La Transparencia en las universidades, necesaria para superar la crisis de credibilidad

Las universidades españolas están viviendo “una crisis de credibilidad” originada por ciertos casos de fraudes académicos publicados en los últimos meses por la prensa. El comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública de Canarias, Daniel Cerdán, considera que una buena medida para combatir esa crisis sería que las instituciones docentes apostaran más decididamente por la transparencia institucional.

El comisionado participó ayer, 22 de noviembre de 2018, en la mesa redonda “Modelos de evaluación de la transparencia universitaria» en el marco de las Jornadas CRUE de Secretarías Generales que se celebra en la Universidad de La Laguna.

Daniel Cerdán durante su intervención en la mesa redonda sobre transparencia de las universidades en las XXIV Jornadas CRUE | Foto: Emeterio Suárez

En su intervención, Cerdán hizo referencia al sistema de evaluación implantado y desarrollado por el Comisionado de Transparencia de Canarias a partir de la metodología MESTA, que da lugar al índice de Transparencia de Canarias (ITCanarias). Además mostró los resultados de las dos universidades públicas canarias, la Universidad de La Laguna y la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, que en la evaluación del ejercicio 2017, publicada recientemente en el Informe Anual de Transparencia 2017 del Comisionado de Transparencia, han obtenido una nota media de 5,47 sobre 10, muy parecida a la media total de los ayuntamientos canarios y por debajo de los cabildos y del Gobierno de Canarias.

El informe también recoge que las universidades públicas obtienen una buena puntuación en lo referido a la publicación de sus datos institucionales; aceptable en materia organizativa, baja en datos sobre personal de libre nombramiento, aceptable en información de empleo público; mediocre sobre retribuciones, baja en normativa y muy floja en planificación, lo cual, considera el comisionado, es especialmente relevante: “si no explicas qué es lo que pretendes hacer, resulta difícil que se te puedan pedir cuentas”.

En la mesa redonda también participó Miguel Ángel Acosta, secretario General de la Conferencia de Consejos Sociales de las Universidades Españolas, quien también ha puesto el énfasis en la necesidad de dar un paso más allá de la transparencia. En su opinión, “la rendición de cuentas está relacionada con sociedades maduras, avanzadas y democráticas” y si bien en España parece una novedad surgida, aproximadamente, tras la crisis institucional denunciada por el movimiento 15M, es un concepto extendido en Estados Unidos desde los años 80 y en Europa desde los 90.

Ha explicado que existen numerosos medios para aplicar esta deseable rendición de cuentas, que van desde la utilización de inspectores delegados, como sucede con la ANECA en lo referido al análisis de las titulaciones; el cumplimento de informes de autoevaluación; o emplear el análisis de indicadores como los que ha formulado el Consejo de Universidades.

Crescencio Bravo, secretario general de la Universidad de Castilla–La Mancha, el último ponente de la mesa, mostró diversos modelos de evaluación de la transparencia que se están utilizando tanto a nivel internacional como nacional, entre los que destaca el MESTA, utilizado por el Comisionado de Transparencia para su elaboración del ITCanarias. Bravo ha explicado que la transparencia universitaria se resumen en la idea de “ver a través de la institución y se plasma en la publicación visible y accesible de sus datos»; y sostuvo, con respecto a la accesibilidad, que “nos obsesionamos por publicar, pero luego la mitad de las cosas no se puede leer desde un teléfono móvil o no son accesibles para determinadas personas con alguna discapacidad», ha señalado.

 

El Comisionado de Transparencia presenta el Informe de 2017 a la presidenta del Parlamento

Informe de Transparencia de 2017 y resumen ejecutivo

El comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública de Canarias, Daniel Cerdán, presentó a la presidenta del Parlamento de Canarias, Carolina Darias, en la mañana del 19 de noviembre de 2018, el Informe de Transparencia correspondiente al ejercicio 2017. Se trata del tercer informe del Comisionado de Transparencia de Canarias, en cumplimiento de su obligación de elaborar anualmente un informe sobre el grado de aplicación y cumplimiento de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública.

 

Daniel Cerdán, comisionado de Transparencia de Canarias, haciendo entrega del Informe 2017 a la presidenta del Parlamento de Canarias, Carolina Darias.

