R37/2018

Solicitud de expediente del antiguo cine y teatro San Martín al Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife | Estimación

Resolución de estimación de reclamación sobre solicitud de información al Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife relativa al antiguo cine y teatro San Martín, en El Toscal (14-XI-2018)

Se recibió en el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública reclamación en representación del Grupo Municipal Sí se puede en el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife contra la falta de contestación de solicitudes de información formuladas a varias áreas del Ayuntamiento. La correspondiente a esta reclamación se concreta en solicitud de información relativa al expediente del antiguo cine y teatro San Martín.

En base a los artículos 54 y 64 de la LTAIP se solicitó el envío de copia completa y ordenada del expediente de acceso a la información, informe al respecto, así como cuanta información o antecedentes considerase oportunos. Como órgano responsable del derecho de acceso al Ayuntamiento se le dio la consideración de interesado en el procedimiento y la posibilidad de realizar las alegaciones que estimara convenientes a la vista de la reclamación.

Más tarde, tuvo entrada en el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública, respuesta al requerimiento adjuntando diligencia del Servicio de Licencias de la Gerencia Municipal de Urbanismo por la que se contestó a dicha petición y el recibí de la remisión a la Secretaría General del Pleno de la misma. En la citada diligencia de la Gerencia de Urbanismo se hace constar que “…de copia del expediente del antiguo cine y teatro San Martín, situado en el Barrio de El Toscal, le significo, dado que el inmueble data del año 1952, según consulta realizada en el Sede Electrónica del Catastro, y si lo que les interesa es copia del proyecto y expediente de edificación del mismo, deberán dirigir su solicitud al Archivo Municipal”. No consta acreditación de respuesta al reclamante.

El Comisionado resuelve estimar la reclamación por falta de respuesta a solicitud de 3 de junio de 2016 relativa al expediente del antiguo cine y teatro San Martín y requerir al Ayuntamiento que realice la entrega al reclamante de la documentación señalada en el resuelvo anterior remitiendo la misma información y la acreditación de la entrega al reclamante.

R36/2018

Petición de actas de Tagoror en Distrito Ofra Costa Sur al Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife | Estimación

Resolución estimatoria sobre solicitud de información al Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife relativa a actas del Tagoror de Distrito Ofra Costa Sur (14-XI-2018)

Se recibió en el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública reclamación en representación del Grupo Municipal Sí se puede en el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife contra la falta de contestación de solicitudes de información formuladas a varias áreas del Ayuntamiento. La correspondiente a esta reclamación se concreta en solicitud relativa a copias de las actas de las sesiones de Tagoror convocadas en el Distrito Ofra Costa Sur en el mandato 2011-2014.

En base a los artículos 54 y 64 de la LTAIP se solicitó el envío de copia completa y ordenada del expediente de acceso a la información, informe al respecto, así como cuanta información o antecedentes considerase oportunos. Como órgano responsable, al Ayuntamiento se le dio la consideración de interesado en el procedimiento y la posibilidad de realizar las alegaciones que estimara convenientes a la vista de la reclamación.

Posteriormente, tuvo entrada en el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública, respuesta al requerimiento adjuntando copia de las actas requeridas de las sesiones del Tagoror del Distrito Ofra Costa Sur en el mandato 2011-2014. En la documentación remitida no consta acreditación de la entrega al reclamante de la información requerida.

Por ello, el Comisionado resuelve estimar la reclamación y requerir al Ayuntamiento que realice la entrega al reclamante de la documentación señalada en el resuelvo anterior en el plazo de quince días hábiles, remitiendo la misma información y la acreditación de la entrega al reclamante al Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública en el mismo plazo.

R28/2018

Solicitud de informes de intervención y jurídicos al Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife | Estimación formal y terminación

Resolución estimatoria formal y de terminación sobre solicitud de información al Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife relativa a informes de convenio para proyecto de Desarrollo Urbano y Sostenible Integral (26-X-2018)

Se recibió en el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública reclamación en representación del Grupo Municipal Sí se puede en el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife contra la falta de contestación de solicitudes de información formuladas a varias áreas del Ayuntamiento. La correspondiente a esta reclamación se concreta en solicitud de “el informe de intervención y el informe jurídico del expediente relativo al convenio de colaboración suscrito en diciembre de 2015 entre este Ayuntamiento y el Cabildo Insular de Tenerife para presentación y gestión posterior de proyecto a la convocatoria de selección de estrategias de Desarrollo Urbano Sostenible Integral (DUSI), que serán cofinanciadas mediante el programa operativo FEDER de crecimiento sostenible 2014-2020”. Esta reclamación ha sido presentada por una persona que tiene la condición de concejal del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife.

