«Lo que nos ha enseñado la experiencia es que sin el ejercicio de preguntar, la obligación de responder está vacía»

Entrevista a Daniel en el Colegio de Abogados de Santa Cruz de Tenerife

El Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública de Canarias, Daniel Cerdán (Olite, Navarra, 1957), nos habla de esta institución, pensada para mostrar al ciudadano aquella información a la que antes no podía llegar o a la que costaba mucho llegar. “Sin preguntas no hay respuestas y sin respuestas no hay información profunda”, explica Cerdán para ilustrar la importancia del comisionado.

Mientras ejerció, usted fue de los pocos periodistas convencidos de la importancia de los datos para escribir piezas de valor. ¿Qué puede aportar a un informador en estos tiempos la institución que dirige?

Los datos primarios, los que genera cada fuente sin tratar, son un recurso mucho más relevante que los datos en general y por eso las nuevas normas de transparencia permiten un acceso a ellos: a los de las instituciones, sin que se «cocinen» o se edulcoren. Y permiten la elaboración de informaciones a posteriori por periodistas y analistas de cualquier tipo, mucho más precisa y mucho más valiosa para los lectores.

Por ello, un órgano de garantía de la transparencia como es el Comisionado de Transparencia de Canarias puede facilitar mucho las cosas a los periodistas y a cualquiera que necesite información de primera mano porque de alguna manera resuelve las reticencias que las administraciones tienen a entregar datos sensibles y, en todo caso, permiten a ese demandante de datos, si no dan la información que desea obtener, al menos una resolución ejecutiva que obliga a esa administración a entregar los datos o a recurrir a los tribunales; y ello de forma gratuita y breve.


¿Y para un abogado?

Para un abogado las ventajas de la ley de transparencia son muy similares a las ventajas que pueden tener con las nuevas posibilidades que puede tener un periodista. Cuando necesita armarse de argumentos e información para atender mejor las necesidades de su cliente hay mucha información que está en poder de las administraciones y que le puede ser útil de cara a preparar una demanda o una defensa o cualquier tipo de instrumento jurídico que se base en datos o en información documental.


¿Cree que la ley que regula las funciones del Comisionado de transparencia pone límites adecuados a la información que puede hacerse pública por las instituciones?

Hay muchos que sin pensar a fondo las cosas tienden a creer que cualquier tipo de libertades tienen que ver con la ausencia de límites. Y de esa forma entienden que lo mejor para cualquier tipo de libertad es la absoluta carencia de límites, cuando generalmente ocurre lo contrario: sin límites las libertades no funcionan porque invaden en general derechos de otras personas. Sin límites de circulación los coches no podrían andar por la calle porque chocarían en 5 metros. Pongo este ejemplo porque algo parecido ocurre con la libertad de información. Sin límites al acceso a la información pública cualquier motivo sería excusa para que cualquier administración la denegara. Cuando los límites están bien señalados y no tienen carácter invasivo ni abusivo respecto al derecho general de acceso, sirven para que se pueda distinguir claramente cuándo el derecho a la información lástima los derechos de un tercero y cuándo ese derecho es plenamente ejercitable y aplicable a una demanda de un ciudadano.


¿Tiene la sensación de que pasado lo peor de la crisis ha remitido también la fiebre por el acceso a la información pública?

La experiencia de los últimos años, de los cuatro últimos años,  en los que han estado en vigor las nuevas leyes transparencia viene a señalar que no existe tanto una fiebre por el acceso a la información pública como por un derecho a saber genérico e indeterminado que no requiriera mayores esfuerzos por parte de la ciudadanía. Pero, lo que nos ha enseñado la experiencia es que sin el ejercicio de preguntar, la obligación de responder está vacía. Y que si no hay muchas preguntas las administraciones no van a dar las respuestas que se esperaban. Sin preguntas no hay respuestas y sin respuestas no hay información profunda y la calidad de la democracia y la gobernanza no es tan alta.