 

El informe recoge por un lado la evaluación de la transparencia de las instituciones canarias y sus entes dependientes a través de la aplicación telemática «T-Canaria», puesta en marcha a principios de año, y dando lugar al Índice de Transparencia de Canarias (ITCanarias). Por otro lado, el estado del derecho de acceso en Canarias, tanto de las solicitudes de acceso a información pública a los diferentes sujetos obligados, como de las reclamaciones interpuestas ante el Comisionado por denegación de información a los ciudadanos. 

Daniel Cerdán sostiene, con respecto a la evaluación de transparencia del ejercicio 2017, que se trata de «un pequeño hito que señala a Canarias como la primera comunidad autónoma que ha conseguido evaluar individualmente a todas las  instituciones de Canarias».

A continuación ponemos a su disposición el Informe 2017 al completo así como el extracto del resumen ejecutivo y las conclusiones: https://transparenciacanarias.org/informeanual2017/

Disponible la grabación de la entrega del Informe 2017 a la presidenta de la Cámara, Carolina Darias, y la posterior rueda de prensa pinchando en el siguiente enlace

R17/2018

Solicitud de información relativa a diversas actuaciones en materia de Ordenación Urbanística al Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife | Estimación

 

Resolución de estimación de reclamación sobre solicitud de información al Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife relativa a actuaciones urbanísticas en la zona de Los Llanos (15-X-2018)

Se recibió en el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública reclamación contra la desestimación presunta por silencio administrativo de petición de información formulada al Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife relativa a relación de las diversas actuaciones derivadas de la Ordenación Urbanística de la Zona de Los Llanos en materia de instalaciones y equipamientos públicos previstos durante el proceso de urbanización de la zona y que no se han acometido.

En base a los artículos 54 y 64 de la LTAIP se solicitó el envío de copia completa y ordenada del expediente de acceso a la información, informe al respecto, así como cuanta información o antecedentes considerase oportunos. Como órgano responsable, al Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife se le dio la consideración de interesado en el procedimiento y la posibilidad de realizar las alegaciones que estimara convenientes.

Tiene entrada en este Comisionado escrito del reclamante en el que adjunta decreto del Sr. Concejal Delegado de Tecnología y Protección de Datos, en el que, entre otros, se recoge que desde el Servicio Administrativo de Tecnología y Protección de Datos se requirió la información solicitada, por un lado, a la Gerencia Municipal de Urbanismo y por otro a la Coordinación General de Infraestructuras y Equipamiento Comunitario. El citado decreto dispone conceder el acceso a la información otorgada por el Coordinador de Infraestructuras, mediante escrito recibido en el Servicio Administrativo de Tecnología y Protección de Datos. Sin embargo, tras la notificación del referido decreto, el reclamante manifiesta que no se ha dado respuesta expresa a su petición de acceso a la información pública.

Posteriormente, dando respuesta al trámite de audiencia, tiene entrada un oficio de la Secretaria Delegada del Ayuntamiento, al que adjunta copia auténtica de la diligencia emitida por el Servicio de Planeamiento y Gestión por la que se informa de lo solicitado en la reclamación. No consta, sin embargo, la remisión de esta información al reclamante.

La diligencia del Servicio de Planeamiento y Gestión recoge que no tiene conocimiento de la solicitud de acceso a la información pública por parte de la comunidad de propietarios Torre I e informa, respecto a los espacios públicos sin ejecutar en la zona de Los Llanos, qué Administración es la titular de los diferentes terrenos previstos a tal fin y de quién es la responsabilidad de la ejecución material de las actuaciones de urbanización de las mismas.

Por todo lo anterior, el Comisionado resuelve estimar la reclamación formulada contra la falta de respuesta de petición de información pública realizada ante el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, relativa a documentación urbanística de la zona de Los Llanos; requerir al Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife para que haga entrega al reclamante de la información solicitada, en el plazo de quince días hábiles, con copia al Comisionado para comprobar el cumplimiento de la presente resolución; e instar al Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife a que agilice los procedimientos de tramitación de solicitudes de acceso para conseguir la respuesta en plazo y a cumplir el procedimiento para su tramitación.

R11/2018

Petición de documentos sobre sesión del Consejo de Gobierno a Universidad de La Laguna | Estimación formal y terminación

 

Resolución de estimación formal y de terminación sobre información de la Universidad de La Laguna relativa a los documentos de una sesión del Consejo de Gobierno (15-X-2018)

Se recibió en el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública, reclamación contra la desestimación presunta por silencio administrativo de petición de información formulada  a la Universidad de La Laguna relativa a documentación de una sesión del Consejo de Gobierno, concretamente la de los apartados 2.a), 2.b), 2.c), toda la sección 3, 4.a), 5 y 6 así como de la transcripción de lo hablado en la sesión (si dicho documento existiese).