En base a los artículos 54 y 64 de la LTAIP se solicitó el envío de copia completa y ordenada del expediente, informe al respecto, así como cuanta información o antecedentes considerase oportunos. Como órgano responsable al Ayuntamiento se le dio la consideración de interesado en el procedimiento y la posibilidad de realizar las alegaciones que estimara convenientes. Posteriormente, tuvo entrada en el Comisionado documentación acreditativa de haber dado respuesta a la solicitud formulada por el Grupo Municipal Sí se puede, en la que se manifiesta que al no haberse celebrado el convenio de colaboración de referencia no existen los informes de intervención y jurídico requeridos. Consta acuse de recibo. En el decreto del Concejal Delegado de Tecnología y Protección de Datos Personales en el que se dispone dar traslado al Comisionado de la referida documentación acreditativa, se formulan dos alegaciones. 

El Comisionado resuelve estimar por motivos formales la reclamación presentada en representación del Grupo Municipal Sí se puede en el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, por falta de respuesta a su solicitud de información, y declarar la terminación del procedimiento por haber perdido su objeto al haber sido contestada la solicitud de acceso a información pública. Por otro lado, dar por contestadas las alegaciones realizadas por el Concejal Delegado de Tecnología y Protección de Datos Personales e instar al Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife a agilizar los procedimientos de tramitación de solicitudes de acceso.

R53/2018

Petición de información sobre el acta de una sesión plenaria al Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife | Estimación

Resolución estimatoria sobre solicitud de información al Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife relativa a acta de sesión plenaria (14-XI-2018)

Se recibió en el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública reclamación en representación del Grupo Municipal Sí se puede en el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife contra la falta de contestación de solicitudes de información formuladas a varias áreas del Ayuntamiento. La correspondiente a esta reclamación se concreta en solicitud relativa al acta de la sesión plenaria del 24 de febrero de 2012.

En base a los artículos 54 y 64 de la LTAIP se solicitó el envío de copia completa y ordenada del expediente de acceso a la información, informe al respecto, así como cuanta información o antecedentes considerase oportunos. Como órgano responsable del derecho de acceso al Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife se le dio la consideración de interesado en el procedimiento y la posibilidad de realizar las alegaciones que estimara convenientes a la vista de la reclamación. A la fecha de emisión de esta resolución por parte del Ayuntamiento no se ha remitido expediente alguno ni se han realizado alegaciones respecto de esta reclamación.

Por ello, el Comisionado resuelve estimar la reclamación y requerir al Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife que realice la entrega al reclamante de la documentación señalada.

R35/2018

Solicitud de actas de sesiones de Tagoror Distrito Anaga al Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife | Estimación

 

Resolución estimatoria sobre solicitud de información al Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife relativa a actas del Tagoror de Distrito Anaga (14-XI-2018)

Se recibió en el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública, reclamación en representación del Grupo Municipal Sí se puede en el  Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife contra la falta de contestación de solicitudes de información formuladas a varias áreas del Ayuntamiento. La correspondiente a esta reclamación se concreta en solicitud relativa a copias de las actas de las sesiones de Tagoror convocadas en Distrito Anaga en el mandato 2011-2014.

En base a los artículos 54 y 64 de la LTAIP se solicitó el envío de copia completa y ordenada del expediente de acceso a la información, informe al respecto, así como cuanta información o antecedentes considerase oportunos. Como órgano responsable al Ayuntamiento se le dio la consideración de interesado en el procedimiento y la posibilidad de realizar las alegaciones que estimara convenientes a la vista de la reclamación. A la fecha de emisión de esta resolución por parte del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife no se ha remitido expediente alguno ni se han realizado alegaciones respecto de esta reclamación.

Por tanto, el Comisionado resuelve estimar la reclamación y requerir al Ayuntamiento que realice la entrega al reclamante de la documentación señalada en el resuelvo anterior en el plazo de quince días hábiles, remitiendo la misma información y la acreditación de la entrega al reclamante al Comisionado de Transparencia en el mismo plazo.

R34/2018

Petición de expedientes de cesiones de cantinas de campos de fútbol al Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife | Estimación

Resolución estimatoria sobre solicitud de información al Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife relativa a cesiones de las cantinas de campos de fútbol de titularidad municipal (14-XI-2918)

Se recibió en el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública reclamación en representación del Grupo Municipal Sí se puede en el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife contra la falta de contestación de solicitudes de información formuladas a varias áreas del Ayuntamiento. La correspondiente a esta reclamación se concreta en solicitud relativa a acceso a “expedientes donde obren las solicitudes y acuerdos de cesiones de las cantinas de los campos de fútbol de titularidad municipal, conforme a las Normas provisionales de desarrollo del reglamento Orgánico de Participación Ciudadana, en lo relativo a la cesión gratuita de locales e instalaciones, a la anterior Normativa de uso y gestión de los Centros Socioculturales y Deportivos Municipales, o en virtud de cualquier procedimiento reglado que haya operado en el Ayuntamiento y a través del cual se haya realizado la cesión de estas cantinas” .

