Organización y medios personales y materiales del comisionado

8) Organización y medios personales y materiales del comisionado

A. Ubicación e imagen corporativa

Según el artículo 62 de la Ley 12/2014 de transparencia y de acceso a la información pública, corresponde al Parlamento de Canarias la dotación de los medios materiales al Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

Así, el Letrado-Secretario General, que dirige y coordina la administración parlamentaria, puso a disposición del Comisionado de Transparencia tres despachos con dotación de mobiliario, informática y comunicaciones; asimismo ha suministrado el material de oficina necesario para que esta unidad desarrolle sus competencias. Asimismo, los servicios horizontales del Parlamento prestan apoyo en materia de personal, contratación, gestión económica, informático y asesoramiento técnico-jurídico.

Es conveniente incidir en que en la actualidad no se cuenta con una ubicación idónea para los servicios de garantía de acceso a la información pública. El Comisionado, a su incorporación, ocupó un despacho vacante por jubilación del funcionario que lo ocupaba. Este despacho está situado en la segunda planta de la Calle Teobaldo Power, 7, Santa Cruz de Tenerife. El primer técnico incorporado ocupó una sala de consulta de biblioteca al lado del despacho de comisionado, que se adaptó para tal fin. El técnico restante, que se incorporó unos días más tarde del primero, ocupó un despacho vacante por jubilación en el edificio de la Calle Pérez Galdós, 13, cuyo acceso se realiza a través del edificio de la Cámara, sin acceso desde la calle.

En esta elección influyó la intención de la administración parlamentaria de acometer el arrendamiento del local cercano que ocupaba el Diputado del Común en la calle Pérez Galdós nº 25-27, donde también la Audiencia de Cuentas tiene otro local. Pero, primero el retraso de las obras en la nueva sede del Diputado en Santa Cruz de Tenerife, y, después, la previsión de la dotación económica de la que iba a disponer el Comisionado para el año 2016, hizo desistir de esta alternativa. En todo caso, esta opción era de imposible operativa con los medios personales actuales del Comisionado de Transparencia.

Durante 2016 el Comisionado desarrolló provisionalmente su actividad con la imagen institucional del Escudo de la Comunidad Autónoma de Canarias, al ser la única representación genérica que le puede amparar y mostrar independencia frente a las administraciones y entes controlados. No obstante esta identificación no es apropiada ya que el uso del escudo de la Comunidad, como expresa correctamente el manual de identidad corporativa del Parlamento de Canarias, se ceñirá exclusivamente a la representación de ésta en su conjunto y para aquellos casos de especial relevancia.

Por ello, se encargó un logotipo que identifique al Comisionado como órgano independiente, cuyas características lo hagan diferenciable y reconocible frente a otras instituciones y órganos. Se acudió a una empresa consolidada en el sector, “Valladares diseño y comunicación”, que ha desarrollado logotipos en el ámbito de las administraciones (entre ellos, como más relevante en este campo. el de la propia Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias) y que cuenta con amplia experiencia. El coste del diseño ha sido 2.675€ (2.500€ más 175€ de IGIC).

La normalización de los criterios de imagen corporativa en la actividad administrativa del Comisionado, en sus páginas web, sede electrónica, redes sociales y apariciones públicas, tiene por objeto asegurar una percepción e identificación visual rápida e intuitiva del órgano, mejorando el conocimiento del mismo.

Logo en color

Logo en blanco y negro para papelería

B. Medios Personales

La Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública, consecuentemente sitúa orgánicamente al Comisionado, dentro del ámbito parlamentario como órgano integrado en el mismo. Así, el art. 62 de la Ley dispone que la organización y funcionamiento del Comisionado de Transparencia se regirá por el reglamento aprobado por la Mesa del Parlamento a propuesta del mismo, y para el ejercicio de las funciones de transparencia y acceso a la información pública el Comisionado de Transparencia contará con el apoyo jurídico, técnico y administrativo por parte del Parlamento de Canarias, así como con los medios personales y materiales.

Por Acuerdo de la Mesa del Parlamento, de 28 de abril de 2015, se aprobó la modificación de la Plantilla Orgánica y de la Relación de Puestos de Trabajo del Parlamento de Canarias de 20 de octubre de 2014. Por este acuerdo y como consecuencia de la entrada en vigor la Ley canaria 12/2014, de 26 de diciembre, de Transparencia y de Acceso a la Información Pública, se crea la Unidad del Comisionado o Comisionada de Transparencia y Acceso a la Información Pública, con una plaza de Técnico nivel 28, dos plazas de administrativo y una plaza de ujier.

La plaza de técnico, ante la indisponibilidad de personal técnico grupo A en el Parlamento se consiguió la incorporación de un grupo A y escala de Administradores Financieros y Tributarios del Gobierno de Canarias que se ocupó de la resolución de reclamaciones y apoyo al Comisionado. Siendo necesario cubrir también las tareas de control, se logró contar con un funcionario del mismo perfil en régimen de adscripción de tareas desde el Gobierno de Canarias y soportado económicamente por este. Estas incorporaciones se produjeron en julio de 2015.

Con el nuevo escenario presupuestario generado por la Ley 11/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2016, se propone por el Comisionado un cambio en la Relación de Puestos de Trabajo del Parlamento de Canarias. La propuesta responde a la filosofía con la que fue definido el Comisionado en la Ley: a diferencia de otros órganos de control creados en las décadas pasadas, el nuevo órgano Comisionado de Transparencia no duplicará personal y servicios que puedan ser prestados con efectivos humanos de la Cámara como personal, contratación, gestión económica, informática o archivo; y dedicara sus limitados recursos a su cometido como órgano garante de la transparencia y acceso a la información pública: la vigilancia de la publicidad activa de las administraciones y sujetos obligados (publicidad activa) y a la garantía de que los ciudadanos accedan a reclamar la negación de información a una segunda instancia administrativa independiente y potestativa, de forma que sean respondidos adecuadamente a sus demandas de acceso a la información pública (publicidad pasiva). Tales objetivos exigen la disponibilidad de al menos dos jefes de servicio de alta cualificación técnica, con un perfil tanto jurídico como económico para los dos principales cometidos del órgano.

Este mismo escenario elimina una opción para la ubicación que hubiera implicado la necesidad de contar con unas oficinas alquiladas próximas al Parlamento (las hasta hace poco ocupadas por el Diputado del Común). Ubicación que hubiera exigido más personal al ser más difícil la comunicación con los servicios horizontales del Parlamento.

Por ello se adapta la estructura de la Relación de Puestos de Trabajo del Comisionado a las funciones y competencias que tiene asignadas por ley y a su ubicación en la sede del Parlamento, dentro de los límites presupuestarios para 2016 acordados por la Mesa de la Cámara el día 8 de octubre de 2015, aprobándose la modificación de la Plantilla Orgánica y de la Relación de Puestos de Trabajo del Parlamento de Canarias, publicada el 31 de marzo de 2016 en el Boletín Oficial del Parlamento de Canarias nº 100.

Las modificaciones se concretan en adaptar en lo posible la Relación de Puestos de Trabajo a las necesidades reales, así se modifica el puesto de trabajo nº 99 denominado Técnico de Transparencia y Acceso a la Información que se transforma en jefe de servicio de Reclamaciones de Acceso a la Información y Asuntos Generales, cuyas funciones se centran en la publicidad pasiva, en la resolución de las reclamaciones que se presenten ante el Comisionado, en la tramitación de los asuntos generales del mismo y en la coordinación responsable de elaboración del informe anual. Por otra parte, se crea la plaza de jefe de servicio de Evaluación y Control de la Transparencia, cuyas características y funciones consistirán en el control de la publicidad activa de las administraciones públicas y demás entes sujetos a aquella.

La financiación de ambos puestos, dentro de los límites del capítulo 1 del programa presupuestario del Comisionado de Transparencia para 2016, se efectúa mediante la supresión de los puestos nº 101 (administrativo) y nº 102 (ujier) de la hasta entonces vigente Plantilla Orgánica y Relación de Puestos de Trabajo aprobada por Acuerdo de la Mesa del Parlamento de 28 de abril de 2015 con la consiguiente modificación de los créditos presupuestarios.

