u otros límites al derecho de información, se le debe explicar el motivo de la negación.

De las reclamaciones de los ciudadanos presentadas en 2017 se han resuelto hasta el presente 92: el 79% han tenido una resultado favorable total o parcial para los ciudadanos, bien porque el comisionado determinó que habían de entregarle toda o parte de la información solicitada, o bien porque la administración reclamada les ha facilitado los datos una vez que fue requerida a presentar alegaciones por parte del órgano de control. Las 101 reclamaciones de acceso a la información presentadas al Comisionado en los tres primeros meses de 2018 duplican a las presentadas en el primer trimestre de 2017.

Con respecto al cumplimiento de la transparencia, este año la evaluación se realizará con la metodología MESTA, desarrollada por el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno y por la Agencia Estatal de Evaluación de las Políticas Públicas y la Calidad de los Servicios. A través de la herramienta, se valoran 7 criterios relacionados con el contenido de la información y 3 relacionados con el soporte web en el que están publicados los datos.

José María Vázquez, jefe del Servicio de Evaluación y Control de la Transparencia del Comisionado de Transparencia, explicó que “esta metodología tiene tres grandes características. En primer lugar, que puede ser aplicada con homogeneidad a todos los organismos y entidades obligadas, independientemente de su naturaleza jurídica. En segundo lugar, permite medir con eficacia el grado de cumplimiento de las obligaciones de transparencia. Y por último, permite establecer líneas de estudio y mejora continua, de cara al futuro, para ver cómo van evolucionando las distintas entidades obligadas”.

⇒ Ver: Presentación SECTOR PÚBLICO CAC: Publicidad activa (Jornada Formativa, 4 de abril de 2018)

Lista de Reproducción de la Jornada Formativa

 

«T-Canaria», nueva aplicación telemática del Comisionado para conocer el cumplimiento de la transparencia de todas las instituciones canarias