En base a los artículos 54 y 64 de la LTAIP se solicitó el envío de copia completa y ordenada del expediente de acceso a la información, informe al respecto, así como cuanta información o antecedentes considerase oportunos. Como órgano responsable del derecho de acceso al Ayuntamiento se le dio la consideración de interesado en el procedimiento y la posibilidad de realizar las alegaciones que estimara convenientes a la vista de la reclamación. A la fecha de emisión de esta resolución por parte del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife no se ha remitido expediente alguno ni se han realizado alegaciones respecto de esta reclamación.

Por lo anterior, el Comisionado resuelve estimar la reclamación y requerir al Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife que realice la entrega al reclamante de la documentación señalada en el resuelvo anterior en el plazo de quince días hábiles, remitiendo la misma información y la acreditación de la entrega al reclamante al Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública en el mismo plazo.

R33/2018

Solicitud de copia de actas del Consejo de Administración de EMMASA al Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife | Estimación

Resolución estimatoria sobre solicitud de información al Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife relativa a actas del Consejo de Administración de EMMASA (14-XI-2018)

Se recibió en el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública reclamación en representación del Grupo Municipal Sí se puede en el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife contra la falta de contestación de solicitudes de información formuladas a varias áreas del Ayuntamiento. La correspondiente a esta reclamación se concreta en solicitud relativa a “copia de las actas del Consejo de Administración de EMMASA donde figuren los acuerdos para cobrar a los usuarios del servicio tarifas inferiores a las aprobadas por la autoridad competente”.

En base a los artículos 54 y 64 de la LTAIP se solicitó el envío de copia completa y ordenada del expediente de acceso a la información, informe al respecto, así como cuanta información o antecedentes considerase oportunos. Como órgano responsable del derecho de acceso al Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife se le dio la consideración de interesado en el procedimiento y la posibilidad de realizar las alegaciones que estimara convenientes a la vista de la reclamación.

Posteriormente, tuvo entrada en el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública respuesta al trámite de audiencia. En la documentación adjunta consta resolución de requerimiento de aclaración de la información requerida donde dispone que “atendiendo a lo indeterminado de la petición, se requiere que se identifique la concreta acta o actas que se solicitan a los efectos de su oportuna localización. En este sentido, se informa que entre las funciones de control y supervisión que esta corporación ejerce sobre la entidad referida, no está el disponer de todas y cada una de las actas de las sesiones de su Consejo de Administración, por lo que, en su caso deberán ser solicitadas a EMMASA”, notificado al Grupo municipal Sí se puede. A la fecha de emisión de esta resolución por parte del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife no se ha remitido otra información.

El Comisionado resuelve estimar la reclamación presentada en representación del Grupo Municipal Sí se puede en el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, por falta de respuesta a solicitud relativa a copia de las actas del Consejo de Administración de EMMASA y requerir al Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife que realice la entrega al reclamante de la documentación señalada en el resuelvo anterior en el plazo de quince días hábiles, remitiendo la misma información y la acreditación de la entrega al reclamante al Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública en el mismo plazo.

R65/2018

Petición de expediente de gestión del agua municipal por EMMASA al Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife | Estimación

Resolución estimatoria sobre solicitud de información al Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife relativa a convenios celebrados por EMMASA (14-XI-2018)

Se recibió en el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública reclamación en representación del Grupo Municipal Sí se puede en el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife contra la falta de contestación de solicitudes de información formuladas a varias áreas del Ayuntamiento. La correspondiente a esta reclamación se concreta en solicitud relativa a acceso a “Expediente relativo a intervención de la gestión del ciclo integral del agua en el municipio de Santa Cruz de Tenerife que gestiona la empresa municipal EMMASA, cuyo socio mayoritario es SACYR VALLEHERMOS, S.A., acuerdos a adoptar en relación a las conclusiones de la Comisión de seguimiento del Servicio Público sobre el análisis de las subcontrataciones realizadas por EMMASA”.

