R52/2018

Solicitud de información sobre el retraso del pago de facturas al Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife | Inadmisión

Resolución de inadmisión de solicitud de información al Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife relativa a retraso en el pago de facturas por obras y servicios (23-XI-2018)

Se recibió en el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública reclamación en representación del Grupo Municipal Sí se puede en el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife contra la falta de contestación de solicitudes de información formuladas a varias áreas del Ayuntamiento. La correspondiente a esta reclamación se concreta en solicitud relativa a solicitud de información sobre “el injustificado retraso en el pago de facturas por obras y servicios elaborados para el Servicio de Proyectos Urbanos, Infraestructuras y Obras” expresando que “en estos últimos meses han sido varias las empresas que se han puesto en contacto con este concejal manifestando su malestar por el injustificado retraso en el pago de facturas por obras y servicios elaborados para el Servicio de Proyectos Urbanos, Infraestructuras y Obras. Según me manifiestan estas empresas, algunas de estas facturas no han sido abonadas después de más de ocho meses desde su presentación y, conforme he podido averiguar, el estado de tramitación de gran parte de estas facturas se encuentran en su fase inicial al encontrarse en aquel servicio de proyectos urbanos, sin que, por tanto, hayan sido remitidas a Tesorería”.

En base a los artículos 54 y 64 de la LTAIP se solicitó el envío de copia completa y ordenada del expediente de acceso a la información, informe al respecto, así como cuanta información o antecedentes considerase oportunos. Como órgano responsable del derecho de acceso, al Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife se le dio la consideración de interesado en el procedimiento y la posibilidad de realizar las alegaciones que estimara convenientes. A la fecha de emisión de esta resolución por parte del Ayuntamiento no se ha remitido expediente alguno ni se han realizado alegaciones respecto de esta reclamación.

Sin embargo, tras estudiar el caso, el Comisionado resuelve inadmitir la reclamación por inexistencia de solicitud de información y no constituir lo solicitado información pública conforme a las previsiones de la LTAIP. Y, por otro lado, recordar al Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife que la negativa a facilitar la información solicitada por el comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública o a la colaboración requerida para el desarrollo de sus funciones, constituyen infracciones previstas en el artículo 68 de la LTAIP.

R109/2018

Petición de contestación a reclamaciones sobre cantidades a abonar por un despido a Canarias Cultura en Red | Inadmisión

Resolución de inadmisión de reclamación por falta de contestación de solicitud a Canarias Cultura en Red, S.A. relativa a reclamaciones de cantidad (24-IX-2018)

Se recibió en el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública reclamación por no haber obtenido respuesta a diferentes reclamaciones de cantidad por parte de Canarias Cultura en Red, S.A. La solicitud que presenta adjunta documentación (escrito de interposición de demanda de Canarias Cultura en Red, S.A., decreto del Juzgado de lo Social nº 4 de admisión a trámite de la citada demanda, escrito dirigido a Canarias Cultura en Red y respuesta al mismo, anotación de embargo del Juzgado de lo Social número 4, escrito de su entonces representante legal así como del representante legal de Canarias Cultura en Red, S.A. al referido Juzgado, escrito sobre acto de conciliación intentado sin efecto y nota de prensa sobre cese del director de Canarias Cultura en Red, S.A.) que no permite interpretar que estemos ante una o varias solicitudes de información pública.

En su reclamación se indica textualmente: “Solicito a ese Comisionado de transparencia, que se investigue y se inste a contestar la verdad, que asuman la responsabilidad de los daños y perjuicios personales-profesionales, que me han ocasionado.

Tras estudiar el caso, del escrito se deduce que la reclamación se ha interpuesto por falta de acuerdo de la reclamante, exempleada de la empresa pública reclamada, con Canarias Cultura en Red, S.A. en relación a cantidades a abonar como consecuencia de su despido; es decir, se trata de resolver desacuerdos en cuanto a la resolución de sentencias judiciales y no de acceder a información concreta. En las preguntas subsiguientes a la solicitud no pide datos informativos sino opiniones o consultas jurídicas claramente excluidas del derecho de acceso a la información pública.

