R114/2018

Reclamación duplicada sobre premios y recompensas de Policía Autonómica a la Consejería de Política Territorial | Terminación del procedimiento

Resolución de terminación sobre reclamación a la Consejería de Política Territorial, Sostenibilidad y Seguridad de solicitud de información de las sesiones del jurado para el otorgamiento de los premios y recompensas del Cuerpo General de la Policía Autonómica Canaria (23-V-2018)

Se recibió en el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública reclamación en representación no acreditada como delegado sindical por CO.BAS Canarias contra la desestimación presunta por silencio negativo de solicitud de acceso a información pública formulada a la Jefatura del Cuerpo General de la Policía Autonómica dependiente de la Dirección General de Seguridad y Emergencias de la Consejería de Política Territorial, Sostenibilidad y Seguridad, relativa a actas de las sesiones del jurado para el otorgamiento de los premios y recompensas del Cuerpo General de la Policía Autonómica Canaria entre los años 2012 y 2017.

Asimismo, en la misma fecha se recibió también en el Comisionado de Transparencia, reclamación formulada por la misma persona y objeto, pero dirigida a la Dirección General de Seguridad y Emergencias y no a la Jefatura del Cuerpo General de la Policía Autonómica, ambos órganos de la Consejería de Política Territorial, Sostenibilidad y Seguridad. El Cuerpo General de la Policía Canaria es una policía dependiente del Gobierno de Canarias conforme a la Ley 2/2008 del Cuerpo, y adscrita a la Consejería de Política Territorial, Sostenibilidad y Seguridad, correspondiendo a la Dirección General de Seguridad y Emergencias de la Consejería establecer las directrices de dirección, administración, coordinación y supervisión del Cuerpo, así como evaluar los servicios policiales. Por tanto, la Jefatura del Cuerpo General de la Policía Autonómica está integrada en la Dirección General de Seguridad y Emergencias, centro directivo de la Consejería de Política Territorial, Sostenibilidad y Seguridad, que es un departamento del Gobierno de Canarias.

Al tener el mismo, reclamante, objeto y sujeto obligado conforme a la LTAIP, la resoluciónde ambas reclamaciones habrán de tener el mismo resultado y efectos. Por tanto, el Comisionado declara la terminación del procedimiento derivado de la reclamación, por haber perdido su objeto al haber sido duplicada la reclamación, continuando su trámite solo una de ellas.

R12/2018

Petición de información sobre actuaciones del Grupo de Emergencias y Salvamento de Canarias en 2017 | Aceptación de desistimiento

Resolución de aceptación de desistimiento de reclamación por haber recibido la información relativa a actuaciones en 2017 del Grupo de Emergencias y Salvamento de la Comunidad Autónoma de Canarias (17-III-2018)

Se recibió en el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública, reclamación contra la desestimación presunta por silencio administrativo de petición de información formulada  a la Consejería de Política Territorial, Sostenibilidad y Seguridad relativa actuaciones en 2017 del Grupo de Emergencias y Salvamento de la Comunidad Autónoma de Canarias (G.E.S.), concretamente:
– ¿Cuántos rescates han realizado los helicópteros del GES este año?
– ¿Cuántas horas han actuado en total?
– ¿Cuánto ha costado en total poner en funcionamiento estos helicópteros durante este 2017?
– Desglose de los rescates según actividad prestada (ahogamiento, senderismo, accidente de coche…).

En base a los artículos 54 y 64 de la LTAIP se le solicitó que en el plazo máximo de 15 días se remitiera copia completa y ordenada del expediente de acceso a la información, informe al respecto, así como cuanta información o antecedentes considerase oportunos. Como órgano responsable del derecho de acceso a la Consejería de Política Territorial, Sostenibilidad y Seguridad se le dio la consideración de interesada en el procedimiento y la posibilidad de realizar las alegaciones que estimara convenientes a la vista de la reclamación.

La Consejería remite escrito adjuntado copia del expediente de acceso e informe respecto a su tramitación en el que indica que la información se ha entregado al interesado vía correo electrónico. Posteriormente el reclamante vía correo electrónico presenta renuncia a esta reclamación por haberle sido entregada la información solicitada.

Por lo expuesto, el Comisionado resuelve aceptar el desistimiento de la reclamación y declarar concluido el procedimiento; e instar a la Consejería de Política Territorial, Sostenibilidad y Seguridad para que cumpla con el procedimiento establecido para el acceso a información pública en la LTAIP, resolviendo en plazo las peticiones de información que le formulen.

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