En base a los artículos 54 y 64 de la LTAIP se solicitó el envío de copia completa y ordenada del expediente de acceso a la información, informe al respecto, así como cuanta información o antecedentes considerase oportunos. Como órgano responsable del derecho de acceso al Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife se le dio la consideración de interesado en el procedimiento y la posibilidad de realizar las alegaciones que estimara convenientes a la vista de la reclamación. A la fecha de emisión de esta resolución por parte del Ayuntamiento no se ha remitido expediente alguno ni se han realizado alegaciones respecto de esta reclamación. Por lo que el Comisionado resuelve estimar la reclamación y requerir al Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife que realice la entrega al reclamante de la documentación señalada.

R23/2018

Petición de información sobre convenios e informes realizados por EMMASA al Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife | Estimación

Resolución estimatoria sobre solicitud de información al Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife relativa a convenios celebrados por EMMASA (14-XI-2018)

Se recibió en el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública, reclamación en representación del Grupo Municipal Sí se puede en el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, contra la falta de contestación de solicitudes de información formuladas a varias áreas del Ayuntamiento. Debido a la amplitud de las solicitudes de acceso realizadas así como la diversidad de afectados, se optó por segregar las mismas para una mejor tramitación del procedimiento. La correspondiente a esta reclamación se concreta en solicitud relativa a convenios, actuaciones, propuestas o informes realizados por el Interventor de EMMASA, al haber tenido conocimiento de la celebración de convenios con empresas radicadas en el municipio en materia de facturación por la depuración y/o abastecimiento de aguas.

En base a los artículos 54 y 64 de la LTAIP se solicitó envío de copia completa y ordenada del expediente de acceso, informe al respecto, así como cuanta información o antecedentes considerase oportunos. Como órgano responsable del derecho de acceso al Ayuntamiento se le dio la consideración de interesado en el procedimiento y la posibilidad de realizar las alegaciones que estimara convenientes a la vista de la reclamación. A la fecha de emisión de esta resolución por parte del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife no se ha remitido expediente alguno ni se han realizado alegaciones respecto de esta reclamación.

Estimar la reclamación presentada en representación del Grupo Municipal Sí se puede en el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, por falta de respuesta a solicitud relativa a convenios, actuaciones, propuestas o informes realizados por la empresa adjudicataria del servicio público de aguas, EMMASA en materia de facturación por la depuración y/o abastecimiento de aguas.

R22-121-123-133-195-222/2018

Solicitudes de información sobre refuerzos y horas extras de Policía Local al Ayuntamiento de Guía de Isora | Estimación

Resolución de estimación de solicitudes de información al Ayuntamiento de Guía de Isora relativas a refuerzos obligatorios y voluntarios, así como horas extras de la Policía Local (14-XI-2018)

Se recibieron en el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública reclamaciones de un delegado de personal de la Asociación Sindical Independiente de Policías Locales de las Administraciones Locales de Canarias (ASIPALCSL), contra la desestimación presunta por silencio administrativo de solicitudes de acceso a la información pública al Ayuntamiento de Guía de Isora, relativas a información sobre refuerzos obligatorios y voluntarios, así como las horas extras de todos miembros de la plantilla de la Policía Local.

Dada la identidad sustancial de las reclamaciones R2018000022 / R2018000121 / R2018000123 / R2018000133 / R2018000195 / R2018000222 este Comisionado dictó resolución de acumulación de las mismas. 

En base a los artículos 54 y 64 de la LTAIP, se solicitó copia completa y ordenada de cada uno de los expedientes de acceso, informe al respecto, así como cuanta información o antecedentes considerase oportunos. Como órgano responsable del derecho de acceso al Ayuntamiento se le dio la consideración de interesado en el procedimiento y la posibilidad de realizar las alegaciones que estimara conveniente a la vista de la reclamación. A la fecha de emisión de esta resolución no se han contestado los requerimientos ni se han remitido los expedientes de las reclamaciones.

También se notificó al Ayuntamiento de Guía de Isora la resolución R2017000139, estimatoria de solicitud de información por el mismo reclamante relativa a refuerzos obligatorios y voluntarios, así como las horas extras de todos los miembros de la plantilla de la Policía Local durante el año 2015.

El reclamante presentó escrito en el que acusa que hasta esa fecha no había recibido información alguna por parte del Ayuntamiento de Guía de Isora, en relación con la entrega de información para el cumplimiento de la resolución del Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Por ello se requirió al ayuntamiento reclamado para que remitiera la información al reclamante. En esta fecha no se ha dado respuesta a tal requerimiento.

Por todo lo anterior, el Comisionado resuelve estimar las reclamaciones contra la falta de contestación a solicitudes de información formuladas al Ayuntamiento de Guía de Isora y relativas a información sobre refuerzos obligatorios y voluntarios, así como las horas extras de todos los miembros de la plantilla de la Policía Local durante los años 2013 a 2018. La información a suministrar debe atenerse a las especificaciones indicadas en el fundamento jurídico séptimo de esta resolución.