Le fue solicitado a la Universidad de La Laguna, en base a los artículos 54 y 64 de la LTAIP, el envío en el plazo máximo de 15 días de copia completa y ordenada del expediente de acceso a la información pública del acto impugnado, así como cuanta información o antecedentes considerase oportunos. Asimismo, como órgano responsable del derecho de acceso, se le dio la consideración de interesado en el procedimiento y la posibilidad de realizar las alegaciones que estimara conveniente a la vista de la reclamación.

Toda vez que no se dio cumplimiento al citado requerimiento, se le reiteró la petición otorgando un nuevo plazo de 10 días para contestar a la misma y recordando a la Universidad de La Laguna que el incumplimiento de la obligación de resolver en plazo las solicitudes de acceso a la información pública, y la negativa a facilitar la información solicitada por el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública o a la colaboración requerida para el desarrollo de sus funciones, constituyen infracciones previstas en el artículo 68 de la LTAIP.

Posteriormente se recibe en el Comisionado escrito de la Universidad de La Laguna informando que desde la Secretaría General se remitió al interesado la documentación solicitada, adjuntando copia del oficio de salida remitido al interesado, así como el listado de documentación anexa entregada.

El Comisionado resuelve estimar por motivos formales la reclamación contra la falta de respuesta a petición de información pública realizada ante la Universidad de La Laguna y declarar la terminación del procedimiento por haber perdido su objeto al haber sido entregada la información. E instar a la Universidad a agilizar los procedimientos de tramitación de solicitudes de acceso a la información pública para que la respuesta se produzca en plazo.

R21/2018

Petición de contratos del proyecto de la Metroguagua al Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria | Estimación

 

Resolución estimatoria sobre solicitud de información al Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria relativa a contratos de la empresa Guaguas Municipales (26-X-2018)

Se recibió en el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública reclamación contra la desestimación presunta por silencio administrativo de petición de información formulada al Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria relativa a la relación de contratos en licitación o adjudicados referentes al proyecto de la Metroguagua gestionados por la empresa Guaguas Municipales.

En base a los artículos 54 y 64 de la LTAIP se solicitó el envío de copia completa y ordenada del expediente de acceso a la información, informe al respecto, así como cuanta información o antecedentes considerase oportunos. Como órgano responsable del derecho de acceso a la información, al Ayuntamiento se le dio la consideración de interesado en el procedimiento y la posibilidad de realizar las alegaciones que estimara convenientes a la vista de la reclamación. A la fecha de emisión de esta resolución por parte del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria no se ha remitido expediente alguno ni se han realizado alegaciones respecto de esta reclamación.

Por ello, el Comisionado resuelve estimar la reclamación formulada por falta de respuesta a solicitud de información pública formulada al Ayuntamiento de las Palmas de Gran Canaria, sobre la relación de contratos: en licitación o adjudicados referente al proyecto de la Metroguagua gestionados por la empresa Guaguas Municipales. Y requerir al Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria para que haga entrega al reclamante de la información solicitada.

R29/2018

Petición de información sobre estudio de Sociedad de Desarrollo al Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife | Estimación formal y terminación

Resolución estimatoria formal y de terminación sobre solicitud de información al Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife relativa al estudio realizado por PwC del personal de la Sociedad de Desarrollo (26-X-2018)

Se recibió en el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública reclamación en representación del Grupo Municipal Sí se puede en el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife contra la falta de contestación de solicitudes de información formuladas a varias áreas del Ayuntamiento. La correspondiente a esta reclamación se concreta en solicitud relativa a “información del coste total (y desglosado por conceptos) del estudio salarial y de carga de trabajo del personal de la Sociedad de Desarrollo de Santa Cruz de Tenerife, realizado por la empresa Price Waterhouse Coopers”. Esta reclamación ha sido presentada por una persona que tiene la condición de concejal del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife.

En base a los artículos 54 y 64 de la LTAIP se solicitó el envío de copia completa y ordenada del expediente de acceso, informe al respecto, así como cuanta información o antecedentes considerase oportunos. Como órgano responsable se le dio la consideración de interesado en el procedimiento y la posibilidad de realizar las alegaciones que estimara convenientes. Posteriormente, tuvo entrada en el Comisionado de Transparencia, documentación acreditativa de la entrega al Grupo Municipal Sí se Puede, de la información requerida. Consta acuse de recibo. En el decreto del Concejal Delegado de Tecnología y Protección de Datos Personales en el que se dispone dar traslado al Comisionado de la referida documentación acreditativa, se formulan dos alegaciones. 