Conforme a esta relación, estos son los medios con los que cuenta el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública para desarrollar las competencias que tiene atribuidas:

Cuadro 91. Relación de Puestos de Trabajo del Comisionado de Transparencia

DenominaciónNivelComplemento EspecificoTitulación y experienciaGrupo
100Jefe de Servicio de Reclamaciones y Asuntos GeneralesLicenciatura en Derecho o grado en Derecho con máster. Experiencia de 3 años en control interno y fiscalización de administraciones públicasA
2823.550,84
101Jefe de Servicio de Evaluación y Control de la Transparencia28Licenciatura en Ciencias Económicas o grado en Economía con máster. Experiencia de 3 años en control interno y fiscalización de administraciones públicasA
23.550,84
102Administrativo188.483,04C

Los puestos de jefe de servicio se encuentran cubiertos temporalmente con dos Administradores Financieros y Tributarios A1 procedente del Gobierno de Canarias y se han ido prorrogando las comisiones de servicio hasta la fecha. A la fecha de cierre de este informe se encuentra en trámite una propuesta a la Mesa de Parlamento para aprobar la convocatoria de concurso específico de méritos para la provisión definitiva de los puestos de trabajo de Jefe de Servicio de Reclamaciones y Asuntos Generales y Jefe de Servicio de Evaluación y Control de la Transparencia, Área de Transparencia, vacantes en la relación de puestos de trabajo del Parlamento de Canarias. Además, con fecha 1 de abril de 2017 se cubrirá la plaza de administrativo con personal procedente de concurso-oposición que se celebró por el Parlamente en 2016.

El aumento de las reclamaciones en 2016 respecto a 2015, el incremento previsto que se espera este años respecto 2016 (14 reclamaciones a 31 de marzo de marzo de 2016 y 48 a la misma fecha en 2017), así como la paulatina consolidación del Comisionado, obligan a considerar la insuficiente la dotación de personar y su falta está lastrando la actividad del órgano ya que ha obligado a que el personal técnico tenga que desempeñar tareas de índole auxiliar lo que no deja de ser una asignación ineficiente de los recursos humanos. Además, durante 2016 ha aumentado la dedicación del personal técnico a actuaciones de apoyo a actuaciones del Parlamento de Canarias, como tribunales de oposiciones y sustitución de personal de Parlamento en sus ausencias.

En la propuesta previa al marco presupuestario de 201,6 se planteó que los medios personales fuesen dos técnicos nivel Jefe de Servicio A1, un técnico superior A1, un eventual y otro administrativo. Hemos de partir de que aunque el número de reclamaciones todavía no es muy elevado por la lenta consolidación de la transparencia y la falta de conocimiento de la Ley, la tarea no acaba ahí: se han de emitir criterios y recomendaciones sobre el cumplimiento de la ley; el censo de entidades públicas sometidas a evaluación por mandato legal es muy elevado ( se cifra hoy en 389 administraciones y/o entes dependientes) y en una cifra todavía no estimada de miles de asociaciones y entidades que reciben ayudas y subvenciones y de empresas que suscriben contratos con las administraciones canarias, cuyas tareas de control supondrán una multiplicación de los trámites a realizar ya este mismo año. Las consultas se elevan día a día por diferentes medios analógicos y digitales, a medida en que las administraciones canarias y los ciudadanos van siendo más conocedores de la Ley de Transparencia; y la actividad de fomento y difusión ha debido ser mínima y concentrada básicamente en las propias tareas personales del comisionado. En 2017 se fijó el mismo marco presupuestario que en 2016, por lo que no ha sido operativo ningún aumento de plazas.

En conclusión, se ha de indicar que la dotación de personal no es aún la adecuada para las competencias a desarrollar.

