Audiencia de Cuentas y Comisionado de Transparencia de Canarias trabajarán juntos en el control de la ejecución de las políticas públicas

La Audiencia de Cuentas de Canarias y el Comisionado de Transparencia han suscrito un convenio para unir y coordinar sus medios en el control, difusión y evaluación de las políticas públicas de las administraciones y organismos de toda la comunidad autónoma.

Daniel Cerdán, comisionado de Transparencia, y Pedro Pacheco, presidente de la Audiencia de Cuentas, firmando el convenio.

El convenio firmado por sus dos titulares, Pedro Pacheco y Daniel Cerdán, les permitirá disponer de más y mejor información sobre el cumplimiento de las obligaciones económico-financieras del sector público. Los indicadores del Índice de Transparencia de Canarias (ITCanarias) que cada administración obtenga en la evaluación anual le serán útiles a la Audiencia de Cuentas para seleccionar mejor sus acciones fiscalizadores y de control, especialmente en lo que se refiere a la contratación pública, en el marco de sus nuevas competencias prevención de la corrupción. Y, por otro lado, el órgano auditor colaborará con el órgano garante de la transparencia en la detección de los incumplimientos en materia de publicación de datos económico financieros.

La transparencia y los diferentes mecanismos para canalizarla constituyen elementos que previenen y desincentivan la corrupción. El conocimiento de las decisiones que toman las administraciones públicas y de los procedimientos a través de los que lo hacen, así como de la motivación de las mismas, constituyen medios eficaces de lucha contra la corrupción. La transparencia facilita la rendición de cuentas y, por ende, que las decisiones puedan ser supervisadas y controladas.

La compartición de recursos y capacidad de análisis de ambos órganos de control, vinculados al Parlamento de Canarias, permitirá optimizar sus costes y mejorar la gobernanza pública, especialmente en los aspectos, económico-financieros, planificación y estadísticos, porque ha sido ampliamente demostrado que un mayor conocimiento de la información pública contribuye a una mayor integridad, equidad y eficiencia de la gestión.

El Comisionado de Canarias, primer órgano de control de la transparencia español de carácter estatutario y reconocido en el bloque de constitucionalidad

El nuevo Estatuto de Autonomía de Canarias ratificado el 24 de octubre definitivamente por el Senado convierte al Comisionado de Transparencia de Canarias en el primer órgano de control de la transparencia español en ser regulado por una ley de máximo nivel que forma parte del «bloque de constitucionalidad», el conjunto normativo de más alto rango del Estado, al que debe supeditarse el resto del ordenamiento jurídico español.

En este nuevo estatuto, el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública de Canarias es reconocido como órgano de relevancia estatutaria.

Hasta ahora, el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública se configura en el artículo 58 de la Ley Canaria 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia, como un órgano del Parlamento de Canarias al que corresponde el fomento, análisis, control y protección de la transparencia pública y del derecho de acceso a la información pública en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, pudiendo actuar en el ejercicio de las funciones que le atribuye dicha ley, con autonomía y plena independencia.

Con la aprobación de la reforma, el órgano garante de la transparencia en Canarias queda recogido en el Estatuto de Autonomía, dándole la condición de órgano de relevancia estatutaria y poniéndolo al mismo nivel que los otros órganos auxiliares del Parlamento de Canarias, el Diputado del Común, la Audiencia de Cuentas de Canarias y el Consejo Consultivo de Canarias. El Estatuto recoge para el Comisionado que “una ley del Parlamento de Canarias garantizará su actuación con plena capacidad, autonomía e independencia y regulará su organización, funcionamiento y las relaciones con las administraciones públicas, entidades y otros obligados por la ley”.

 

ARTÍCULO 60 DEL NUEVO ESTATUTO

Artículo 60. Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

1. El Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública es el órgano de fomento, análisis, control y protección de la transparencia pública y del derecho de acceso a la información pública en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, de acuerdo con lo que establezca la ley.

2. Una ley del Parlamento de Canarias garantizará su actuación con plena capacidad, autonomía e independencia y regulará su organización, funcionamiento y las relaciones con las administraciones públicas, entidades y otros obligados por la ley.

3. El Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública será elegido por mayoría de tres quintas partes del Parlamento de Canarias, conforme al procedimiento que la ley determine