El Comisionado resuelve estimar por motivos formales la reclamación presentada en representación del Grupo Municipal Sí se puede en el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, por falta de respuesta a su solicitud de información; dar por contestadas las alegaciones realizadas por el Concejal Delegado de Tecnología y Protección de Datos Personales; e instar al Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife a agilizar los procedimientos de tramitación de solicitudes de acceso.

 

R27/2018

Petición de informe sobre vehículos de tracción eléctrica al Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife | Estimación formal y terminación

 

Resolución estimatoria formal y de terminación sobre solicitud de información al Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife relativa a vehículos de tracción eléctrica (26-X-2018)

Se recibió en el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública, reclamación en representación del Grupo Municipal Sí se puede en el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife contra la falta de contestación de solicitudes de información formuladas a varias áreas del Ayuntamiento. La correspondiente a esta reclamación se concreta en solicitud de “informe sobre viabilidad para el servicio de vehículos de tracción eléctrica y/o de tipo híbrido previsto en el Plan de Acción para la Energía Sostenible (PAES), concretamente en el punto de Acciones de cambio en flota de vehículos ligeros de cuatro ruedas y Acciones de cambio en motos y motocicletas, en relación al expediente administrativo del Acuerdo Marco relativo a la contratación del suministro mediante Renting, con opción de compra, de diversos vehículos para el Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, mediante procedimiento abierto, tramitación ordinaria, aprobado en Junta de Gobierno Local de 9 de noviembre de 2015”. Esta reclamación ha sido presentada por una persona que tiene la condición de concejal del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife.

En base a los artículos 54 y 64 de la LTAIP se solicitó el envío de copia completa y ordenada del expediente de acceso, informe al respecto, así como cuanta información o antecedentes considerase oportunos. Como órgano responsable al Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife se le dio la consideración de interesado en el procedimiento y la posibilidad de realizar las alegaciones que estimara convenientes a la vista de la reclamación. Posteriormente, tuvo entrada en el Comisionado de Transparencia documentación acreditativa de la entrega al Grupo Municipal Sí se Puede, de la información requerida. Consta acuse de recibo. En el decreto del Concejal Delegado de Tecnología y Protección de Datos Personales en el que se dispone dar traslado al Comisionado de la referida documentación acreditativa, se formulan dos alegaciones.

El Comisionado resuelve estimar por motivos formales la reclamación presentada en representación del Grupo Municipal Sí se puede en el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, por falta de respuesta a solicitud de información, y declarar la terminación del procedimiento por haber perdido su objeto al haber sido entregada la información. También, dar por contestadas las alegaciones realizadas por el Concejal Delegado de Tecnología y Protección de Datos Personales e instar al Ayuntamiento a agilizar los procedimientos de tramitación de solicitudes de acceso.

R31/2018

Petición de autorizaciones realizadas a Media Markt al Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife | Estimación formal y terminación

Resolución estimatoria formal y de terminación sobre solicitud de información al Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife relativa a autorizaciones en espacios públicos (26-X-2018)

Se recibió en el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública reclamación en representación del Grupo Municipal Sí se puede en el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife contra la falta de contestación de solicitudes de información formuladas a varias áreas del Ayuntamiento. La correspondiente a esta reclamación se concreta en solicitud relativa a autorizaciones preceptivas e inspecciones realizadas a la empresa Media Markt por su campaña kilos por euros, en relación con la Ordenanza reguladora de la limpieza en espacios públicos y gestión de residuos sólidos urbanos.

En base a los artículos 54 y 64 de la LTAIP se solicitó el envío de copia completa y ordenada del expediente de acceso a la información, informe al respecto, así como cuanta información o antecedentes considerase oportunos. Como órgano responsable del derecho de acceso al Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife se le dio la consideración de interesado en el procedimiento y la posibilidad de realizar las alegaciones que estimara convenientes a la vista de la reclamación.

Posteriormente tuvo entrada en el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública documentación acreditativa de la entrega al Grupo Municipal Sí se Puede, de la información requerida. Consta acuse de recibo del Grupo Municipal Sí se puede.

