R12/2015

Petición de registros, actas, resoluciones y acuerdos al Colegio de Abogados de Santa Cruz de La Palma | Estimación

Resolución de estimación de reclamación por solicitud de información sobre registros, actas, resoluciones y acuerdos formulada ante el Colegio de Abogados de Santa Cruz de La Palma (17-XII-2015)- Misma reclamación que R11/2015 pero con distinto reclamante

Se recibió reclamación contra la inadmisión presunta de solicitud de acceso a información relativa a los registros de solicitudes de incorporación al Colegio de Abogados de Santa Cruz de La Palma como abogados ejercientes y no ejercientes de fechas 27 de marzo de 2015 hasta el día 10 de septiembre de 2015, así como actas, resoluciones y acuerdos aprobados por la Junta de Gobierno del Colegio de Abogados de Santa Cruz de La Palma entre las mismas fechas y listado o censo de abogados ejercientes y no ejercientes cuya incorporación al citado Colegio se haya realizado o practicado entre las mismas fechas.

El Comisionado resuelve estimar la reclamación y requerir al Colegio de Abogados de Santa Cruz de La Palma que, en el plazo de quince días hábiles, remita al reclamante la información solicitada.

R4/2015

Petición de informes sobre Oferta de Empleo Público a la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad | Inadmisión

Resolución de inadmisión de reclamación por solicitud de acceso relativa a informes sobre Oferta de Empleo Público formulada ante la Dirección General de Función Pública de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad (24-XI-2015)

Se recibió reclamación contra la inadmisión presunta de solicitud de acceso a información, relativa a los informes que se han requerido para la tramitación de la Oferta de Empleo Público de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2015, así como los órganos y departamentos que la han tramitado y que tienen responsabilidades en la misma. En la reclamación alude al envío de correos electrónicos.

El Comisionado resuelve inadmitir a trámite la reclamación por no adecuarse la petición de información a los principios generales de iniciación del procedimiento y del recurso de reposición de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

R18/2015

Solicitud de revocación de inadmisión de reclamación al Colegio de Abogados de Santa Cruz de La Palma (R12/2015)| Estimación

 

Resolución de revocación de inadmisión por fuera de plazo de la reclamación 12/2015 sobre petición de información formulada ante el Colegio de Abogados de Santa Cruz de La Palma (26-II-2016)

Se recibió reclamación en la que solicita la revocación de la Resolución de inadmisión dictada en el expediente de reclamación nº 12/2015 “Resolución del Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública sobre la reclamación de desestimación presunta por silencio administrativo de solicitud de acceso a la información formulada ante el Colegio de Abogados de Santa Cruz de la Palma”.

Dicha solicitud se efectúa en base al argumento de que la citada Resolución incurre en un error material o de hecho en la fechas de presentación y que dicho error ha implicado la inadmisión.

Estudiado el caso, el Comisionado resuelve revocar la Resolución del Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública nº 12/2015 al constituir un acto desfavorable para la reclamante que ha quedado limitada en sus derechos de acceso y no ser la revocación contraria al principio de igualdad, al interés público o al ordenamiento jurídico.

Y por tanto, estimar la reclamación formulada contra la resolución de desestimación presunta por silencio negativo, al considerar respecto la reclamación contra resoluciones presuntas, que la presentación de una reclamación ante el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública frente a la desestimación de una solicitud de acceso a la información por silencio no está sujeta a plazo. Por otro lado, requerir al Colegio de Abogados de Santa Cruz de La Palma que, en el plazo de quince días hábiles, remita a la reclamante la información solicitada.

R15/2015

Solicitud de información diversa sobre compra y venta de agua a BALTEN, adscrita al Cabildo de Tenerife | Desestimación

 

Resolución de desestimación de reclamación por solicitud de información sobre compra y venta del agua formulada ante Balsas de Tenerife (BALTEN), Entidad Pública Empresarial adscrita al Cabildo Insular de Tenerife (11-III-2016)

Se recibió reclamación contra la denegación parcial de acceso a información solicitada. Esta petición se dirigió a la entidad pública empresarial BALTEN adscrita al Cabildo Insular de Tenerife y fue resuelta con acceso parcial mediante escrito del Gerente dejando pendiente aquella que se estimaba sujeta a derechos o intereses de terceros, cuya denegación se confirma en escrito posterior.