C. Medios Informáticos: Implantación de la administración electrónica

Las únicas previsiones que la Ley 12/2014 de transparencia y de acceso a la información pública tiene en materia de las tecnologías de la información respecto al Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública, son las contenidas en el artículo 57. que obliga a publicar las resoluciones de las reclamaciones adoptadas por el mismo, previa disociación de los datos de carácter personal que contuvieran, determinando que se realice por medios electrónicos y en los términos en que se establezca reglamentariamente, una vez se hayan notificado a los interesados. Asimismo, el artículo 65 obliga al Comisionado elaborar anualmente un informe sobre el grado de aplicación y cumplimiento de esta ley y se hará público en el portal de transparencia. Finalmente, el artículo 53, señala que la reclamación podrá presentarse en el registro del comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública y en cualquiera de los lugares previstos para la presentación de escritos dirigidos a la administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Respecto a las obligaciones de publicidad, las resoluciones y el informe anual del comisionado se publicarán en la página web del Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y éste último, además, en el portal de transparencia de la Comunidad Autónoma de Canarias.

La web del Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública se desarrolló en el primer trimestre de 2016 y cuenta con información respecto al objeto, forma, plazo y presentación de la reclamación potestativa contra la resolución expresa o presunta de las solicitudes de acceso que se dicten. Asimismo, informa del plazo de resolución y sentido del silencio, del contenido y efectos de la resolución.

Este portal incluye las resoluciones emitidas por el Comisionado de Transparencia, previamente comunicadas a los interesados y disociados los datos personales de los reclamantes. Las publicadas hasta la fecha son un total de 108, todas correspondientes a 2015 Y 2016.

También incorpora una serie de modelos normalizados a cumplimentar con formatos preestablecidos, sin perjuicio de que se admitirá cualquier solicitud, escrito o comunicación distinta de los anteriores que cumpla con la normativa:

  • Formulario de denuncia por incumplimiento de la Ley 12/2014.
  • Formulario de alerta por incumplimiento de la Ley 12/2014.
  • Formulario de queja o sugerencia.
  • Formulario de solicitud de información pública al Comisionado.
  • Formulario de reclamaciones.

Se trata de una web provisional para cumplir con las obligaciones básicas del órgano garante en los primeros meses de puesta en marcha. Esta web evolucionará durante los próximos meses y el objetivo será que el portal definitivo y completo esté operativo a final de ese año. La previsión era que la web iría evolucionando a lo largo de 2016 y que el portal definitivo y completo estuviera operativo a final de dicho año; pero, como comprobaremos más adelante, se ha dado prioridad a los aplicativos de gestión electrónica interna y a la sede electrónica, por considerar mayor su aporte al ciudadano y a una mayor agilidad de los expedientes de reclamación en una coyuntura de permanente aumento de los mismos, que ha dilatado en exceso los periodos de resolución.

En el Boletín Oficial del Estado de fecha de 2 de octubre de 2015 se publicaron las Leyes 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Se trata de dos leyes esenciales para el sector público que tienen su origen en el Programa Nacional de Reformas de España para el año 2014. Estas leyes han dado un paso más en la tramitación electrónica de los procedimientos administrativos, introduciendo el registro electrónico de apoderamientos, la diferenciación entre identificación y forma en los procedimientos, el acceso electrónico como derecho de los ciudadanos y obligación de la administración, registros interoperables, notificaciones electrónicas a petición del ciudadano, el archivo electrónico, copias electrónicas, interoperabilidad en los documentos elaborados por los interesados, expediente electrónico, etc. Algunos de estos instrumentos no tendrán una inmediata entrada en vigor con la ley el 10 de octubre de 2016, sino que entrarán en vigor en 2018, fundamentalmente los ligados a la interoperabilidad con otras administraciones. No obstante ésta más dilatada entrada en vigor es por dar tiempo para la ejecución y/o adaptación de los aplicativos informáticos con los que cuentan las administraciones.

El Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública, desde que cuenta con capacidad operativa presupuestaria y con el objetivo de adecuarse a la misma consiguiendo la máxima funcionalidad, formalizó el 15 de marzo de 2016 un convenio con la Audiencia de Cuentas de Canarias, con el objetivo común de aprovechamiento y reutilización de aplicaciones informáticas. Este convenio se basó en el artículo 45.1 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos y partió de una situación de hecho: el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública carecía de aplicativos informáticos que le permitan un adecuado ejercicio de sus competencias y el cumplimiento de sus obligaciones legales; mientras la Audiencia de Cuentas de Canarias disponía de una serie de aplicaciones cuyo desarrollo ha sido objeto de contratación y mantiene una actualización evolutiva permanente. Tales aplicaciones viabilizan la interrelación con las entidades sujetas a fiscalización y la interoperabilidad de los sistemas. En concreto, se trata de la sede electrónica, el registro electrónico y el gestor de expedientes, aplicativos que permitiría al Comisionado gestionar las competencias que la Ley le asigna e incorporar las adaptaciones que se deriven de las nuevas Leyes de procedimiento y régimen jurídico.

