Petición de información sobre proyecto constructivo de ampliación de línea 2 del tranvía al Cabildo de Tenerife | Inadmisión
Resolución de inadmisión de solicitud de información al Cabildo de Tenerife relativa al proyecto constructivo de ampliación de la línea 2 del tranvía desde Tíncer a la Gallega. (05-II-2019)
Solicitud de información sobre proyecto constructivo de ampliación de línea 2 del tranvía al Cabildo de Tenerife | Inadmisión
Resolución de inadmisión de solicitud de información al Cabildo de Tenerife relativa al proyecto constructivo de ampliación de la línea 2 del tranvía desde Tíncer a la Gallega. (05-II-2019)
Petición de información sobre contratación de personal de Litografía Romero al Cabildo de Tenerife | Estimación formal y terminación
Resolución estimatoria formal y de terminación sobre solicitud de información al Cabildo de Tenerife relativa a elección y contratación de personal de la sociedad mercantil LITOGRAFÍA A. ROMERO, S.L. (21-II-2019)
Resolución estimatoria parcial de reclamación de acceso a información relativa a gastos de tarjetas de crédito de sociedad pública del Cabildo Insular de Tenerife (28-XII-2018)
Con fecha 15 de mayo de 2017 se recibió en el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública reclamación de un consejero insular del Grupo Podemos en el Cabildo de Tenerife, contra la inadmisión parcial de acceso a la información solicitada por el reclamante al Cabildo Insular de Tenerife, relativa a solicitud de copia de los cargos realizados a las tarjetas de crédito al personal de la Sociedad SPET Turismo de Tenerife S.A. durante los años 2012 a 2016, así como sobre cuántas tarjetas existen, quienes la utilizan y uso dado a las mismas durante esos años. En una posterior petición el 8 de febrero siguiente solicita los cargos en dichas tarjetas y años, así como desglose pormenorizado de las facturas y su justificación.
En base a los artículos 54 y 64 de la LTAIP, se solicitó el 25 de julio de 2017 el envío de copia completa y ordenada del expediente de acceso a la información, informe al respecto, así como cuanta información o antecedentes considere oportunos. Como órgano responsable del derecho de acceso a la información, al Cabildo Insular de Tenerife se le dio la consideración de interesado en el procedimiento y la posibilidad de realizar las alegaciones que estimase convenientes a la vista de la reclamación. Ante la falta de respuesta por parte del Cabildo, se reiteró este escrito de 7 de noviembre de 2017.
El 10 de noviembre siguiente se remite al Comisionado un dossier aportado por la Sociedad SPET Turismo de Tenerife S.A con la indicación de que el mismo sería remitido al aquí reclamante. En el escrito se remisión se alude a que “dada la gran cantidad de apuntes solicitados se remite detalle de los movimientos realizados en el periodo solicitado. La importante cantidad de información solicitada, la cual supera los 3.000 apuntes, hace que se haya tenido que dedicar una gran cantidad de tiempo y recursos en localizar los registros de ejercicios anteriores, cuyo hecho se agrava al haber cambiado la empresa de programa de contabilidad a mitad del ejercicio 2014”. Posteriormente, se da audiencia al reclamante para comprobar recepción y la conformidad con el contenido de la misma en relación con su petición de acceso. Al día siguiente manifiesta por esa misma vía su disconformidad, fundamentalmente por la falta de un texto más ampliado en el asiento contable o a que cada asiento venga acompañado por una documentación justificativa del motivo del gasto.
El Comisionado resuelve estimar parcialmente la reclamación toda vez que parte de la información se ha entregado con posterioridad a la reclamación. La información a aportar al reclamante es la relativa a la justificación de los gastos, bien a través de un detalle suficiente del concepto de los mismos, o bien a través de copia de la documentación que da soporte al gasto (facturas y posibles notas, presupuestos o informes del procedimiento: lo que corresponda conforme al manual de normas y procedimiento de la sociedad ). En todo caso, deberá figurar la acción del plan de actuación que ejecuta. Y requerir a la Sociedad SPET Turismo de Tenerife S.A. dependiente del Cabildo Insular de Tenerife a que dé acceso al reclamante a la información indicada.
