R185/2018

Petición de informe geológico y técnico de zona afectada a la Consejería de Obras Públicas y Transporte | Inadmisión

Resolución sobre reclamación por solicitud de acceso a informe geológico y técnico zona afectada túnel circunvalación norte, zona “Anaga” en el término Santa Cruz de Tenerife, a la Consejería de Obras Públicas y Transporte (05-VII-2018)

Se recibió en el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública reclamación en nombre y representación no acreditada de JURAYBE INVERSIONES S.L. contra la desestimación presunta de acceso a la información pública solicitada a la Dirección General de Infraestructura Viaria dependiente de la Consejería de Obras Públicas y Transporte, solicitud de “…copia del INFORME GEOLÓGICO y cualquier otro informe técnico sobre el estudio del terreno de la zona afectada por el trazado del túnel previsto para esa Circunvalación Norte a su paso por la zona denominada Residencial Anaga obrante en el citado proyecto de la Vía Cornisa/Circunvalación Norte”,

En este caso, la reclamación fue presentada el 28 de junio de 2018 y la solicitud de acceso a la información fue presentada el 29 de mayo de 2018, por tanto no ha transcurrido el plazo de un mes desde la solicitud de acceso no contestada y la reclamación formulada antes del plazo legal para interponerla. Sin perjuicio de ello, a efectos de esta Ley, se entiende por información pública los contenidos o documentos, cualquiera que sea su formato o soporte, que obren en poder de alguno de los sujetos incluidos en el ámbito de aplicación de esta Ley y que hayan sido elaborados o adquiridos en el ejercicio de sus funciones. De un examen somero se puede deducir que estamos ante una petición de una información susceptible de amparo por la LTAIP en caso de haber sido formulada en plazo legal y que podría incurrir en la aplicación del límite de la protección de datos de carácter personal.

Por todo lo expuesto, el Comisionado adopta la resolución de inadmitir la reclamación toda vez que la misma fue presentada fuera del plazo legalmente previsto para ello.

R160/2017

Resolución de aceptación de desistimiento de reclamación por haber recibido la información, relativa a preguntas a la Presidencia del Gobierno de Canarias sobre informe de impacto medioambiental de obras realizadas por la empresa ANFI en Tauro, Gran Canaria (17-III-2018)

El Comisionado resuelve aceptando el desistimiento de la reclamación contra la falta de respuesta de Presidencia del Gobierno solicitud de información medioambiental sobre obras realizadas por la empresa ANFI en Gran Canaria. Por tanto, se da por concluido el procedimiento pero se insta a  la Consejería de Política Territorial, Sostenibilidad y Seguridad para que cumpla con el tramite establecido para el acceso a información pública en la LTAIP, resolviendo en plazo las peticiones de información que le formulen.

 

R57/2017

Resolución estimatoria sobre información relativa al personal que presta
funciones de carácter administrativo fuera de la relación de puestos de trabajo en el
Servicio Canario de la Salud (18-XII-2017)

Se resuelve estimando la reclamación formulada  en nombre de Intersindical Canarias contra la denegación parcial de su solicitud al Servicio Canario de la Salud. El sindicato había pedido  la relación identificada de personal estatutario que realiza funciones administrativas en comisión de servicios en el Servicio Canario de la Salud, indicando puesto, retribuciones, coste económico de sustituciones y forma de provisión.
Se requiere al Servicio Canario de la Salud para que, en el plazo más breve posible y en todo caso antes del 31 de marzo de 2018, realice la publicación en el portal de transparencia de del instrumento equivalente a la relación de puestos de trabajo, previo trámite de audiencia similar al realizado por la Dirección General de Función Pública para su personal.

El Comisionado de Transparencia explica el funcionamiento de “T-Canaria” al sector público empresarial de Canarias

La aplicación telemática T-Canaria creada por el Comisionado de Transparencia sirve para conocer el cumplimiento de la transparencia de las instituciones y entes dependientes de la administración general de la comunidad autónoma, cabildos, ayuntamientos y universidades de Canarias. Pretende ser una herramienta de autoevaluación para todos los sujetos obligados por la Ley de Transparencia  de Canarias antes de que presenten al Comisionado su propia “declaración de transparencia”.

En la jornada formativa que tuvo lugar el 4 de abril en el Parlamento de Canarias, el comisionado, Daniel Cerdán, transmitió a los asistentes, miembros de entidades públicas dependientes del Gobierno de Canarias, la importancia de proceder a la autoevaluación sobre el cumplimiento de la Ley, “porque la base de un gobierno abierto es la transparencia y lo que no se mide no se mejora”. La actualización y el conocimiento de las herramientas adecuadas facilitan y mejoran la calidad y transparencia de las instituciones.

El comisionado recomendó a todas las instituciones y entidades que habiliten un espacio de transparencia donde publiquen la información requerida por la ley, con claridad y accesibilidad para cualquier ciudadano que quiera descargarla; tener el control de las solicitudes de información, resolverlas y elaborar una memoria anual de transparencia.

Daniel Cerdán expresó que “la transparencia, una vez organizada en cada entidad se va normalizando como una actividad más de la administración”. Además, el comisionado señaló que la meta es que todos los portales tengan los datos en diferentes formatos abiertos, expresados en un lenguaje que también sea entendido por las máquinas, para que puedan ser reutilizables.

“Desde la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad y sus centros directivos: se mantiene entre sus objetivos prioritarios la transparencia de la gestión pública; aspiración que se integra en un movimiento más amplio como es el de Gobierno Abierto” indicó la directora general de Transparencia del Gobierno de Canarias, María Ascensión Toledo.

José Miguel Barragán, consejero de Presidencia, Justicia e Igualdad indicó que “la cita de hoy nos brinda la oportunidad de intercambiar criterios y conocimientos para actualizar y mejorar los contenidos de los portales de transparencia”. En este sentido, sostuvo el consejero que “el Gobierno de Canarias ha trabajado desde el inicio de esta legislatura en actuaciones tendentes a mejorar y profundizar la transparencia en nuestro ámbito de competencia y, en este sentido, hemos aprobado la Estrategia Marco de Gobierno Abierto, con la finalidad de incorporar esa perspectiva”.

Por su parte, el jefe de servicio de Reclamaciones y Asuntos Generales del Comisionado de Transparencia, Pedro Pacheco, recordó que los obligados por la Ley tienen dos tareas: la de la publicidad activa, a través de la publicación de la información en sus portales de Transparencia, y la de garantizar el derecho de acceso a la información de los ciudadanos. El objetivo es dar satisfacción a una creciente demanda de la población por estar informados. Las solicitudes de información deben de contestarse siempre y en caso de haber conflicto con la protección de datos u otros límites al derecho de información, se le debe explicar el motivo de la negación.

De las reclamaciones de los ciudadanos presentadas en 2017 se han resuelto hasta el presente 92: el 79% han tenido una resultado favorable total o parcial para los ciudadanos, bien porque el comisionado determinó que habían de entregarle toda o parte de la información solicitada, o bien porque la administración reclamada les ha facilitado los datos una vez que fue requerida a presentar alegaciones por parte del órgano de control. Las 101 reclamaciones de acceso a la información presentadas al Comisionado en los tres primeros meses de 2018 duplican a las presentadas en el primer trimestre de 2017.

Con respecto al cumplimiento de la transparencia, este año la evaluación se realizará con la metodología MESTA, desarrollada por el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno y por la Agencia Estatal de Evaluación de las Políticas Públicas y la Calidad de los Servicios. A través de la herramienta, se valoran 7 criterios relacionados con el contenido de la información y 3 relacionados con el soporte web en el que están publicados los datos.

José María Vázquez, jefe del Servicio de Evaluación y Control de la Transparencia del Comisionado de Transparencia, explicó que “esta metodología tiene tres grandes características. En primer lugar, que puede ser aplicada con homogeneidad a todos los organismos y entidades obligadas, independientemente de su naturaleza jurídica. En segundo lugar, permite medir con eficacia el grado de cumplimiento de las obligaciones de transparencia. Y por último, permite establecer líneas de estudio y mejora continua, de cara al futuro, para ver cómo van evolucionando las distintas entidades obligadas”.

⇒ Ver: Presentación SECTOR PÚBLICO CAC: Publicidad activa (Jornada Formativa, 4 de abril de 2018)

Lista de Reproducción de la Jornada Formativa

 

«T-Canaria», nueva aplicación telemática del Comisionado para conocer el cumplimiento de la transparencia de todas las instituciones canarias

R12/2018

Petición de información sobre actuaciones del Grupo de Emergencias y Salvamento de Canarias en 2017 | Aceptación de desistimiento

Resolución de aceptación de desistimiento de reclamación por haber recibido la información relativa a actuaciones en 2017 del Grupo de Emergencias y Salvamento de la Comunidad Autónoma de Canarias (17-III-2018)

Se recibió en el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública, reclamación contra la desestimación presunta por silencio administrativo de petición de información formulada  a la Consejería de Política Territorial, Sostenibilidad y Seguridad relativa actuaciones en 2017 del Grupo de Emergencias y Salvamento de la Comunidad Autónoma de Canarias (G.E.S.), concretamente:
– ¿Cuántos rescates han realizado los helicópteros del GES este año?
– ¿Cuántas horas han actuado en total?
– ¿Cuánto ha costado en total poner en funcionamiento estos helicópteros durante este 2017?
– Desglose de los rescates según actividad prestada (ahogamiento, senderismo, accidente de coche…).

En base a los artículos 54 y 64 de la LTAIP se le solicitó que en el plazo máximo de 15 días se remitiera copia completa y ordenada del expediente de acceso a la información, informe al respecto, así como cuanta información o antecedentes considerase oportunos. Como órgano responsable del derecho de acceso a la Consejería de Política Territorial, Sostenibilidad y Seguridad se le dio la consideración de interesada en el procedimiento y la posibilidad de realizar las alegaciones que estimara convenientes a la vista de la reclamación.

La Consejería remite escrito adjuntado copia del expediente de acceso e informe respecto a su tramitación en el que indica que la información se ha entregado al interesado vía correo electrónico. Posteriormente el reclamante vía correo electrónico presenta renuncia a esta reclamación por haberle sido entregada la información solicitada.

Por lo expuesto, el Comisionado resuelve aceptar el desistimiento de la reclamación y declarar concluido el procedimiento; e instar a la Consejería de Política Territorial, Sostenibilidad y Seguridad para que cumpla con el procedimiento establecido para el acceso a información pública en la LTAIP, resolviendo en plazo las peticiones de información que le formulen.

R14/2016

Petición de información sobre número de reclamaciones patrimoniales realizadas a la Consejería al Servicio Canario de Salud | Estimación

Resolución de estimación de reclamación por solicitud de acceso a información relativa a acceso a información detallada sobre número de reclamaciones patrimoniales formulada ante el Servicio Canario de Salud (11-V-2016)

Se recibió en el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública reclamación contra la falta de respuesta a petición de información relativa a acceso a información detallada sobre el número de reclamaciones patrimoniales realizadas a la Consejería de Sanidad desde el año 2010 a 2015.

El Comisionado resuelve que, aunque la información ha sido finalmente suministrada al reclamante, la puesta a disposición se ha producido fuera del plazo determinado por la LTAIP y por tanto incumpliendo la misma, por ello, procede estimar la presente reclamación; e instar al Servicio Canario de Salud a agilizar los procedimientos de tramitación de solicitudes de acceso y a considerar en los mismos las posibles necesidades de ampliación de plazo por volumen o complejidad de la información (Artículo 46 LTAIP), todo ello para conseguir la respuesta en plazo de las solicitudes de acceso.