La formalización del convenio implicó que la Audiencia de Cuentas de Canarias, con el fin de garantizar un adecuado nivel de interrelación e interoperabilidad del Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública con las demás administraciones y con los ciudadanos, puso a su disposición, con la conformidad de la empresa que elaboró el aplicativo informático, Galileo, Ingeniería y Servicios, S.A., las aplicaciones referidas a la sede electrónica, registro electrónico y gestor de expedientes, sin documentación asociada. Aplicaciones estas que constituyen el núcleo básico de una gestión informatizada, ya adecuada a Ley 11/2007, y de las que cuelgan todas los aplicativos complementarios de gestión con el ciudadano y otras administraciones. Esta cesión implica el aprovechamiento y reutilización de las mismas, debiendo protegerlas el cesionario contra su apropiación en exclusiva por parte de terceros.

En base a este convenio se realizó una contracción de servicios de asistencia técnica informática para la elaboración del sistema informático de gestión del Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública, adaptando los aplicativos de la Audiencia de Cuentas a las necesidades y características del Comisionado. El sistema de contratación fue mediante un negociado con consulta a cuatro empresas del sector informático. El contrato se formalizó el 19 de de diciembre de 2016 por un importe de 47.321,43 € más 3.312,50 de IGIC.

La puesta en marcha del programa, más rápida de lo habitual al ser una adaptación, exigió la creación previa de la sede electrónica, el sello electrónico y el registro electrónico del Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que se realiza por Resolución de 8 de febrero de 2017 y se publicó en el Boletín Oficial de Canarias el 20 de febrero de 2017. Asimismo se crearon, por Resolución de 1 de marzo de 2017, los ficheros de datos de carácter personal, que se publicaron el Boletín Oficial de Canarias de 10 de marzo de 2017; ya dados de alta en la Agencia de Protección de Datos.

Sus componentes y avances esenciales de la administración electrónica implantada son:

  • En la actualidad se ha implantado el registro entrada/salida para tratar en las dos vía reclamaciones, resoluciones, quejas, consultas, sugerencias, escritos, denuncias y peticiones de información propia. Funciona en sede electrónica y para el resto de los sistemas de entrada/salida de documentos, es interoperable con el gestor de expedientes y realiza tanto las notificaciones electrónicas por sede, por SMS y las ordinarias. Se está en proceso de interconexión con otros registros.
  • También está en funcionamiento el gestor de expedientes tanto por acción externa como de oficio en controles del Comisionado, permite la gestión de los diferentes hitos de trámite, posibilita el acceso de interesados al expediente a través de la sede electrónica y el control/alerta de plazos y suspensiones.
  • Incorpora firma digital pública en los diferentes procesos de gestión y resolución, los accesos son verificados mediante firma digital, DNI digital, sistema clave o clave propia del sistema, la documentación externa emitida permite la posibilidad de verificación digital. También dispone de modelos de carga, gestión y registro web de reclamaciones quejas, sugerencias, denuncias, alertas, solicitudes acceso.
  • Continúan su desarrollo los indicadores y cuadros de mando de los diferentes módulos con especial importancia los de gestión de expedientes y evaluación, la estadística de cada uno de los parámetros de gestión del aplicativo y de accesos web y sede y el aplicativo de evaluación interno y externo para las diferentes entidades.