Petición de expedientes relativos a la compañía Litografía A. Romero SL al Cabildo de Tenerife | Terminación del procedimiento
Resolución de terminación de reclamación al Cabildo de Tenerife sobre solicitud de información relativa a expedientes que haya instruido para el cumplimiento de la obligación legal de desprenderse de sus participaciones sociales en la compañía Litografía A. Romero, S.L. (22-V-2018)
Se recibió en el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública reclamación contra la estimación parcial de solicitud de acceso a información solicitada por el reclamante al Cabildo Insular de Tenerife, relativa a:
“1º.- Todos los expedientes que haya instruido la Corporación para el cumplimiento de la obligación legal de desprenderse de sus participaciones sociales en la compañía Litografía A. Romero, S.L., y en particular: 1. Los informes jurídicos y económicos de que disponga la corporación, propios o ajenos, sobre el alcance y las consecuencias de la citada obligación. 2. Los expedientes seguidos para proceder efectivamente a la transmisión de las citadas participaciones, incluso los que puedan estar en curso. 3. Las valoraciones, tasaciones, estimaciones o dictámenes o informes en que se atribuya un valor o un precio a las referidas participaciones sociales.
2º.- La misma información sobre la materia citada, (venta o transmisión de sus participaciones sociales en Litografía A. Romero, S.L.) de que disponga el Cabildo en su condición de partícipe de la citada sociedad, es decir: 1) los acuerdos o decisiones o informes adoptados o conocidos por esta, si los hubiere, y también 2) los informes jurídicos y económicos de que ella disponga sobre la materia de que se trata, 3) los expedientes o procedimientos y actuaciones hechas por la sociedad en razón de la eventual transmisión de las participaciones del Cabildo Insular, e igualmente, 4) las valoraciones, tasaciones, estimaciones o dictámenes o informes en que se atribuya un valor o un precio a las referidas participaciones sociales”.
Se solicitó al Cabildo de Tenerife el expediente de acceso a la información y las alegaciones que estimase. Y se recibe en el Comisionado el expediente de acceso y resolución del director Insular de Hacienda en la que se ordena estimar la solicitud y facilitar el acceso a la información solicitada por el reclamante. Conforme a la documentación incorporada en el expediente, así como a correos electrónicos remitidos por el reclamante, después de algunos errores en la remisión de la documentación, declara que da por recibida la totalidad de la documentación.
Por lo anterior, el Comisionado resuelve declarar la terminación del procedimiento derivado de la reclamación por haber perdido su objeto al haber sido entregada la información. E instar al Cabildo de Tenerife a agilizar los procedimientos de tramitación de solicitudes de acceso a la información pública para que la respuesta se produzca en plazo, y recordar que el incumplimiento de esta obligación, constituye una infracción de las previstas en el artículo 68 de la LTAIP.
Solicitud de información diversa sobre compra y venta de agua a BALTEN, adscrita al Cabildo de Tenerife | Desestimación
Resolución de desestimación de reclamación por solicitud de información sobre compra y venta del agua formulada ante Balsas de Tenerife (BALTEN), Entidad Pública Empresarial adscrita al Cabildo Insular de Tenerife (11-III-2016)
Se recibió reclamación contra la denegación parcial de acceso a información solicitada. Esta petición se dirigió a la entidad pública empresarial BALTEN adscrita al Cabildo Insular de Tenerife y fue resuelta con acceso parcial mediante escrito del Gerente dejando pendiente aquella que se estimaba sujeta a derechos o intereses de terceros, cuya denegación se confirma en escrito posterior.
La petición de información se concretaba en: 1°. y 2°.- Precio mínimo y máximo de adquisición del agua que se ha abonado en la zona 1 en el año 2014 y 2015, montaña de Taco, especificando calidad del agua, compromiso y continuidad de suministro. Especificando m3 adquiridos a dicho precio máximo en el año 2014 y 2015 y personas físicas y jurídicas a las que se le ha abonado dicho importe máximo y volumen total de las operaciones en el año 2014 y 2015. 3°.- Copia de los contratos suscritos con la entidad Gestión de Agua 2000, S.L. en los años 2012 a 2015. Especificando volumen de negocio mantenido con dicha entidad por la adquisición y venta de aguas y precios de adquisición y venta de agua por m3. 4°.- Igualmente, interesa que se informe sobre si las aguas de transporte precisan del almacenamiento en la balsa de Taco. 5°.- Se ha de requerir información sobre cuáles son las galerías y pozos de donde provienen las aguas adquiridas y volúmenes. 6°.- Copia de los anuncios y pliegos de condiciones de los procesos selectivos que debieron ser convocados a fin de contratar la compra de las citadas aguas.
El reclamante da por no contestada totalmente las numeradas con los ordinales 1º y 2º el 3º y por no contestadas las numeradas con el 3º, 5º y 6º, por tanto y considerando su reclamación, solo da por contestada la numerada con el 4º. La Entidad Pública Empresarial BALTEN contesta al requerimiento en la que se argumenta la justificación de la imposibilidad de facilitar el acceso por afectar a intereses económicos y comerciales de las empresas suministradoras.