La petición de información se concretaba en:
1°. y 2°.- Precio mínimo y máximo de adquisición del agua que se ha abonado en la zona 1 en el año 2014 y 2015, montaña de Taco, especificando calidad del agua, compromiso y continuidad de suministro. Especificando m3 adquiridos a dicho precio máximo en el año 2014 y 2015 y personas físicas y jurídicas a las que se le ha abonado dicho importe máximo y volumen total de las operaciones en el año 2014 y 2015.
3°.- Copia de los contratos suscritos con la entidad Gestión de Agua 2000, S.L. en los años 2012 a 2015. Especificando volumen de negocio mantenido con dicha entidad por la adquisición y venta de aguas y precios de adquisición y venta de agua por m3.
4°.- Igualmente, interesa que se informe sobre si las aguas de transporte precisan del almacenamiento en la balsa de Taco.
5°.- Se ha de requerir información sobre cuáles son las galerías y pozos de donde provienen las aguas adquiridas y volúmenes.
6°.- Copia de los anuncios y pliegos de condiciones de los procesos selectivos que debieron ser convocados a fin de contratar la compra de las citadas aguas.

El reclamante da por no contestada totalmente las numeradas con los ordinales 1º y 2º el 3º y por no contestadas las numeradas con el 3º, 5º y 6º, por tanto y considerando su reclamación, solo da por contestada la numerada con el 4º. La Entidad Pública Empresarial BALTEN contesta al requerimiento en la que se argumenta la justificación de la imposibilidad de facilitar el acceso por afectar a intereses económicos y comerciales de las empresas suministradoras.

El Comisionado da por contestada la solicitud de información excepto la relativa a la que se refiere a la solicitud de “copia de los anuncios y pliegos de condiciones de los procesos selectivos que debieron ser convocados a fin de contratar la compra de las citadas aguas”, a la vista de la documentación aportada por BALTEN. No obstante, si así se desea, queda a disposición del interesado presentar la correspondiente reclamación ante el Comisionado en el caso de que la respuesta efectivamente dada por BALTEN no le resulta satisfactoria a la consideración de su derecho.

Por otro lado, el Comisionado resuelve desestimar la reclamación sobre el no acceso a la información solicitada “copia de los anuncios y pliegos de condiciones de los procesos selectivos que debieron ser convocados a fin de contratar la compra de las citadas aguas” ya que la Entidad Pública Empresarial BALTEN en su actividad de compra y venta de agua de riego, entra dentro de los supuestos del artículo 4,1,g como contrato excluido del TRLCSP y por tanto no sometida a la misma. Asimismo, instar a BALTEN a que implante su portal de transparencia en el período más breve posible.

R5/2015

Petición de información sobre subvenciones y ayudas económicas  a eventos al Cabildo Insular de Tenerife | Desestimación

 

 

Resolución de desestimación de reclamación por solicitud de acceso a información sobre subvenciones y ayudas económicas a eventos formulada al Cabildo Insular de Tenerife (09-XI-2015)

Se recibió escrito en el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública de Canarias contra la desestimación presunta de solicitud de acceso relativa subvenciones y/o cualquier tipo de ayuda económica o no que el Cabildo de Tenerife o alguna de sus empresas públicas haya concedido a una serie de eventos que se indican: Canarias Beauty Show del año 2013 y Tenerife Live del año 2015. Asimismo solicitó las bases o normativa usada para la concesión de las citadas subvenciones y/o ayudas.

El Comisionado resuelve desestimar la reclamación presentada contra la información parcial suministrada por el Excmo. Cabildo Insular de Tenerife relativa a información sobre subvenciones o ayudas económicas a los eventos denominados “Canarias Beauty Show del año 2013” y “Tenerife Live del año 2015” o a sus organizadores para su realización.

R6/2015

Solicitud de acceso a expediente concreto de una de subvención al Cabildo Insular de Tenerife | Inadmisión

 

 

Resolución de inadmisión de reclamación por solicitud de acceso a expediente de subvención formulada ante el Cabildo Insular de Tenerife (09-XI-2015)

Tuvo entrada en el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública reclamación contra la desestimación de petición de información acerca de expediente de subvención en favor de la reclamante  formulada ante el Cabildo Insular de Tenerife.

El Comisionado resuelve inadmitir a trámite la reclamación por haberse presentado fuera del plazo estipulado para ello.