R13/2016

Solicitud de información detallada sobre brotes de toxiinfección detectados por la Consejería al Servicio Canario de Salud | Estimación

Resolución estimatoria de reclamación por solicitud de acceso a información detallada sobre brotes de toxiinfección detectados por la Consejería de Sanidad en Canarias formulada ante el Servicio Canario de Salud (11-V-2016)

Se recibió en el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública reclamación contra la falta de respuesta a petición de información relativa a acceso a información detallada sobre brotes de toxiinfección detectados por la Consejería de Sanidad en Canarias durante los años 2014 y 2015.

El Comisionado resuelve que, aunque la información ha sido finalmente suministrada al reclamante, la puesta a disposición se ha producido fuera del plazo determinado por la LTAIP y por tanto incumpliendo la misma, por ello, procede estimar la presente reclamación; y por otro lado, instar al Servicio Canario de Salud a agilizar los procedimientos de tramitación de solicitudes de acceso y a considerar en los mismos las posibles necesidades de ampliación de plazo por volumen o complejidad de la información (Artículo 46 LTAIP), todo ello para conseguir la respuesta en plazo de las solicitudes de acceso.

R12/2016

Solicitud de información sobre número de denuncias contra la Consejería de Sanidad al Servicio Canario de Salud | Estimación

Resolución de estimación de reclamación por solicitud de acceso a información sobre número de denuncias presentadas contra la Consejería de Sanidad ante el Servicio Canario de Salud (11-V-2016)

Se recibió en el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública reclamación contra la falta de respuesta a petición de información relativa a acceso a información del número de denuncias presentadas contra la Consejería de Sanidad desde el año 2010 a 2015 por motivo de supuestas negligencias médicas.

El Comisionado resuelve que aunque la información ha sido finalmente suministrada al reclamante, la puesta a disposición se ha producido fuera del plazo determinado por la LTAIP y por tanto incumpliendo la misma, por ello, procede estimar la presente reclamación; y por otro lado, instar al Servicio Canario de Salud a agilizar los procedimientos de tramitación de solicitudes de acceso y a considerar en los mismos las posibles necesidades de ampliación de plazo por volumen o complejidad de la información (Artículo 46 LTAIP), todo ello para conseguir la respuesta en plazo de las solicitudes de acceso.

R11/2016

Solicitud de información sobre número de camas ocupadas en centros públicos canarios al Servicio Canario de Salud | Estimación

 

Resolución de estimación por solicitud de información sobre el número de camas hospitalarias en centros públicos de Canarias formulada al Servicio Canario de Salud (20-V-2016)

Se recibió en el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública reclamación sobre petición de información relativa al número de camas hospitalarias en centros públicos de Canarias que han estado ocupadas por pacientes dados de alta desde 2010 a 2015. El motivo de la inadmisión fue la necesidad de un proceso de reelaboración de la información extraíble del Sistema de Información de Atención Especializada.

No obstante, a la vista del expediente de reclamación, de su replanteamiento y de otros expedientes de reclamación tramitados ante este Comisionado, es constatable el esfuerzo del Servicio Canario de Salud en dar respuesta a estas peticiones de información que permiten trasladar al ciudadano datos básicos de la gestión diaria.

El Comisionado adopta la siguiente resolución:

  • Instar al Servicio Canario de Salud a realizar las tareas de gestión de información necesarias para que la información solicitada esté disponible para futuras peticiones de acceso.
  • Al haber sido suministrada a la reclamante la información en la fase de reclamación, queda a disposición de la misma la posibilidad de presentar nueva reclamación ante Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública en el caso de que la respuesta suministrada por el Servicio Canario de Salud no sea considera adecuada a la petición de información formulada.

R10/2016

Petición de diversas informaciones sobre la Residencia Asistida Nuestra Señora del Mar al Servicio Canario de Salud | Estimación

Resolución estimatoria de reclamación por solicitud de acceso a la información enumerada sobre la Residencia Asistida Nuestra Señora del Mar formulada ante el Servicio Canario de Salud (20-V-2016)

Se recibió en el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública de Canarias reclamación, en representación de Asistencia Geriátrica Canaria S.L., contra la falta de respuesta a petición de información relativa a acceso a información respecto de la Residencia Asistida Nuestra Señora del Mar, emplazada en el Municipio de Telde y, más concretamente, en la zona denominada La Garita y que se detalla seguidamente:

1. Origen de la relación contractual entre la Consejería de Sanidad -por sí o por organismo autónomo dependiente y/o cualquier otro organismo de ámbito superior- y dicha Residencia, y a través de la cual, dicha entidad recibe pacientes desde el Gobierno de Canarias a través de la Consejería competente.
2. Fecha inicial y fechas- en su caso -de renovación hasta la actualidad.
3. Número de pacientes desviados y montante económico que ha supuesto a lo largo de dicha relación.
4. Perfil de usuarios: sanitarios, sociosanitarios, de estancia determinada, etc.
5. No constando al compareciente licitación originaria de dicha relación, que dieran lugar a adjudicación dimanante de la misma, razones jurídicas que amparen dicho desvío de pacientes desde el inicio hasta el momento sin que mediara concurso público.
6. Igualmente, razones por las cuales durante todo ese período no se ha procedido a licitar dicha prestación de servicios.
7. Asimismo, y teniendo en cuenta la numerosa oferta disponible más cualificada incluso morfológica y técnicamente por surgir con la exigente normativa autonómica en la materia -, sólo esa Residencia es objeto de la concertación de servicios descritos.
8. Teniendo en cuenta la Resolución 1200/LP, mediante la cual se renovó la autorización de funcionamiento de la misma, se nos informe si, de acuerdo a los condicionantes descritos en el cuerpo de dicha autorización, la residencia que nos ocupa cumple a fecha de hoy con los requisitos de la normativa específica que le es de aplicación en este momento, dando así vigencia a dicha autorización, en materia de accesibilidad o cualquiera otra materia que le sea de aplicación.
9. Igualmente, se nos informe si dicha Residencia cuenta con las medidas en materia de seguridad y contra incendios precisas que garanticen la integridad de los usuarios.
10. De otro lado, se nos indique la calificación exacta de dicha residencia, dada las numerosas calificaciones que se hacen constar en la autorización referida: por un lado CENTRO HOSPITALARIO, por otro HOSPITAL ESPECIALIZADO MÉDICO, por otro HOSPITAL DE MEDIA Y LARGA ESTANCIA.
11. Finalmente, si dicha Residencia cuenta con la acreditación, autorización, registro, como CENTRO SOCIOSANITARIO.

El Comisionado adopta la siguiente resolución: 

  • Aunque la información parcial ha sido finalmente suministrada al reclamante, la puesta a disposición se ha producido fuera del plazo determinado por la LTAIP y por tanto incumpliendo la misma, por ello, procede estimar la presente reclamación.
  • Respecto a la información solicitada que se detalla y ordena al inicio de esta Resolución y que ha sido inadmitida, la numerada con el ordinal 8, toda vez que se parte de la inexistencia de la información aludida y que parece conocer el reclamante, en caso de disconformidad o de contar con la misma, se podrá aportar en la nueva fase de recurso ante el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública que se le abre con esta Resolución. Respecto a ordinal 9, la solicitud no se refiere a la Residencia Asistida Nuestra Señora del Mar exclusivamente como centro sociosanitario, sino que la petición es genérica y existiendo una autorización como de funcionamiento como hospital de media y larga estancia, debe de ser contestada y no inadmitida por no contar con ella. En cuanto al ordinal 10, es contestada con la información que se detenta y por ello debe figurar como información admitida. Finalmente, el ordinal 11, se informa del órgano competente suficiente para poder redirigir la petición de información, por tanto, conforme al artículo 44 de la LTAIP, debió haber sido remitida al competente.
  • Requerir al Director del Servicio Canario de Salud para que en el plazo de quince días, remita a Asistencia Geriátrica Canaria S.L., la información solicitada en el ordinal 9. Concretamente, “informe si dicha Residencia cuenta con las medidas en materia de seguridad y contra incendios precisas que garanticen la integridad de los usuarios, referido a su funcionamiento como hospital de media y larga estancia”.
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