¿Cómo mantener el portal de transparencia adecuadamente en un cambio de legislatura?

FAQ. Pregunta número 54

¿Cómo mantener el portal de transparencia adecuadamente en un cambio de legislatura?

- Novedad 2023: Conservar la información del mandato anterior y actualizar la información evaluable al menos hasta el mes de junio.

Importante a tener en cuenta: La evaluación actual  del periodo 2022-2023 incluye el final de la legislatura anterior y el comienzo de la vigente, por lo que en el portal de transparencia tiene que estar publicada toda la información del ejercicio 2022 hasta el segundo trimestre de 2023, hasta junio en caso de datos de carácter mensual, para puntuar correctamente; sin eliminar los contenidos del mandato o legislatura anterior.

Un dato por sí solo tiene más escasa capacidad de informar que una secuencia de datos. Es necesario darle contexto, acompañarlo de más información. Así, si solo publicamos datos de un año, no estamos siendo mínimamente transparentes. ¿Cómo sabemos si un gasto en una determinada materia  es  muchos o poco?

El contexto, el histórico, es lo que nos va a dar la respuesta a esta pregunta. Por eso es importante que se mantenga siempre la información de años anteriores en los portales de transparencia. ¡No eliminemos: añadamos! La ciudadanía ha de poder identificar a los responsables de la gestión en años anteriores

En un momento actual de cambio de mandato o de legislatura es muy, muy  importante que se conserven los contenidos informativos de la legislatura pasada y –si es posible – del periodo 2015-2019, especialmente los relativos a la información institucional sobre los órganos de gobierno,  personal directivo y eventual de mandatos anteriores, órdenes del  día y actas de plenos; ya que en ocasiones se han eliminado y las informaciones restantes se mantienen.

Para organizar la información en el portal de transparencia, se pueden agrupar los contenidos por pestañas correspondientes a cada una de las legislaturas. A continuación, se muestra un ejemplo del Cabildo Insular de La Gomera que sirve como muestra.

Ejemplos de adecuado cumplimiento de la información institucional en los portales de transparencia:

FAQ. Pregunta número 19

FAQ. Pregunta número 19

¿Deben publicarse las relaciones de puestos de trabajo (RPTs) nominadas, es decir, especificando la identidad del personal que los ocupa y los puestos que están vacantes?

La ley del Parlamento de Canarias 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y acceso a la información pública, establece en su artículo 20.1 la obligación de publicar la relación de puestos de trabajo (RPT) o instrumentos similares de la Comunidad Autónoma de Canarias y de los demás entes públicos relacionados en el artículo 2.1 de la citada Ley, «especificando la identidad del personal que los ocupa y los puestos que están vacantes» en virtud de la remisión contenida en su artículo 13.2, como asimismo determinan otras leyes autonómicas.

No obstante, esta obligación de publicidad activa se sujeta y modula, como todas las demás, a los límites legales contenidos en los artículos 14 y 15 de la Ley estatal 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno; en este caso estos límites son muy pocos, y los especificamos a continuación para su preciso conocimiento y para acabar con su generalizado incumplimiento (a estos efectos, al término de la evaluación de 2022/2023 se publicará la relación pormenorizada de entidades incumplidoras de esta obligación).

En primer lugar, no se publicará la identificación del personal del sector público autonómico cuando suponga un perjuicio para uno o varios de los bienes jurídicos enumerados en el apartado 1 del citado artículo 14, entre los que merecen ser destacados en la materia que nos ocupa la seguridad pública (letra d) y las funciones administrativas de vigilancia, inspección y control (letra g). En segundo término, tampoco procederá la publicación cuando, tras la realización de la ponderación entre el interés público y los derechos de los afectados a la que se refiere el artículo 15.3 de la Ley 19/2013 resulte que la persona se encuentra en una situación de protección especial (v. gr. víctimas de violencia de género o de amenazas) que pueda resultar agravada por la divulgación de la información relativa al puesto de trabajo que ocupan.

Desde el punto de vista procedimental, el órgano competente para la publicación podrá conceder un plazo de quince días a los trabajadores y trabajadoras que ocupen puesto en la RPT o instrumento similar para que aleguen lo que estimen conveniente y presenten en su caso la documentación que estimen oportuna en relación con la publicación de sus identidades. Tras el trascurso de ese plazo se procederá a la publicación de la RPT nominada o instrumento similar, suprimiendo en su caso los nombres y apellidos de las personas afectadas por las limitaciones citadas y justificando en este último caso la proporcionalidad de la medida en el caso concreto, así como la concurrencia en el mismo de un interés superior que justifique tal supresión. Cuando el órgano competente para la publicación aprecie de oficio la necesidad de prescindir de la publicación de las identidades de colectivos o de personas en particular, comunicará directamente la supresión de las identidades a los afectados, motivando adecuadamente tal decisión.

A efectos de evaluación de la transparencia realizada por este Comisionado, la omisión de la identificación de una persona o grupo en la RPT o instrumento similar deberá estar debidamente documentada de acuerdo con lo expuesto para considerar la obligación como adecuadamente cumplida.

Comunicado oficial 9: Fecha prevista de apertura de la autoevaluación para entidades públicas, actualizaciones, programa de gobierno y plan normativo anual.

El día 30 de junio, enviamos por email a todas las personas autorizadas para la carga y envío de la autoevaluación del portal de transparencia de su entidad pública, nuestro comunicado oficial número 9, en el que informamos la fecha prevista de apertura de la autoevaluación, actualizaciones, programa de gobierno y plan normativo anual.

El contenido del comunicado puede verse a continuación: