R9/2018

Petición de información sobre el IBI Social 2016 formulada al Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria | Estimación

 

Resolución de estimación de reclamación sobre solicitud de información al Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria relativa a IBI Social 2016 (3-X-2018)

Se recibió en el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública, reclamación contra la desestimación presunta por silencio administrativo de petición de información formulada al Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria relativa a Resolución por la que se da trámite a las alegaciones relativas al IBI Social 2016 presentadas el 04/07/2017 en la solicitud nº 2017-102715 (Nº Anotación Registral: 2017-100308).

Le fue solicitado al Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, en base a los artículos 54 y 64 de la LTAIP, el envío en el plazo máximo de 15 días de copia completa y ordenada del expediente de acceso a la información pública del acto impugnado, así como cuanta información o antecedentes considerase oportunos. Asimismo, como órgano responsable del derecho de acceso, se le dio la
consideración de interesado en el procedimiento y la posibilidad de realizar las alegaciones que estimara conveniente a la vista de la reclamación. Este requerimiento fue reiterado informándole que el incumplimiento de la obligación de resolver en plazo las solicitudes de acceso a la información pública, y la negativa a facilitar la información solicitada por el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública o a la colaboración requerida para el desarrollo de sus funciones, constituyen infracciones previstas en el artículo 68 de la LTAIP.

A la fecha de emisión de esta resolución por parte del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria no se ha remitido expediente alguno ni se han realizado alegaciones respecto de esta reclamación.

Por ello, el Comisionado resuelve estimar la reclamación interpuesta contra la desestimación por silencio administrativo de la solicitud de derecho de acceso a la información pública formulada al Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria y requerir al Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria para que haga entrega al reclamante de la documentación señalada en el resuelvo primero en el plazo de quince días hábiles, siempre que esa documentación exista; y para que, de no existir tal Resolución, se le informe sobre tal inexistencia; con copia al Comisionado para comprobar el cumplimiento de la presente resolución. Además, se insta al Ayuntamiento para que cumpla con el procedimiento establecido para el acceso a la información pública en la LTAIP, resolviendo las peticiones de información que le formulen.

–> Ver Resolución similar: R8/2018

 

R8/2018

Solicitud de información sobre el IBI Social 2016 formulada al Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria | Estimación

 

Resolución de estimación de reclamación sobre solicitud de información al Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria relativa a IBI Social 2016 (3-X-2018)

Se recibió en el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública, reclamación de contra la desestimación presunta por silencio administrativo de petición de información formulada al Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria relativa a Resolución por la que se da trámite a las alegaciones relativas al IBI Social 2016 presentadas el 04/07/2017 en la solicitud nº 2017-102706 (Nº Anotación Registral: 2017-100303).

Le fue solicitado al Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, en base a los artículos 54 y 64 de la LTAIP, el envío en el plazo máximo de 15 días de copia completa y ordenada del expediente de acceso a la información pública del acto impugnado, así como cuanta información o antecedentes considerase oportunos. Asimismo, como órgano responsable del derecho de acceso, se le dio la consideración de interesado en el procedimiento y la posibilidad de realizar las alegaciones que estimara conveniente a la vista de la reclamación. Este requerimiento fue reiterado informándole que el incumplimiento de la obligación de resolver en plazo las solicitudes de acceso a la información pública, y la negativa a facilitar la información solicitada por el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública o a la colaboración requerida para el desarrollo de sus funciones, constituyen infracciones previstas en el artículo 68 de la LTAIP.

A la fecha de emisión de esta resolución por parte del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria no se ha remitido expediente alguno ni se han realizado alegaciones respecto de esta reclamación.

Por ello, el Comisionado resuelve estimar la reclamación interpuesta contra la desestimación por silencio administrativo de la solicitud de derecho de acceso a la información pública formulada al Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria y requerir al Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria para que haga entrega al reclamante de la documentación señalada en el resuelvo primero en el plazo de quince días hábiles, siempre que esa documentación exista; y para que, de no existir tal Resolución, se le informe sobre tal inexistencia; con copia al Comisionado para comprobar el cumplimiento de la presente resolución. Además, se insta al Ayuntamiento para que cumpla con el procedimiento establecido para el acceso a la información pública en la LTAIP, resolviendo las peticiones de información que le formulen.

R153/2017

Resolución de estimación de solicitud de información al Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria sobre proyectos de construcción de la red ciclista de Las Palmas de Gran Canaria (10-VII-2018)

El Comisionado resuelve estimar la reclamación presentada contra la falta de respuesta de petición de información pública realizada ante el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, por defectos en la aplicación de los límites al acceso del artículo 37 de la LTAIP y por haberse entregado a posteriori parte de la información.

R159/2017

Resolución de estimación por solicitud al Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria de información sobre las ofertas presentadas para la licitación del contrato de arrendamiento de industria del Hotel Santa Catalina (18-III-2018)

El Comisionado resuelve estimando la reclamación presentada contra la falta de respuesta de petición de información pública al Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria relativa a copia de las ofertas presentadas para la licitación del contrato de arrendamiento de industria del Hotel Santa Catalina.

Se requiere al Ayuntamiento para que publique en el perfil del contratante del órgano de contratación los datos del contrato, conteniendo como mínimo, los mismos datos mencionados en el anuncio de la adjudicación, así como para que entregue la documentación señalada al reclamante con copia y acreditación de recepción al Comisionado.