Transparencia es mucho más que hacer público sueldos y patrimonios de políticos y altos cargos ¿Qué más?

Los portales de transparencia tienen mucho más: la composición, funciones de la instituciones; el orden del día del Consejo de Gobierno y sus acuerdos; la descripción de todos los departamentos de todas las administraciones y de todo su sector público dependiente; la información relativa al personal de libre nombramiento y de los directivos, con sus perfiles profesionales; la relación de todos los puestos de trabajo y todas sus políticas de retribuciones; todas las normativas aplicables a cada área de gobierno, así como la descripción de las que están elaborándose; la explicación sobre todos los servicios y procedimientos; el desglose de los presupuestos y, lo que es más importante, la forma en que se ejecutan; las subvenciones, las campañas publicitarias y los patrocinios; el apunte al detalle de su patrimonio, los planes y programas y su evaluación; los detalles sobre todo tipo de obras públicas; hasta catorce obligaciones informativas sobre cómo se realizan los contratos; los convenios y encomiendas de gestión; el desglose pormenorizado de las subvenciones y ayudas; la información sobre urbanismo y ordenación del territorio; y todo tipo de estadísticas sobre los servicios públicos. Como verá, una información no demasiado entretenida, que no atrae a muchos públicos; pero que interesa sobre todo a las élites directivas, a los activistas sociales y a los periodistas, que han de traducirla a un lenguaje más accesible.

Aparte de este recurso, con las nuevas leyes de transparencia cualquier ciudadano puede preguntar fácilmente sobre cualquier información disponible en las administraciones y que no esté en sus webs o en sus portales de transparencia.


Más de un centenar de instituciones públicas y entidades dependientes de ellas de capital público no cumplieron en 2017 con sus obligaciones de información, ¿no es frustrante?

No, en absoluto. Prefiero ver la botella medio llena más que medio vacía porque prefiero pensar en los 209 instituciones y entes dependientes que presentaron su declaración de transparencia y que obtienen en general una media de más de 5 puntos sobre 10, que en aquellos que todavía no han alcanzado ese nivel en el cumplimiento de las obligaciones de publicar contenidos. Y lo digo porque hace un año el conjunto de las administraciones públicas de Canarias apenas sacaba un 3 como media en nuestra evaluación: y un año después ,llega a un 5. Es evidente que ha habido una progresión muy importante, una mejora muy relevante de prácticamente un 70 % en términos relativos. Y tenemos motivos fundados para pensar que a eso ha contribuido la oportunidad que hemos dado de que las instituciones se autoevaluaran a través de la herramienta telemática «T-Canaria». Se ha generado un deseo de emular a las instituciones mejores y todos procurarán perfeccionar su transparencia. Y estoy seguro de que eso va a ocurrir el próximo año y que estamos en un camino ascendente que permita colocar a la Comunidad Autónoma de Canarias como un espacio público con altos niveles de transparencia en los portales. Luego tenemos por delante una muy larga batalla para conseguir que las administraciones también estén a la cabeza en responder a los ciudadanos cuando se les pregunta; algo que les resulta muy cuesta arriba en muchos casos.


¿Qué importancia le da a la incapacidad que tiene por ley para sancionar a las administraciones incumplidoras?

La capacidad sancionadora de los organismos garantes o los comisionados de transparencia es algo que todos los expertos reclaman; tanto los expertos en la academia universitaria, como de organizaciones activistas y también de la gran mayoría de los consejos de transparencia autonómico y estatal. Sin sanciones en las carreteras ningún incumplimiento del código de tráfico sería penalizado y la gente circularía mucho peor. Dicho esto, habría que añadir que está resultando muy difícil en las sucesivas reformas de las leyes transparencia que están produciéndose en el país avanzar en ese camino. Ninguna hasta ahora ha conseguido introducir este concepto en en la legislación, si bien es posible que al menos, sino un régimen sancionador completo y terminado, sí podemos establecer algún tipo de penalizaciones, aparte de la penalización reputacional que supone aparecer en un ranking con una puntuación baja en esta materia.