Por lo anterior, el Comisionado resuelve estimar por motivos formales la reclamación presentada por falta de respuesta a solicitud relativa a autorizaciones preceptivas e inspecciones realizadas a la empresa Media Markt, y declarar la terminación del procedimiento por haber perdido su objeto al haber sido entregada la información. Además, dar por contestadas, en los términos recogidos en los fundamentos jurídicos sexto a noveno, las alegaciones realizadas por el Concejal Delegado de Tecnología y Protección de Datos Personales; e instar al Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife a agilizar los procedimientos de tramitación de solicitudes de acceso a la información pública para que la respuesta se produzca en plazo.

R26/2018

Solicitud de información sobre bienes municipales al Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife | Estimación formal y terminación

 

Resolución estimatoria formal y de terminación sobre solicitud de información al Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife relativa bienes a enajenar en 2016 (26-X-2018)

Se recibió en el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública reclamación en representación del Grupo Municipal Sí se puede en el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife contra la falta de contestación de solicitudes de información formuladas a varias áreas del Ayuntamiento. La correspondiente a esta reclamación se concreta en solicitud de “listado detallado de los bienes municipales que este Ayuntamiento tiene previsto enajenar en 2016”. Esta reclamación ha sido presentada por una persona que tiene la condición de concejal del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, alegando expresamente esta condición.

En base a los artículos 54 y 64 de la LTAIP se solicitó el envío de copia completa y ordenada del expediente, informe al respecto, así como cuanta información o antecedentes considerase oportunos. Como órgano responsable del derecho de acceso al Ayuntamiento se le dio la consideración de interesado en el procedimiento y la posibilidad de realizar las alegaciones que estimara convenientes. Posteriormente tuvo entrada documentación acreditativa de la entrega al Grupo Municipal Sí se Puede, de la información requerida. Consta acuse de recibo. En el decreto del Concejal Delegado de Tecnología y Protección de Datos Personales en el que se dispone dar traslado al Comisionado de la referida documentación acreditativa, se formulan dos alegaciones. 

El Comisionado resuelve estimar por motivos formales la reclamación presentada en representación del Grupo Municipal Sí se puede en el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, por falta de respuesta a solicitud de “listado detallado de los bienes municipales que este Ayuntamiento tiene previsto enajenar en 2016”, y declarar la terminación del procedimiento por haber perdido su objeto al haber sido entregada la información. También, dar por contestadas las alegaciones realizadas por el Concejal Delegado de Tecnología y Protección de Datos Personales e instar al Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife a agilizar los procedimientos de tramitación de solicitudes de acceso.

R25/2018

Petición de expedientes del Centro Okupado Taucho al Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife | Estimación formal y terminación

 

Resolución estimatoria formal y de terminación sobre solicitud de información al Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife relativa al Centro Social Okupado Taucho (26-X-2018)

Se recibió en el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública, reclamación en representación del Grupo Municipal Sí se puede en el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife contra la falta de contestación de solicitudes de información formuladas a varias áreas del Ayuntamiento. Debido a la amplitud de las solicitudes de acceso realizadas así como la diversidad de afectados, se optó por segregar las mismas para una mejor tramitación del procedimiento. La correspondiente a esta reclamación se concreta en solicitud de los expedientes municipales relacionados con el Centro Social Okupado Taucho.

En base a los artículos 54 y 64 de la LTAIP se solicitó el envío de copia completa y ordenada del expediente de acceso, informe al respecto, así como cuanta información o antecedentes considerase oportunos. Como órgano responsable al Ayuntamiento se le dio la consideración de interesado en el procedimiento y la posibilidad de realizar las alegaciones que estimara convenientes a la vista de la  reclamación.

Posteriormente, tuvo entrada en el Comisionado de Transparencia documentación acreditativa de la entrega al Grupo Municipal Sí se Puede, de la información requerida. Consta acuse de recibo. En el decreto del Concejal Delegado de Tecnología y Protección de Datos Personales en el que se dispone dar traslado al Comisionado de la referida documentación acreditativa, se formulan dos alegaciones. 

El Comisionado resuelve estimar por motivos formales la reclamación presentada en representación del Grupo Municipal Sí se puede en el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, por falta de respuesta a solicitud de los expedientes municipales relacionados con el Centro Social Okupado Taucho, y declarar la terminación del procedimiento por haber perdido su objeto al haber sido entregada la información.

Por otro lado, dar por contestadas las alegaciones realizadas por el Concejal Delegado de Tecnología y Protección de Datos Personales e instar al Ayuntamiento a agilizar los procedimientos de tramitación de solicitudes de acceso.