Por ello, el Comisionado resuelve inadmitir la reclamación, trasladar el contenido de la reclamación al Diputado del Común, por estimar de su posible competencia el análisis de la exposición de la reclamante en cuanto a la posible o no vulneración de otros derechos ciudadanos diferentes al derecho de acceso a la información pública, ya que este no aparece como objeto en la solicitud de la reclamante, según se deduce en las consideraciones jurídicas previas; y, debido al contenido de la reclamación se ha de dar traslado de la misma a Canarias Cultura en Red, S.A.

R190/2018

Petición de información sobre concesión para la explotación de estaciones de servicio en Fuerteventura a Puertos Canarios | Inadmisión

Resolución de inadmisión de reclamación por falta de contestación de solicitud a Puertos Canarios relativa a concesión de dominio público para estaciones de servicio en Fuerteventura (25-X-2018)

En representación de la sociedad de responsabilidad limitada de carácter unipersonal “IR MAXOINVERSIONES, S.L.U.”  se presentaron, en el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública de Canarias, dos solicitudes ante la entidad Puertos Canarios referentes a la obtención de las concesiones demaniales para la explotación de dos estaciones de servicio en Fuerteventura, una en el Puerto de Corralejo, en el término municipal de La Oliva y otra en el Puerto de Morro Jable, en el término municipal de Pájara, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 45 y siguientes del Reglamento de desarrollo y ejecución de la Ley de Puertos de Canarias, aprobado por Decreto 52/2005, de 12 de abril.

El 25 de abril de 2018, se publicó en el Boletín Oficial de Canarias anuncio del Director Gerente de Puertos Canarios, por el que se sometió a información pública, por el plazo de un mes, las dos solicitudes de ocupación del dominio público portuario para la construcción y posterior explotación de las referidas estaciones de servicio. El 1 de junio de 2018, la citada entidad presenta escrito dirigido tanto a Puertos Canarios como a la Consejería de Obras Públicas y Transporte, en el que pone de manifiesto el plazo de finalización del mes de información pública y ruegan les informen si algún proyecto en competencia ha sido presentado con la documentación exigida y teniendo habilitación suficiente dentro del plazo habilitado al efecto, todo ello con el fin de poder examinar esos documentos y, en su caso, oponerse al mismo si se encontrasen deficiencias o prepararse para el subsiguiente procedimiento de proyectos en competencia. Con fecha 6 de julio de 2018 se recibió en el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública la presente reclamación.

Tras estudiar el caso, se concluye que la reclamación no puede incardinarse dentro de las reclamaciones reguladas en los artículos 51 y siguientes de la LTAIP y ser amparada por la misma sino que nos encontramos ante el silencio de la administración en el ejercicio de un derecho de un interesado en un procedimiento administrativo como es el de conocer en cualquier momento, el estado de la tramitación del mismo así como a acceder y obtener copia de los documentos contenidos en el referido procedimiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 53 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo de las Administraciones Públicas. Por todo lo anteriormente expuesto el Comisionado resuelve inadmitir la reclamación por inexistencia de solicitud de acceso a la información pública amparada por la LTAIP.

R155/2018

Solicitud de publicación de licitación de un contrato de suministro de combustible  al Ayuntamiento de La Oliva | Inadmisión

Resolución de inadmisión de reclamación por falta de contestación de solicitud al Ayuntamiento de La Oliva relativa a licitación de contrato de suministro de combustible (25-X-2018)

Se recibió en el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública reclamación en representación de la sociedad de responsabilidad limitada de carácter unipersonal “IR MAXOINVERSIONES, S.L.U.”contra la falta de respuesta por parte del Ayuntamiento de La Oliva a una carta en la que solicita que el Ayuntamiento publique de manera urgente la licitación del contrato de suministro de combustible de automoción para los vehículos y maquinaria de ese organismo.

El reclamante manifiesta que el Ayuntamiento de La Oliva procedió a la publicación de la licitación con número de expediente CSUM 02/17 para suministro de combustible para los vehículos y maquinaria del Ayuntamiento al haber caducado el anterior en esas fechas. Que tras varias reclamaciones y un recurso presentado por su empresa, el Ayuntamiento publicó desistimiento de esa licitación por existir graves errores de forma en ella. Que, sin embargo, pasados casi 6 meses desde entonces, no se ha vuelto a publicar nuevo procedimiento de licitación, por lo que entiende que el Ayuntamiento se viene suministrando de combustible a base de contratos menores realizados de modo discrecional con un proveedor de su elección, con el consiguiente mayor coste para las arcas públicas que si se iniciara un proceso público abierto a varios concurrentes. Asimismo, el reclamante manifiesta que su empresa envió carta dirigida al Sr. Alcalde de La Oliva advirtiéndole de esa circunstancia y requiriéndole que se publique de forma urgente un nuevo procedimiento de licitación abierto a diversos concurrentes, tal y como exige la Ley de Contratos del Sector Público.

