R70/2018

Solicitud de información sobre pluses y complementos de trabajadores a la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda| Desestimación

Resolución desestimatoria sobre solicitud de información a la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda relativa a trabajadores que tienen reconocido pluses y complementos en virtud del Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Comunidad Autónoma de Canarias (13-XII-2018)

Se recibió en el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública reclamación contra la desestimación presunta de solicitud de acceso a información pública formulada a la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda, y relativa a la relación de trabajadores que tienen reconocido los pluses y complementos recogidos en el artículo 46 del Convenio Colectivo del Personal Laboral de la C.A.C., detallándose la tipología de los mismos y correspondiente a todo el personal adscrito a esa Consejería en la provincia de Las Palmas.

En base a los artículos 54 y 64 de la LTAIP se solicitó el envío de copia completa y ordenada del expediente de acceso a la información, informe al respecto, así como cuanta información o antecedentes considerase oportunos. Como órgano responsable del derecho de acceso a la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda se le dio la consideración de interesada en el procedimiento y la posibilidad de realizar las alegaciones que estimara convenientes a la vista de la reclamación. A la fecha de emisión de esta resolución por parte de la Consejería no se ha remitido expediente alguno ni se han realizado alegaciones respecto de esta reclamación.

Analizada la reclamación, no cabe albergar duda alguna con relación a la naturaleza del objeto de la solicitud de acceso; se trata de información pública a los efectos de la LTAIP dado que en la misma concurren las dos circunstancias requeridas por dicha norma legal. Por una parte obra en poder de una entidad incluida en el ámbito subjetivo de aplicación de la LTAIP y, por otra parte, ha sido elaborada o adquirida en el ejercicio de sus funciones. Ahora bien, en el supuesto que nos ocupa la ponderación establecida en el artículo 15.3 de la LTAIBG, y en el mismo sentido el artículo 38.3 de la LTAIP, opera a favor de la denegación de la información. Por todo lo anteriormente expuesto, el Comisionado resuelve desestimar la reclamación.

R69/2018

Petición de copia de contratos efectuados desde enero 2017 a Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda | Desestimación

Resolución desestimatoria sobre solicitud de información a la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda relativa a contratos efectuados desde el mes de enero de 2017 (13-XII-2018)

Se recibió en el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública reclamación contra la desestimación presunta de solicitud de acceso a información pública formulada a la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda, y relativa a relación y copia de todos los contratos, sea cual sea su vínculo y modalidad que se han efectuado desde el mes de enero de 2017, así como los que a fecha de hoy se tiene conocimiento o se encuentran en fase de tramitación, detallándose la ubicación donde se encuentra el trabajador/a. 

En base a los artículos 54 y 64 de la LTAIP se solicitó el envío de copia completa y ordenada del expediente de acceso a la información, informe al respecto, así como cuanta información o antecedentes considerase oportunos. Como órgano responsable del derecho de acceso a la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda se le dio la consideración de interesada en el procedimiento y la posibilidad de realizar las alegaciones que estimara convenientes.

Más tarde, tuvo entrada en el Comisionado de Transparencia, informe de la Secretaria General Técnica de la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda en el que manifiesta que “en relación a la solicitud de información, por parte de Intersindical Canaria, Las Palmas de Gran Canaria, respecto de los contratos formalizados desde el 1 de enero de 2017 sea cual sea su vínculo o modalidad, se informa que mensualmente este Servicio remite al Comité de Empresa de Las Palmas de Gran Canaria, la copia básica de todos los contratos suscritos, que son remitidos a los correos electrónicos de las secciones sindicales que conforman dicho Comité. Entre los correos electrónicos a los que se envían las copias básicas figura intersindicalbienestarsocial@gmail.com que, precisamente, es la misma dirección de correo que Intersindical Canaria indica al final del escrito remitido al Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública. No ha existido silencio negativo, pues de forma puntual y mensual se han remitido las copias básicas de todos los contratos formalizados a las secciones que conforman el Comité de Empresa de Las Palmas de Gran Canaria, entre las que figura Intersindical Canaria. De otro lado, por Decreto Judicial dictado por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, sede Santa Cruz de Tenerife, de fecha 7/03/2018, procedimiento nº 1/2018, se acuerda tener por desistido a INTERSINDICAL CANARIA de su demanda contra este Departamento por derechos fundamentales al confirmarse que el Departamento había comunicado los contratos solicitados”.