R17/2015

Petición de entrega de copia del expediente de regularización catastral 27880156.98/14 formulada al Ayuntamiento de Tías | Estimación

 

 

Resolución de estimación de reclamación por solicitud de copia de un expediente de regularización catastral formulada ante el Ayuntamiento de Tías (02-III-2016)

Se recibió en el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública reclamación contra el Ayuntamiento de Tías por denegación parcial de acceso a información pública que se concretaba en solicitud de que se le entregara copia del expediente de regularización catastral 27880156.98/14, procedimiento de comunicación O-2014-342. La Resolución denegatoria aludida da un acceso parcial motivado por implicar el acceso a datos personales protegidos, pero no se acredita por el Ayuntamiento, ni se aporta por el interesado la documentación entregada.

El Comisionado resuelve estimar la reclamación formulada contra el Ayuntamiento de Tías  y requerir a dicho Ayuntamiento que en el plazo de quince días hábiles, remita al reclamante la información solicitada concretamente la que se dice afectada por datos de carácter personal, ya que como interesado en el expediente y teniendo en cuenta el art 35 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como por ser titular catastral tiene derecho a acceder a la misma.

R16/2015

Petición de información sobre expediente administrativo y estado de tramitación al ente público empresarial Puertos Canarios | Estimación

 

Resolución estimatoria de reclamación por petición de información sobre expedientes y tramitación de procedimientos formulada ante el ente público empresarial Puertos Canarios (16-III-2016)

Tuvo entrada en el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública reclamación contra la desestimación presunta de solicitud de acceso a la información. Conforme a los datos que se derivan de la documentación aportada por el interesado en su reclamación, se registró escrito en Puertos Canarios, en el se ejercita acción reclamando como interesado: 

– Que se facilite acceso al expediente administrativo para su examen previo señalamiento de día y hora para materializar el acceso.
– Que se nos informe del estado de la tramitación del procedimiento habida cuenta del excesivo plazo transcurrido que nos permita formular cualquier recurso fundado en derecho, por referencia a las disposiciones legales y reglamentarias de aplicación, dada cuenta que se ha verificado el trámite del art. 48.4 del Reglamento que desarrolla la Ley de Puertos, sin que se nos haya notificado el otorgamiento de la concesión.
– Que se nos indique si se ha excedido el plazo máximo estipulado en el art. 47.11 del Reglamento que desarrolla la Ley de Puertos para la resolución del expediente.

El Comisionado resuelve estimar la reclamación formulada contra la resolución de desestimación presunta por silencio negativo en lo que afecta a las peticiones de los puntos segundo y tercero de su escrito y requerir a Puertos Canarios para que en el plazo de quince días hábiles, proceda a dar audiencia del resto de los afectados en el expediente de concesión por si existe oposición a dar acceso a la información del expediente en el marco de los artículos 37 y 38 de la LTAIP.

R14/2015

Petición de copias de documentos contractuales de la Residencia Nuestra Señora del Mar al Servicio Canario de Salud | Estimación

 

Resolución estimatoria de reclamación por solicitud de información relativa a copias de documentos contractuales formulada ante el Servicio Canario de Salud (19-I-2016)

Se recibió en el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública reclamación contra la falta de respuesta a peticiones de información relativas a acceso a información mediante el suministro de copias de los documentos contractuales de la Residencia Médica Asistida Nuestra Señora del Mar S.L. con el Servicio Canario de Salud.

El Comisionado resuelve estimar la reclamación formulada contra la resolución de desestimación presunta por silencio negativo; y requerir al Servicio Canario de Salud para que, en el plazo de quince días hábiles, remita al reclamante la información solicitada.

R11/2015

Solicitud de registros, actas, resoluciones y acuerdos al Colegio de Abogados de Santa Cruz de La Palma | Estimación

 

Resolución de estimación de reclamación por solicitud de información sobre registros, actas, resoluciones y acuerdos formulada ante el Colegio de Abogados de Santa Cruz de La Palma (17-XII-2015)

Se recibió reclamación contra la inadmisión presunta de solicitud de acceso a información relativa a los registros de solicitudes de incorporación al Colegio de Abogados de Santa Cruz de La Palma como abogados ejercientes y no ejercientes de fechas 27 de marzo de 2015 hasta el día 10 de septiembre de 2015, así como actas, resoluciones y acuerdos aprobados por la Junta de Gobierno del Colegio de Abogados de Santa Cruz de La Palma entre las mismas fechas y listado o censo de abogados ejercientes y no ejercientes cuya incorporación al citado Colegio se haya realizado o practicado entre las mismas fechas.

El Comisionado resuelve estimar la reclamación y requerir al Colegio de Abogados de Santa Cruz de La Palma que, en el plazo de quince días hábiles, remita al reclamante la información solicitada.