Tras analizar el caso, el Comisionado concluye que la solicitud que el reclamante realiza al Ayuntamiento de La Oliva se concreta en el requerimiento de publicación de manera urgente de la licitación de un contrato de suministro de combustible de automoción para los vehículos y maquinaria de ese organismo, la cual no tiene por objeto el acceso a información pública de conformidad con el referido artículo 5 de la LTAIP. Es por ello que la reclamación presentada en modo alguno puede incardinarse dentro de las reclamaciones reguladas en el artículo 51 de la LTAIP, y ser amparada por la misma. Y se resuelve esta reclamación inadmitiéndola al no tener como objeto el acceso a información pública de conformidad con la LTAIP.

R19/2018

Solicitud de información sobre la valoración de un inmueble de propiedad ajena a la Agencia Tributaria Canaria | Inadmisión

 

Resolución de inadmisión de reclamación contra la Agencia Tributaria Canaria relativa a valoración previa de un bien inmueble (10-X-2018)

Se recibió en el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública reclamación contra la desestimación presunta por silencio administrativo de petición de información formulada a la Agencia Tributaria Canaria relativa a la valoración previa de un bien inmueble de su propiedad. Sin embargo, estudiada la reclamación y documentación adjunta no consta solicitud de información pública.

El Comisionado resuelve inadmitir la reclamación contra la falta de respuesta a una serie de escritos presentados a la Agencia Tributaria Canaria, por inexistencia de solicitud de información y no constituir lo solicitado información pública conforme a las previsiones de la LTAIP.

R14/2018

Petición de información a la Federación Interinsular de Fútbol de Las Palmas sobre reglamento electoral de la Federación Canaria | Inadmisión

 

Resolución de inadmisión de reclamación por falta de respuesta de solicitud a la Federación Interinsular de Fútbol de Las Palmas, relativa al reglamento electoral de la Federación Canaria de Fútbol (03-X-2018)

Se recibió en el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública reclamación contra la desestimación presunta por silencio administrativo de petición de información (mediante fax al número indicado en la página web) a la Junta Electoral de la Federación Interinsular de Fútbol de Las Palmas, relativa a acceso a documento íntegro, adverado y foliado del reglamento electoral de la Federación Canaria de Fútbol.

En base a los artículos 54 y 64 de la LTAIP, se solicitó el envío de copia completa y ordenada del expediente de acceso a la información, informe al respecto, así como cuanta información o antecedentes considerase oportunos. Como órgano responsable del derecho de acceso, a la Federación Interinsular de Fútbol de Las Palmas se le dio la consideración de interesado en el procedimiento y la posibilidad de realizar las alegaciones que estimara convenientes.

Posteriormente, tuvo entrada en el Comisionado escrito de alegaciones del presidente de la Federación Interinsular de Fútbol de Las Palmas, en las que manifiesta que la misma no se encuentra comprendida en el ámbito subjetivo de aplicación de la ley de transparencia al ser una entidad privada que no supera los umbrales de ayudas y subvenciones públicas establecidos por la ley estatal. Respecto a si la Federación Interinsular de Fútbol de Las Palmas entra en el ámbito subjetivo de la LTAIP, no contamos con la información suficiente sobre las subvenciones y ayudas públicas recibidas a las que se alude en el artículo 3 de la norma; que en cualquier caso, como se apreciará más adelante, operaría sobre sus posibles obligaciones en materia de publicidad activa y no en materia de derecho de acceso a la información.

No obstante, el presidente de la Federación Interinsular de Fútbol de Las Palmas añade en sus alegaciones que la documentación solicitada por el reclamante es un texto normativo que figura publicado en la página web de la Federación Interinsular de Fútbol de Las Palmas (sección de normativa), siendo por tanto de acceso público y pudiendo ser consultado por cualquier persona en cualquier momento. Este hecho se ha podido constatar y el enlace de acceso es el siguiente: https://www.fiflp.com/media/14635/reglamento-electoral-edicion-2016.pdf

Tras estudiar el caso, el Comisionado resuelve inadmitir la reclamación al no estar sujetas las federaciones deportivas a tramitar solicitudes de acceso a la información.

