R59/2018

Petición de informes sobre convenio del Parque Rural de Anaga al Ayuntamiento de Santa cruz de Tenerife | Estimación

Resolución estimatoria sobre solicitud de información al Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife relativa al convenio de erradicación de flora exótica y limpieza de pistas y senderos en el Parque Rural de Anaga (13-XII-2018)

Se recibió en el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública en representación del Grupo Municipal Sí se puede contra la falta de contestación de solicitudes de información formuladas a varias áreas del Ayuntamiento. La correspondiente a esta reclamación se concreta en solicitud  relativa a acceso a “informes y/o documentos obrantes en el expediente administrativo del convenio denominado “Erradicación de flora exótica y limpieza de pistas y senderos en el Parque Rural de Anaga” donde conste sobre qué flora y en qué lugares se intervino, así como la descripción técnica de los trabajos realizados y el resultado”.

En base a los artículos 54 y 64 de la LTAIP se solicitó el envío de copia completa y ordenada del expediente de acceso a la información, informe al respecto, así como cuanta información o antecedentes considerase oportunos. Como órgano responsable, al Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife se le dio la consideración de interesado en el procedimiento y la posibilidad de realizar las alegaciones que estimara convenientes a la vista de la reclamación.

Posteriormente, tuvo entrada en el Comisionado de Transparencia informe del Jefe del Negociado de Accesibilidad y Medio Natural del Área de Gobierno de Planificación del Territorio y Medioambiente del Ayuntamiento de Santa Cruz, como responsable técnico del desarrollo del proyecto. En este informe, realizado durante el trámite de audiencia, se recogen las actuaciones realizadas en el Plan de Actuación en los Distritos del municipio de Santa Cruz de Tenerife (2017), nombre general del proyecto del que la “Erradicación de flora exótica y limpieza de pistas y senderos del Parque Rural de Anaga, Distrito Anaga” forma parte. En el propio informe se habla del convenio denominado “erradicación de flora exótica y limpieza de pistas y senderos del Parque Rural de Anaga, Distrito Anaga”. Sin embargo, en la documentación remitida por el Ayuntamiento no consta acreditación de respuesta al reclamante.

El Comisionado resuelve, por tanto, estimar la reclamación y requerir al Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife para que realice la entrega al reclamante de la documentación señalada siempre que esa documentación exista; y para que, de no existir, se le informe sobre tal inexistencia.

R80/2017

Resolución de estimación de petición de información al Cabildo Insular de Gran Canaria sobre convenio de patrocinio del Club de Baloncesto Gran Canaria Claret (9-XII-2017)

El Comisionado resuelve estimando la reclamación de acceso de información del Cabildo de Gran Canaria habiendo solicitado copia del convenio de patrocinio entre el Club de Baloncesto Canarias Claret S.A.D. y Air Europa Líneas Aéreas S.A.U. Por tanto, se requiere al Cabildo en cuestión a entregar la documentación al reclamante así como la remisión de dicha documentación y la acreditación de su recepción a este comisionado. 

Se insta al Cabildo de Gran Canaria para que cumpla con el procedimiento establecido para el acceso a información pública en la LTAIP, resolviendo las peticiones de información que le formulen y remitiendo la información de los expedientes al Comisionado cuando se le solicite.

 

R18/2018

Solicitud de información de convenio del Campeonato del Mundo de Baloncesto 2014 al Cabildo de Gran Canaria | Estimación

 

Resolución estimatoria sobre solicitud de información al Cabildo de Gran Canaria relativa a convenio para la organización de la primera fase del Campeonato del Mundo de selecciones nacionales sénior masculinas de baloncesto 2014 (13-XII-2018)

Se recibió en el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública reclamación contra la resolución de inadmisión de solicitud de acceso a la información pública de 12 de diciembre de 2017 formulada al Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, en relación al convenio suscrito entre el Cabildo de Gran Canaria, el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria y la Federación Española de Baloncesto para la organización de la primera fase del Campeonato del Mundo de selecciones nacionales sénior masculinas de baloncesto 2014, pidiendo expresamente los ingresos correspondientes al 50% de los beneficios netos de la venta de entradas de los partidos de competición.

Como respuesta al trámite de audiencia, tiene entrada en el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública expediente remitido por el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria indicando que no posee los datos requeridos y que es el Cabildo de Gran Canaria (concesionario) quien puede tener los datos relacionados con la información solicitada por el reclamante.

Tras los trámites de audiencia del Cabildo de Gran Canaria finalmente no se llegó a recibir la documentación solicitada, por lo que el Comisionado resuelve estimar la reclamación  y requerir al Cabildo de Gran Canaria que realice la entrega al reclamante de la documentación señalada en el resuelvo anterior en el plazo de quince días hábiles, siempre que esa documentación exista; y para que, de no existir, se le informe sobre tal inexistencia.

R62/2017

Resolución de estimación de petición de información al Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria sobre encomiendas de gestión a la sociedad pública “Sociedad Municipal de Gestión Urbanística de Las Palmas de Gran Canaria S.A.” (7-XII-2017)

Se resuelve estimando en su totalidad la reclamación formulada al Ayuntamiento de las Palmas de Gran Canaria de la petición de acceso a la información pública relativa a encomiendas de gestión de los años 2015 y 2016 a la sociedad pública “Sociedad Municipal de Gestión Urbanística de Las Palmas de Gran Canaria S.A.” (GEURSA). 

Se requiere al Ayuntamiento para que entregue a la reclamante la información solicitada con copia al Comisionado. También se le insta a que agilice los procedimientos de tramitación de solicitudes de acceso para conseguir la respuesta en plazo de las solicitudes de acceso y a cumplir el procedimiento para su tramitación. Por otro lado, se le requiere para que adecue en el portal de transparencia la información publicada de encomiendas de gestión. 

Y finalmente, el Comisionado requiere a la “Sociedad Municipal de Gestión Urbanística de Las Palmas de Gran Canaria S.A.” para cumpla con las obligaciones de publicar la información cuya divulgación resulte de mayor relevancia que le resulten aplicables conforme a las previsiones de los artículos 13 a 34 de la LTAIP.

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