Por tanto, visto el informe de la Secretaria General Técnica de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda, en el que manifiesta que se ha dado respuesta a la interesada en la dirección de correos facilitada a tales efectos, se considera que se ha contestado a la solicitud realizada por la reclamante, el Comisionado resuelve desestimar la reclamación.

R7/2018

Solicitud de información relativa a estadísticas de los empleados públicos del Cabildo Insular de La Palma | Desistimiento

 

Resolución declaratoria de desistimiento de reclamación sobre información relativa a estadísticas de los empleados públicos del Cabildo de La Palma (5-X-2018)

Se recibió en el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública reclamación contra la denegación presunta por silencio administrativo de solicitud de acceso a la información pública. Revisada la documentación se detecta que no aporta el justificante de la presentación de la solicitud de información al Cabildo de La Palma. Se le requirió a la reclamante dicho comprobante sin que aportase el mismo. Posteriormente, se le notificó requerimiento de subsanación indicándole que de no producirse la misma en el plazo de 10 días, se entendería que ha desistido de su reclamación. El plazo para subsanar finalizó sin que la interesada aportase la documentación requerida.

Por lo anterior, el Comisionado resuelve declarar por desistida de su reclamación relativa a estadísticas de empleados públicos del Cabildo de La Palma, por falta de contestación al requerimiento de subsanación y declarar el archivo de dicha reclamación.

R5/2018

Solicitud de información al SCS sobre personal de un servicio del Complejo Hospitalario Universitario Insular Materno Infantil | Estimación

 

Resolución de estimación de reclamación sobre petición de información al Servicio Canario de la Salud relativa a personal de Servicio de Asesoría Jurídica del Complejo Hospitalario Universitario Insular Materno Infantil (28-IX-2018)

El Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública recibe reclamación contra la desestimación parcial por resolución de petición de información formulada al Servicio Canario de la Salud de la Consejería de Sanidad del Gobierno de Canarias relativa a:

“Primero: Información de la categoría profesional a la que pertenece en la actualidad D. Julio Ángel de Santiago Angulo y Doña María Traid Díaz, en concreto si pertenece a la categoría de “Licenciado en Derecho” o al “Grupo Técnico de la Función Administrativa”. Segundo: Información de qué nivel pertenecen en la actualidad según los niveles del Estatuto Básico del Empleado Público (del A1 al E). Tercero: Información de cuándo fueron nombrados oficialmente para el cargo que ocupan en la actualidad. Cuarto: Información de qué tipo de plaza ocupan (sustitución, interinidad, plaza fija…). Quinto: Información acerca de las retribuciones del personal de la Asesoría Jurídica del Complejo a lo largo del 2016, desglosada por conceptos. Sexto: Información acerca de si figuran en la lista de empleo derivada de la OPE 2011 SCS del Grupo Técnico de Función Administrativa. Séptimo. Información acerca de si figuran en la lista de empleo derivada de la OPE 2011 SCS de Licenciados en Derecho. Octavo. Información acerca de cuántos expedientes informativos y disciplinarios se han tramitado desde el Servicio de Asesoría Jurídica del CHUIMI desde el 2012. Noveno. Que dicha información le sea comunicada en los plazos y forma que establece la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública de Canarias”.

Esta solicitud tuvo respuesta mediante resolución de la Dirección Gerencia del Complejo Hospitalario Universitario Insular Materno Infantil, por la que se estimó parcialmente la solicitud de acceso. No obstante, en la reclamación presentada ante el Comisionado el reclamante solicita que se valore como legítima la solicitud de información que no le fue facilitada, en concreto, información de cuándo fueron nombrados oficialmente para el cargo que ocupan en la actualidad e información de qué tipo de plaza ocupan (sustitución, interinidad, plaza fija,…).

El Comisionado resuelve estimar la reclamación contra la resolución de petición de información formulada al Servicio Canario de la Salud de la Consejería de Sanidad del Gobierno de Canarias relativa a personal del Servicio de Asesoría Jurídica del Complejo Hospitalario Universitario Insular Materno Infantil, dando acceso a los datos de dos puntos no aportados, concretamente la de los puntos Tercero: “Información de cuándo fueron nombrados oficialmente para el cargo que ocupan en la actualidad” y Cuarto: “Información de qué tipo de plaza ocupan (sustitución, interinidad, plaza fija…)”.

Además, el Comisionado resuelve requerir al Servicio Canario de la Salud para que remita en el plazo de quince días hábiles al reclamante la información a la que se da acceso en la presente Resolución. En el mismo plazo de quince días hábiles, se ha de enviar a este Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública copia de la información enviada al reclamante para comprobar el cumplimiento.