 

R141/2017

Resolución de estimación por petición de información al Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria sobre el importe de recaudación de tasas de estacionamiento (21-III-2018)

El Comisionado resuelve estimando la reclamación formulada al Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria sobre el importe de recaudación de tasas de aprovechamiento de dominio público de estacionamiento en zona azul y verde en vía voluntaria y ejecutiva, así como las memorias para calcular el importe de dicha tasa.

Se requiere, por tanto, al Ayuntamiento para que haga entrega a la reclamante de la información solicitada con acreditación de su recepción ante el Comisionado. Se le insta a que cumpla con el procedimiento establecido para el acceso a información pública en la LTAIP, resolviendo las peticiones de información que le formulen y remitiendo la información de los expedientes al Comisionado cuando se le solicite.

R125/2017

Resolución de estimación sobre petición de información de una concejala al Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria relativa al proyecto y estudios sobre el «Bus Rapid Transit (BRT) – Metroguagua» (5-II-2018)

Estimar la reclamación formulada por una concejala del partido Ciudadanos en el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria respecto a su petición de acceso a la información pública relativa a diferente documentación sobre el proyecto “Bus Rapid Transit (BRT)- Metroguagua”.  

Se requiere al Ayuntamiento para que haga entrega a la reclamante de la documentación  con copia al Comisionado y se le insta para que cumpla con el procedimiento establecido para el acceso a la información pública en la LTAIP, resolviendo las peticiones de información que le formulen.

Consulte otra resolución de petición de información al Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria sobre el proyecto «Bus Rapid Transit (BRT) – Metroguagua»: R136/2017

R136/2017

Resolución de estimación de petición de información al Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria en relación a actuaciones en el proyecto “Bus Rapid Transit (BRT)- Metroguagua” (3-II-2018)

El Comisionado resuelve estimando la reclamación por denegación de información sobre documentación del proyecto “Bus Rapid Transit (BRT)- Metroguagua” solicitada al Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria. La información concreta a entregar es la misma remitida al Comisionado en formato CD el 22 de noviembre de 2017.

Se requiere a este Ayuntamiento para que haga entrega a la reclamante de la documentación señalada en el resuelvo primero  y se le insta a que remita copia de la información enviada al Comisionado.

R96/2017

Resolución de estimación por petición de información formulada al Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria en relación con la gestión de incidencia en un parking gestionado por la Sociedad Municipal de Aparcamientos (27-I-2018)

El Comisionado resuelve estimando la reclamación de petición de acceso a la información pública relativa a informe de mantenimiento de las cámaras de seguridad, relación de reclamaciones presentadas, así como horarios del personal encargado del control de los aparcamientos gestionados por la Sociedad Municipal SAGULPA en la Subida de Mata. La información concreta a entregar es la remitida al Comisionado complementada con el último informe del último mantenimiento que no se ha incorporado.

Se requiere al Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria para que haga entrega de la documentación señalada y se le insta para que cumpla con el procedimiento establecido para el acceso a la información pública en la LTAIP, resolviendo las peticiones de información que le formulen.

Otra resolución sobre información de sociedad municipal dependiente del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, en este caso sobre una encomienda de gestión a la Sociedad Municipal de Gestión Urbanística de Las Palmas de Gran Canaria S.A. (R62/2017, de 12 de diciembre de 2017).

R65/2017

Resolución de estimación sobre petición de información de perfiles y gestión de redes sociales al Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria (13-XII-2017)

Esta resolución concluye estimando la reclamación de solicitud de acceso a información sobre los perfiles en redes sociales de Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria y su coste desde el inicio de la actividad, gestionadas por el personal funcionarial y por empresas externas. Se requiere, así, al ayuntamiento que realice la entrega de la información solicitada al reclamante dando cuenta al Comisionado de ello.

Por otro lado, se insta a este Ayuntamiento para que cumpla con el procedimiento establecido para el acceso a información pública en la LTAIP, resolviendo las peticiones de información que le formulen y remitiendo la información de los expedientes al Comisionado cuando se le solicite.

Otras resoluciones sobre petición de información relativa a perfiles y gestión de redes sociales (R12_2017 al Cabildo Insular de Gran Canaria y R56/2017 al Gobierno de Canarias).

R62/2017

Resolución de estimación de petición de información al Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria sobre encomiendas de gestión a la sociedad pública “Sociedad Municipal de Gestión Urbanística de Las Palmas de Gran Canaria S.A.” (7-XII-2017)

Se resuelve estimando en su totalidad la reclamación formulada al Ayuntamiento de las Palmas de Gran Canaria de la petición de acceso a la información pública relativa a encomiendas de gestión de los años 2015 y 2016 a la sociedad pública “Sociedad Municipal de Gestión Urbanística de Las Palmas de Gran Canaria S.A.” (GEURSA). 

Se requiere al Ayuntamiento para que entregue a la reclamante la información solicitada con copia al Comisionado. También se le insta a que agilice los procedimientos de tramitación de solicitudes de acceso para conseguir la respuesta en plazo de las solicitudes de acceso y a cumplir el procedimiento para su tramitación. Por otro lado, se le requiere para que adecue en el portal de transparencia la información publicada de encomiendas de gestión. 

Y finalmente, el Comisionado requiere a la “Sociedad Municipal de Gestión Urbanística de Las Palmas de Gran Canaria S.A.” para cumpla con las obligaciones de publicar la información cuya divulgación resulte de mayor relevancia que le resulten aplicables conforme a las previsiones de los artículos 13 a 34 de la LTAIP.