¿Cómo se conjuga la importancia que debe tener el Comisionado de Transparencia con que solo disponga de dos técnicos y dos administrativos a su cargo?

El Comisionado de Transparencia de Canarias nació en un momento de crisis económica; en tanto en cuanto en el Archipiélago, como en el resto del país, en aquellos momentos las administraciones públicas tenían graves problemas para sostener incluso las prestaciones sanitarias o educativas que habían sido recortadas unos años anteriores. Y es por ello, que nacimos en un momento crítico que no permitía demasiadas alegrías presupuestarias; pero ahora una vez superada la crisis, cuando las arcas públicas vuelven a respirar y a tener altos crecimientos parece que es el momento ya de constituir realmente a un Comisionado que ha funcionado bajo mínimos en sus tres primeros años; y eso esperamos que ocurra.


¿En este sentido se siente limitado por depender funcionalmente del Parlamento de Canarias?

Todas las instituciones, pequeñas y grandes, son de alguna forma interdependientes entre sí. Y las que tienen la función de garantizar un control independiente y objetivo de otras administraciones es bueno que esa interdependencia solamente sea presupuestaria. Desde ese punto de vista la vinculación al Parlamento es la mejor de las posibles entre los modelos que se dan en el resto del país; porque es la institución soberana de control del conjunto de las administraciones públicas y el cumplimiento de las leyes y porque nos aleja de aquellas instituciones dependientes o vinculadas al Gobierno, cabildos y ayuntamientos a las que debemos evaluar y controlar. Por eso yo creo que el modelo canario en ese sentido está entre los mejores, como otras comunidades en las que también su órgano de garantía de la transparencia depende de su parlamento. Y además, en noviembre esa condición autónoma e independiente se reforzó de forma notable al incorporarse el Comisionado de Transparencia como una institución estatutaria que tiene el respaldo o el reconocimiento en el nuevo Estatuto de Autonomía de Canarias, a la misma altura que instituciones con gran solera como el Consejo Consultivo de Canarias, la Audiencia de Cuentas o el Diputado del Común.


Pese a la escasez de personal y de presupuesto el Comisionado de Transparencia dispone de una herramienta telemática propia que facilita enormemente la carga en función a los sujetos o instituciones obligadas por la Ley de Transparencia…

Esa herramienta telemática creada en Canarias  se llevó  a cabo con una metodología estatal que nos permitirá a un tiempo evaluar a todas las instituciones con nuestra propia ley Canaria pero además podrán compararse en el futuro con otros ayuntamientos, diputaciones y gobiernos autonómicos del ámbito español. Esto nos parece importante porque la transparencia no es algo que se tenga o no tenga: se tiene más o menos siempre en comparación con otros, como ocurre con la belleza, que no es absoluta, sino que es relativa siempre en comparación con los cánones del momento. Desde ese punto de vista, la herramienta «T-Canaria» ha permitido una cosa muy importante: que es que todos se puedan autoevaluar primero; que todos puedan conocer de antemano su nivel de cumplimiento de la ley y que todos tengan al menos un mes para mejorar sus obligaciones de sus portales de transparencia. Y finalmente todos rinden de la misma manera lo que llamamos la declaración de transparencia. Creo que el procedimiento es muy claro, muy abierto, muy controlable también por los propios sujetos evaluados y creo que el tiempo dirá que estamos en el camino correcto y, además, nos permitirá escalar la calidad año a año.

R251/2018

Petición de copia certificada de acta de colegiación al Colegio de Abogados de Santa Cruz de Tenerife | Estimación

Resolución estimatoria sobre solicitud de información al Ilustre Colegio de Abogados de Santa Cruz de Tenerife relativa a copia certificada de acta de colegiación. (18-II-2019)