El Comisionado da por contestada la solicitud de información excepto la relativa a la que se refiere a la solicitud de “copia de los anuncios y pliegos de condiciones de los procesos selectivos que debieron ser convocados a fin de contratar la compra de las citadas aguas”, a la vista de la documentación aportada por BALTEN. No obstante, si así se desea, queda a disposición del interesado presentar la correspondiente reclamación ante el Comisionado en el caso de que la respuesta efectivamente dada por BALTEN no le resulta satisfactoria a la consideración de su derecho.
Por otro lado, el Comisionado resuelve desestimar la reclamación sobre el no acceso a la información solicitada “copia de los anuncios y pliegos de condiciones de los procesos selectivos que debieron ser convocados a fin de contratar la compra de las citadas aguas” ya que la Entidad Pública Empresarial BALTEN en su actividad de compra y venta de agua de riego, entra dentro de los supuestos del artículo 4,1,g como contrato excluido del TRLCSP y por tanto no sometida a la misma. Asimismo, instar a BALTEN a que implante su portal de transparencia en el período más breve posible.
Petición de información sobre subvenciones y ayudas económicas a eventos al Cabildo Insular de Tenerife | Desestimación
Resolución de desestimación de reclamación por solicitud de acceso a información sobre subvenciones y ayudas económicas a eventos formulada al Cabildo Insular de Tenerife (09-XI-2015)
Se recibió escrito en el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública de Canarias contra la desestimación presunta de solicitud de acceso relativa subvenciones y/o cualquier tipo de ayuda económica o no que el Cabildo de Tenerife o alguna de sus empresas públicas haya concedido a una serie de eventos que se indican: Canarias Beauty Show del año 2013 y Tenerife Live del año 2015. Asimismo solicitó las bases o normativa usada para la concesión de las citadas subvenciones y/o ayudas.
El Comisionado resuelve desestimar la reclamación presentada contra la información parcial suministrada por el Excmo. Cabildo Insular de Tenerife relativa a información sobre subvenciones o ayudas económicas a los eventos denominados “Canarias Beauty Show del año 2013” y “Tenerife Live del año 2015” o a sus organizadores para su realización.
Solicitud de acceso a expediente concreto de una de subvención al Cabildo Insular de Tenerife | Inadmisión
Resolución de inadmisión de reclamación por solicitud de acceso a expediente de subvención formulada ante el Cabildo Insular de Tenerife (09-XI-2015)
Tuvo entrada en el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública reclamación contra la desestimación de petición de información acerca de expediente de subvención en favor de la reclamante formulada ante el Cabildo Insular de Tenerife.
El Comisionado resuelve inadmitir a trámite la reclamación por haberse presentado fuera del plazo estipulado para ello.
Los cabildos insulares han casi duplicado entre 2016 y 2017 su nivel de cumplimiento de las obligaciones de publicación de contenidos en sus portales de transparencia, que se refleja en el Índice de Transparencia de Canarias (ITCanarias).
La media aritmética de los corporaciones insulares pasa de los 3,85 puntos (sobre 10) alcanzados para el año 2016 a un 6,93 en 2017. “Refleja un esfuerzo importante en la mejora de sus portales de transparencia, la mayor de los cuatro niveles administrativos de Canarias, contando a las universidades. Desde que comenzaron su propia autoevaluación los portales de transparencia progresaron mucho”, indica el comisionado de Transparencia de Canarias, Daniel Cerdán. La media ponderada por la población de cada isla pasa de un 5,24 en 2016 a un 7,25 en 2017, porque las islas más pobladas obtiene notas más altas.
Los cabildos de Tenerife, El Hierro, Fuerteventura, La Gomera, Gran Canaria y La Palma sacan más de 6 puntos en la evaluación de transparencia de 2017 del Comisionado de Canarias. El Cabildo de Lanzarote, sin embargo, apenas alcanza los 4,52 puntos sobre diez.
La corporación insular con mejor puntuación en el índice ITCanarias de 2017 es el Cabildo de Tenerife, con un 8,43, mientras en 2016 tenía un 5,61. Es además la institución insular que mejor ha rendido cuentas en esta materia porque la práctica totalidad de sus entidades dependientes presentaron también su autoevaluación de transparencia a través de la aplicación electrónica del Comisionado, “T-Canaria”.
El caso más singular en esta evaluación es el del Cabildo de El Hierro, ya que de un ejercicio a otro ha subido la nota en casi 7 puntos: de un 0,76 en 2016, cuando no tenía portal de transparencia, a un 8,21 en 2017, con este espacio web bien estructurado y bastante completo.
El Cabildo de Fuerteventura duplica su logro en esta materia: pasa de los 3,97 puntos en 2016 a los 7,58 en 2017. Lo mismo ocurre con el portal del Cabildo de La Gomera: 2,59 en 2016, y 6,87 puntos en 2017.