R57/2017

Resolución estimatoria sobre información relativa al personal que presta
funciones de carácter administrativo fuera de la relación de puestos de trabajo en el
Servicio Canario de la Salud (18-XII-2017)

Se resuelve estimando la reclamación formulada  en nombre de Intersindical Canarias contra la denegación parcial de su solicitud al Servicio Canario de la Salud. El sindicato había pedido  la relación identificada de personal estatutario que realiza funciones administrativas en comisión de servicios en el Servicio Canario de la Salud, indicando puesto, retribuciones, coste económico de sustituciones y forma de provisión.
Se requiere al Servicio Canario de la Salud para que, en el plazo más breve posible y en todo caso antes del 31 de marzo de 2018, realice la publicación en el portal de transparencia de del instrumento equivalente a la relación de puestos de trabajo, previo trámite de audiencia similar al realizado por la Dirección General de Función Pública para su personal.

R131/2017

Resolución de estimación de reclamación por petición de información al Ayuntamiento de Puerto de la Cruz sobre listas de reserva de ingenieros industriales. (24-V-2018)

El Comisionado resuelve estimar la reclamación contra la falta de respuesta a petición de información pública realizada al Ayuntamiento de Puerto de la Cruz, debiendo darse acceso a: 1) el expediente, 2) orden de la lista en cada llamamiento realizado hasta la fecha de su solicitud, 3) la renuncia expresa del segundo en la lista de reserva en el llamamiento dónde acepta el cargo el solicitante y 4) la relación de Ayuntamientos a los que se les ha proporcionado la lista de reserva para su uso y el orden de lista que se les debería haber proporcionado, así como, los llamamientos y nombramientos que han realizado estos.

 

 

R55/2017

Resolución estimatoria parcial sobre solicitud de información a la Agencia Tributaria Canaria relativa baremación de productividad, formación específica, trabajos de superior categoría y comisiones de servicio de personal laboral (21-V-2018)

El Comisionado resuelve estimar la reclamación formulada en calidad de presidente del Comité de Empresa de la Agencia Tributaria Canaria contra la falta de respuesta a petición de información pública realizada ante la Agencia Tributaria Canaria en diferentes fechas y con diversas condiciones de respuesta a la información solicitada.

Además, insta a la Agencia Tributaria Canaria para que cumpla con el procedimiento establecido para el acceso a información pública en la LTAIP, resolviendo las peticiones de información que se le formulen y remitiendo la información de los expedientes al Comisionado cuando se le solicite.

 

 

R120/2017

Resolución de estimación de reclamación sobre relación de nombramientos estatutarios temporales en una categoría profesional y hospital del Servicio Canario de la Salud (16-V-2018)

El Comisionado resuelve estimar la reclamación contra la estimación de acceso a la información resuelta por al Servicio Canario de la Salud sobre relación de todos los nombramientos estatutarios temporales actualmente vigentes en la categoría de Facultativo Especialista de Área en el Hospital Nuestra Señora de la Candelaria, dando acceso a los datos de los dos puntos no aportados en un primer acceso.

R112/2017

Resolución de desistimiento de reclamación por solicitud de información no contestada relativa al cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales(13-V-2018)

El Comisionado resuelve declarar el desistimiento de la reclamación por falta de contestación por parte del reclamante al requerimiento de subsanación para concretar la petición de información, pues este Comisionado no logró discernir hacia qué administración iba dirigida la solicitud de acceso y la reclamación posterior.

R139/2017

Resolución de estimación de solicitud de información al Ayuntamiento de Guía de Isora sobre refuerzos obligatorios y voluntarios, así como horas extras de la policía local (8-III-2018)

El Comisionado resuelve estimando la reclamación contra la falta de respuesta por parte del Ayuntamiento de Guía de Isora sobre información relativa a refuerzos obligatorios y voluntarios, así como las horas extras de todos miembros de la plantilla de la Policía Local durante el año 2015. La información a suministrar deber ser información estadística con el mayor desglose posible y con el límite de identificación consignado en el cuerpo de esta resolución.

Por otro lado, se insta al Ayuntamiento de Guía de Isora a cumplir el procedimiento establecido para el acceso a la información pública en la LTAIP, resolviendo las peticiones de información que le formulen.

Otra resolución semejante es la derivada de una reclamación al Ayuntamiento de Santa Cruz de La Palma contra la falta de contestación de la solicitud de información sobre horas extras de la policía local de dicho ayuntamiento: R72/2017, aprobada el 1 de febrero de 2018