 

R185/2018

Petición de informe geológico y técnico de zona afectada a la Consejería de Obras Públicas y Transporte | Inadmisión

Resolución sobre reclamación por solicitud de acceso a informe geológico y técnico zona afectada túnel circunvalación norte, zona “Anaga” en el término Santa Cruz de Tenerife, a la Consejería de Obras Públicas y Transporte (05-VII-2018)

Se recibió en el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública reclamación en nombre y representación no acreditada de JURAYBE INVERSIONES S.L. contra la desestimación presunta de acceso a la información pública solicitada a la Dirección General de Infraestructura Viaria dependiente de la Consejería de Obras Públicas y Transporte, solicitud de “…copia del INFORME GEOLÓGICO y cualquier otro informe técnico sobre el estudio del terreno de la zona afectada por el trazado del túnel previsto para esa Circunvalación Norte a su paso por la zona denominada Residencial Anaga obrante en el citado proyecto de la Vía Cornisa/Circunvalación Norte”,

En este caso, la reclamación fue presentada el 28 de junio de 2018 y la solicitud de acceso a la información fue presentada el 29 de mayo de 2018, por tanto no ha transcurrido el plazo de un mes desde la solicitud de acceso no contestada y la reclamación formulada antes del plazo legal para interponerla. Sin perjuicio de ello, a efectos de esta Ley, se entiende por información pública los contenidos o documentos, cualquiera que sea su formato o soporte, que obren en poder de alguno de los sujetos incluidos en el ámbito de aplicación de esta Ley y que hayan sido elaborados o adquiridos en el ejercicio de sus funciones. De un examen somero se puede deducir que estamos ante una petición de una información susceptible de amparo por la LTAIP en caso de haber sido formulada en plazo legal y que podría incurrir en la aplicación del límite de la protección de datos de carácter personal.

Por todo lo expuesto, el Comisionado adopta la resolución de inadmitir la reclamación toda vez que la misma fue presentada fuera del plazo legalmente previsto para ello.

R107/2017

Resolución de inadmisión de reclamación por solicitud de información al Ayuntamiento de Hermigua sobre el expediente de contratación del Centro de Talasoterapia (28-V-2018)

El Comisionado resuelve inadmitir la reclamación en nombre y representación del Grupo Político Nueva Canarias y Alternativa Democrática Gomera relativa a acceso a expediente de contratación del Centro de Talasoterapia de Hermigua; debido a que fue presentada fuera del plazo legalmente previsto para ello.

R100/2017

Resolución de inadmisión de reclamación solicitud de acceso a a liquidación de presupuesto 2016 y diversas facturas del Ayuntamiento de Hermigua. (28-X-2018)

El Comisionado resuelve inadmitir la reclamación en nombre y representación del Grupo Político Nueva Canarias y Alternativa Democrática Gomera contra el Ayuntamiento de Hermigua por falta de respuesta a «acceso a la liquidación del presupuesto de 2016; relación de facturas del mes de febrero de 2017 y pago de facturas vía transferencias puntuales de febrero de 2017; Asistencia Familiar Canaria SLU «Servicio de Día»; Soluciones Técnicas NCH Española, S.L.; Servicio de Control Analítico EDAR; Servicio de Mantenimiento de Equipos Informáticos y otros. Así como acceso al Proyecto Ecoigualdad»; debido a que fue presentada fuera del plazo legalmente previsto para ello.

R99/2017

Resolución de inadmisión de reclamación solicitud de acceso a expedientes de contratación de obras públicas realizadas por el Ayuntamiento de Hermigua. (28-V-2018)

El Comisionado resuelve inadmitir la reclamación en nombre y representación del Grupo Político Nueva Canarias y Alternativa Democrática Gomera contra el Ayuntamiento de Hermigua por falta de respuesta a «acceso a la documentación obrante en el expediente de ejecución de muro en la Carreta de la Caleta (providencia, informes, calificación territorial, contratación de la obra,
dirección de la obra, pago, etc.)» y «acceso a la documentación obrante en el expediente de subvención para ejecución de Proyecto de Abastecimiento de Agua Potable en El Cedro”; debido a que fue presentada fuera del plazo legalmente previsto para ello.