El Cabildo de Gran Canaria obtuvo 5,49 en el año 2016 y en 2017 subió un punto, hasta 6,50. En sexto lugar, el Cabildo Insular de La Palma logra una mejora similar al de Gran Canaria, con un 5,54 en 2016, y 6,41 puntos en 2017.
Finalmente, el Cabildo Insular de Lanzarote queda el más rezagado en 2017, a pesar de mejorar en más de punto y medio: se eleva del 3,01 del año 2016 a un 4,52 en 2017.
INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA SOBRE EL ÍNDICE DE TRANSPARENCIA DE CANARIAS (ITCANARIAS)
La arbitrariedad en la evaluación de se ha reducido todo lo posible al ser calculada matemáticamente por un algoritmo. Por primera vez, todas las 98 instituciones públicas de Canarias hicieron primero un ejercicio de autoevaluación sobre el cumplimiento de sus obligaciones de transparencia; a través de la herramienta telemática “T-Canaria” en la sede electrónica del Comisionado de Transparencia. Hecho que constituye todo un hito, ya que hace dos años no llegaron al 40%; el pasado ejercicio fueron el 89% y este año se ha alcanzado al 100%.
La aplicación “T-Canaria” facilita por primera vez a todas las instituciones canarias autoevaluarse sobre la calidad con que reflejan su actividad en sus portales de transparencia, webs o sedes electrónicas. Esta herramienta telemática permite calcular de una forma abierta el Índice de Transparencia de Canarias (ITCanarias), primer ranking público de carácter autonómico creado hasta ahora. Su misión es ayudar a las instituciones a mejorar la transparencia y a reducir la opacidad de forma ágil y económica: ningún trámite se realiza ya en papel. Su funcionamiento se explica en el Manual de Uso publicado en la sede electrónica del Comisionado de Transparencia. En esa misma página se facilitan en una hoja de cálculo, llamada “Mapa de Obligaciones”, los contenidos informativos que cada tipo de institución ha de incluir en su portal de transparencia según la Ley: 187 la Comunidad Autónoma; 166 los ayuntamientos y cabildos; 107 los entes públicos y organismos autónomos; y 89 las empresas públicas de todas las instituciones canarias.
Resolución de estimación parcial de petición de información al Cabildo de Tenerife sobre expedientes en el polígono industrial de Granadilla gestionados por el Instituto Tecnológico y de Energías Renovables, S.A. (21-I-2018)
Se estima la reclamación de un consejero insular del Grupo Podemos en el Cabildo de Tenerife por silencio administrativo de solicitud de información al Cabildo Insular de Tenerife relativa a solicitud de copia de expedientes administrativos de la calificación territorial de las 130 placas fotovoltaicas en el polígono industrial de Granadilla así como de los expedientes donde obren los titulares de las 130 placas fotovoltaicas solicitadas por el ITER en el polígono industrial de Granadilla. La información relativa a los expedientes de calificación territorial ya ha sido entregada, por lo que se ha de dar acceso a la relación de titulares.
Se requiere al Cabildo Insular de Tenerife a que dé acceso al reclamante a la información indicada y a que en el mismo plazo informe al Comisionado de las actuaciones llevadas a cabo para la ejecución material de esta resolución. Por último, se insta al Cabildo para que cumpla con el procedimiento y el plazo establecido para el acceso a información pública en la LTAIP, resolviendo las peticiones de información que le formulen.
Utilizamos cookies propias y de terceros con fines analíticos y de personalización de nuestros contenidos. A continuación, puede aceptar el uso de cookies, rechazarlas o personalizar cuál de ellas pueden ser utilizadas. Para editar sus preferencias o tener más información, visite nuestra Política de cookies de nuestro sitio web.
Funcional
Siempre activo
El almacenamiento o acceso técnico es estrictamente necesario para el propósito legítimo de permitir el uso de un servicio específico explícitamente solicitado por el abonado o usuario, o con el único propósito de llevar a cabo la transmisión de una comunicación a través de una red de comunicaciones electrónicas.
Preferencias
El almacenamiento o acceso técnico es necesario para la finalidad legítima de almacenar preferencias no solicitadas por el abonado o usuario.
Estadísticas
El almacenamiento o acceso técnico que es utilizado exclusivamente con fines estadísticos.El almacenamiento o acceso técnico que se utiliza exclusivamente con fines estadísticos anónimos. Sin un requerimiento, el cumplimiento voluntario por parte de tu proveedor de servicios de Internet, o los registros adicionales de un tercero, la información almacenada o recuperada sólo para este propósito no se puede utilizar para identificarte.
Marketing
El almacenamiento o acceso técnico es necesario para crear perfiles de usuario para enviar publicidad, o para rastrear al usuario en una web o en varias web con fines de marketing similares.