En conclusión, se pudo conseguir una implementación mínima y aceptable de la administración electrónica en el más reciente órgano de la Comunidad Autónoma apenas dos años después de su nacimiento, adaptando a sus necesidades los aplicativos ya desarrollados para la Audiencia de Cuentas; y en buena medida acuciados por la falta de medios de todo tipo, ya que la administración electrónica no solo es un imperativo legal; es también un elemento esencial para mejorar la eficiencia de los servicios públicos

D. Dotación presupuestaria

Durante el año 2015, el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública careció de programa y dotación presupuestaria ya que la Ley 12/2014, de transparencia y de acceso a la información pública se aprobó con posterioridad a la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2016. El Comisionado desde su incorporación en mayo de 2015, ha funcionado con dotaciones del programa 911 A “Actuación Legislativa y de Control” integrado en el Servicio “0101 SERVICIOS GENERALES” del Parlamento de Canarias. Los gastos imputados a dicho programa han sido una fotocopiadora, material de oficina, gasto postal, telecomunicaciones y viajes del comisionado y de sus técnicos.

Para 2016 se elaboró una propuesta inicial de presupuesto que ascendía a un total de 930.903 €, con partidas importantes destinadas a personal, divulgación y fomento, portal web del Comisionado, aplicativos informáticos, actividad de formación, así como el alquiler de una oficina y los gastos de funcionamiento del inmueble. Toda vez que el marco presupuestario del Parlamento para 2016 no permitía ese nivel de nuevos gastos [sobre todo por la incorporación de dos nuevos grupos parlamentarios en esta legislatura] se procedió a eliminar algunos de ellos (por ejemplo el alquiler y gastos inherentes) y a recortar otros (divulgación y fomento, gastos de portal y aplicaciones informáticas constitutivas de la administración electrónica del órgano). Después de esos ajustes, la propuesta definitiva que se elevó a la Mesa del Parlamento en octubre de 2015 se cifró en 694.003 € y el Presupuesto finalmente aprobado para el año 2016 se concretó en 477.702 €.

Quizás la actividad que se ha visto más comprometida por el ajuste ha sido la labor de divulgación y fomento y la de personal, ya que al resto se le han buscado soluciones alternativas.

El presupuesto del Comisionado de Transparencia para 2016 no fue consignado separadamente en la Ley 11/2015, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2016, tal como sería lógico en base a la estructura presupuestaria de la Comunidad Autónoma, contando con un programa propio, que es el 911P, al igual que el de los otros órganos e instituciones dependientes del Parlamento de Canarias. Pero ese cambio sí se produjo en el presupuesto del año 2017, en el que el órgano garante de la transparencia dispone de programa presupuestario propio; lo que facilita su propia rendición de cuentas y le permite avanzar un paso más en la configuración de su autonomía e independencia.

Cumpliendo las directrices aprobadas por la Mesa del Parlamento de Canarias en el sentido de que mantener el presupuesto de 2017 sin incremento respecto al año anterior, se emitió una propuesta con las mismas cantidades aprobadas para el ejercicio de 2016, ante la inviabilidad de programación alternativa alguna.

Cuadro 92. Presupuesto del Comisionado (2016)

Servicio.- “Comisionado Transparencia y Acceso a la Información Pública”
Programa 911P “Comisionado Transparencia y Acceso a la Información Pública”
CapítuloCapítulo2016%
1Gastos de personal320.20267,03
2Gastos bienes correintes y servicios97.50020,41
6Inversiones reales60.00012,56
TotalTotal Programa 911P Comisionado477.702100

El Comisionado e Transparencia ejecutó en 2016 prácticamente el 90% de los 60.000 euros de su presupuesto de inversiones. Dejó de gastar una parte importante de sus gastos corrientes de funcionamiento y de personal porque la carencia de medios técnicos y administrativos, no solo ha impedido acometer todas sus funciones, sino que obligó a sus dos primeros y únicos técnicos a realizar las tareas propias y las administrativas, por no contar con la provisión de la plaza de administrativo hasta entrado el año 2017. El nivel total de ejecución ascendió al 59,1% de su presupuesto, debido sobre todo a la no ejecución de gastos corrientes, por la carencia, fundamentalmente, de medios personales para el desarrollo de labores de divulgación y fomento de la transparencia. El detalle de la ejecución presupuestaria del Comisionado de Transparencia es la que se refleja en la Tabla 10 del Anexo I.

«« Volver al índice